Decreto A.N., Decreto de aprobación del 'protocolo de entendimiento entre las empresas distribuidora de electricidad del norte, s.a. (disnorte), distribuidora de electricidad del sur, s.a. (dissur), el grupo unión fenosa internacional s.a., y el gobierno de la república de nicaragua'

Publicados en Las Gacetas Nos. 49, 50 y 51 del 12, 13 y 16 de Marzo de 2009

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el Gobierno de la República de Nicaragua mediante el Decreto No. 70-2007 creó la Comisión Interinstitucional para la negociación con Unión Fenosa Internacional, y para dar seguimiento al "Memorándum de Intenciones entre el Gobierno de la República de Nicaragua y la Empresa Unión Fenosa Internacional", suscrito en La Moncloa, Madrid, el veintiocho de junio del año dos mil siete.

II

Que como fruto de las negociaciones que legitimó el Decreto No. 70-2007, el día veintinueve de mayo del corriente año dos mil ocho, en la ciudad de Managua, Nicaragua, se suscribió el Protocolo de Entendimiento entre las Empresas Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A. (DISNORTE), Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A (DISSUR), el Grupo Unión Fenosa Internacional S.A., y el Gobierno de la República de Nicaragua, el que ha sido sometido al conocimiento del Presidente de la República, y aprobado mediante Decreto Ejecutivo No. 29-2008, todo de conformidad con lo establecido en el citado artículo cinco del Decreto No. 70-2007.

III

Que el objetivo general de la firma del Acuerdo Internacional de Carácter Económico "Protocolo de Entendimiento" es establecer soluciones a corto y mediano plazo que nos permitan, como nación, dar respuesta a los problemas planteados por los usuarios del servicio eléctrico, así como por los distintos agentes del sector, mediante la concertación de diferentes instituciones del Estado con las Distribuidoras de electricidad y sus inversores extranjeros.

IV

Que los acuerdos alcanzados permiten disminuir y, en algunos casos, resolver los problemas financieros y técnicos que afectan el buen funcionamiento del servicio de distribución eléctrica, en el marco de resultados favorables y satisfactorios en defensa del patrimonio del Estado y los intereses nacionales.

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente;

DECRETO DE APROBACIÓN DEL "PROTOCOLO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL NORTE, S.A. (DISNORTE), DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL SUR, S.A. (DISSUR), EL GRUPO UNIÓN FENOSA INTERNACIONAL S.A., Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA"

Artículo 1

Apruébese el "Protocolo de Entendimiento entre las Empresas Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A. (DISNORTE), Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A. (DISSUR), el Grupo Unión Fenosa Internacional S.A., y el Gobierno de la República de Nicaragua", suscrito el 29 de mayo del año 2008 en la ciudad de Managua, Nicaragua, adjunto, con sus anexos que forman parte integrante de este Decreto, conforme el siguiente listado:

  1. Ley para la Distribución v el Uso Responsable del Servicio Público de Energía Eléctrica, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 143 del 28 de Junio del 2008, Anexo No. 1.

  2. Plan de Inversión 2007 - 2011, Anexo No. 2.

  3. Certificación de Resolución INE - No. 788-12-2007, el que se refiere al régimen tarifario, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 246 del 21 de Diciembre del 2007. Anexo No. 3.

  4. Conciliación y Compensación de deudas entre el Gobierno y las Distribuidoras DISNORTE-DISSUR. Anexo No. 4.

    Art. 2

    El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

    Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil nueve.

    Ing. René Núñez Téllez,

    Presidente de la Asamblea Nacional.-

    Dr. Wilfredo Navarro Moreira.

    Secretario de la Asamblea Nacional.

    ---------

    MEMORÁNDUM DE INTENCIONES ENTRE EL GOBIERNO DE NICARAGUA Y LA EMPRESA UNIÓN FENOSA.

    Reunidos en el Palacio de la Moncloa, en la Ciudad de Madrid, en presencia de David Taguas Director de la Oficina Económica del Presidente del Gobierno de España, por una parte la delegación del Gobierno de Nicaragua compuesta por el Comandante Bayardo Arce Castaño, Asesor Económico de la Presidencia, y el Embajador de Nicaragua en España, Augusto Zamora, y de otra la delegación de Unión FENOSA, presidida por Honorato López Isla Consejero Delgado de la empresa, declaran:

  5. La disposición del Gobierno de Nicaragua de que Unión FENOSA continúe operando en el país, y Unión FENOSA su voluntad de continuar operando en Nicaragua, en un marco de cooperación y entendimiento, para garantizar el mejor servicio a la población Nicaragüense.

  6. En este marco, el Gobierno de Nicaragua hizo entrega a Unión FENOSA del proyecto de ley de Reformas y Adiciones a la Ley 554 de Estabilidad Energética, remitido a la Asamblea Nacional por el Presidente de la República de Nicaragua, Daniel Ortega Saavedra, y del Anteproyecto de Ley de Protección y Promoción del Uso Responsable de los Servicios Públicos, para su conocimiento.

