Decláranse monumentos nacionales lugares históricos en granada

DECLÁRANSE MONUMENTOS NACIONALES LUGARES HISTÓRICOS EN GRANADA

Ley No. 2

de 4 de Diciembre de 1974

Publicado en La Gaceta No. 284 de 12 de Diciembre de 1974

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A los habitantes de la República,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

L

a Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1

Se declaran MONUMENTOS NACIONALES las Plazas de los Leones e Independencia, el Parque Cristóbal Colón, la Iglesia de San Francisco y su Convento vecino, y los Muros de Jalteva de la Ciudad de Granada así como las áreas circundantes que integran una sola unidad de paisaje.

Artículo 2

El Congreso Municipal, la Oficina Departamental de Urbanismo de la ciudad de Granada, el Vice-Ministerio de Planificación Urbana y la Dirección General de Turismo coordinadamente, velarán porque se conserve en esta zona la integridad, estilo, paisaje y expresión artística.

Artículo 3

Esta Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta".

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D.N., cuatro de Diciembre de mil novecientos setenta y cuatro.- Cornelio H. Hüeck S., D.P.- Ulises Fonseca Talavera, D.S.- Fernando Zelaya Rojas, D.S. Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado.- Managua, D.N., 4...

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