  7. Unión FENOSA expresó su disposición de realizar en Nicaragua las inversiones necesarias, una vez la Asamblea Nacional haya aprobado las leyes mencionadas en el apartado anterior. Estas inversiones se destinarían a mejorar la red energética nicaragüense, el servicio a los usuarios y la lucha contra el fraude. Unión FENOSA expresó también su disposición de no retirar, durante un período de 3 años, las utilidades obtenidas de sus actividades en Nicaragua.

  8. El Gobierno de Nicaragua manifestó su voluntad de apoyar la lucha contra el fraude con los medios humanos y materiales que sean necesarios, dentro del marco jurídico vigente en el país, así como de que se creen mecanismos transparentes para que las tarifas reflejen el coste real de la energía.

  9. El Gobierno de Nicaragua y Unión FENOSA expresaron su disposición de crear comisiones técnicas para la resolución de todos los problemas técnicos, económicos y financieros actualmente existentes y que afectan el buen servicio de distribución eléctrica. A tal efecto Unión FENOSA enviará ejecutivos desde España para atender estos problemas con ejecutivos nicaragüenses.

  10. Unión FENOSA se compromete a enviar personal técnico para que, junto con técnicos de Nicaragua, analicen y traten de resolver los problemas técnicos que afectan a las plantas generadoras instaladas, con el fin de mejorar su eficiencia y aumentar la capacidad de generación de energía del país.

  11. Para el caso de que se firme el Protocolo de Entendimiento vinculante, Unión FENOSA expresa su intención de suspender la reclamación internacional del seguro MIGA, y no emprender la demanda al CIADI, el Gobierno de Nicaragua manifiesta su disposición de realizar gestiones a fin de suspender el proceso de arbitraje en curso y cualquier otro proceso que dificulte el proceso de entendimiento actualmente en marcha.

    Este memorando de intenciones es la base de un futuro protocolo de entendimiento que vinculará al Gobierno de Nicaragua y a Unión FENOSA, que tratará de alcanzarse antes del 31 de julio de 2007.

    Madrid. 28 de Junio de 2007.- Bayardo Arce Castaño. Honorato López Isla. David Taguas.

    AVANCE DEL PROTOCOLO DE ENTENDIMIENTO

    En la ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua, a 2 de Agosto de 2007.

    COMPARECEN

    El Gobierno de la República de Nicaragua (que en lo sucesivo se denominará

    "El Estado"),

    representado por el Ingeniero Emilio Rappaccioli, Ministro de Energía y Minas, como presidente de la "Comisión Interinstitucional para la Negociación con Unión FENOSA Internacional", en virtud del Decreto del Presidente de la República n° 70-2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta n°. 138 de 23 de julio de 2007.

    Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A. y Distribuidora de Electricidad del Sur S.A. (que en lo sucesivo se denominaran "las Distribuidoras" o "DINORTE y DISSUR", respectivamente) representadas por su Presidente, Lic. Danilo Lacayo Rappaccioli, y

    Unión Fenosa Internacional, S.A. Planificación e Inversión Estratégica, S.A. y aplicaciones y Desarrollos Profesionales Nuevo Milenio, S.L. (en adelante

    "el Grupo Unión Fenosa"),

    sociedades españolas, propietarias del 99,99% del capital social de las Distribuidoras, representadas por Don Honorato López Isla.

    DECLARAN

  12. Que el 28 de junio de 2007 se suscribió un Memorando de Intenciones entre los representantes del Gobierno de Nicaragua y de Unión Fenosa para sentar las bases de un futuro acuerdo (en adelante el "Acuerdo").

  13. Que durante el mes de julio las Partes vienen trabajando en el desarrollo de este Avance del Protocolo de Entendimiento, con la participación del Ing. David Castillo, Presidente del Consejo de Dirección del INE, el Dr. Eliseo Núñez, Presidente de la Comisión de Infraestructura de la Honorable Asamblea Nacional y el Diputado Ing. Edwin Castro, miembro de dicha Comisión, con el fin de alcanzar el Acuerdo.

  14. Que a fecha 31 de julio de 2007 las partes han logrado consensuar definitivamente una parte del texto del Acuerdo, desde su inicio hasta la estipulación 3 inclusive, así como los anexos 1 y 2 del mismo (el texto del borrador de Acuerdo consensuado hasta ahora se adjunta a este documento).

  15. Que en el ánimo de intentar llegar a acuerdos aceptables para las Partes sobre los asuntos objeto del Acuerdo, estas se comprometen a seguir negociando de buena fe, en el entendido de que el acuerdo es un acuerdo integral cuyas estipulaciones no vincularán a las Partes hasta que estas suscriban dicho instrumento completo, cuando finalicen las negociaciones en curso y en los términos en que quede suscrito. El Acuerdo deberá ser firmado a la mayor brevedad en el plazo que acuerden las Partes. Hasta que sea firmado las Partes se comprometen a poner sus mejores esfuerzos para que no falte el suministro de energía a los sectores productivos y a la población.

    En fe de lo cual firmamos el presente documento en triple ejemplar en la fecha y lugar arriba señalados. Ministerio de Energía y Minas Ing. Emilio Rappaccioli. Grupo Unión FENOSA, Don Honorato López Isla. DISNORTE Y DISSUR Lic. Danilo Lacayo.

    ACUERDO

    En la ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua, 2007.

    COM...

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