Decreto, Creación juzgados de distrito locales

CREACIÓN JUZGADOS DE DISTRITO LOCALES

Decreto Ley No. 623

de 13 de enero de 1981

Publicado en La Gaceta No. 14 de 20 de enero de 1981

L

A JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades,

Decreta:

Artículo 1

Créase un nuevo Juzgado de Distrito de lo Criminal en cada uno de los Departamentos de León, Masaya y Matagalpa, con sede en la respectiva cabecera, que llevarán el nombre de Juzgado Segundo de Distrito de lo Criminal, seguido del nombre del respectivo Departamento; con jurisdicción y atribuciones iguales a las que corresponden al actual Juez de Distrito de lo Criminal, el que en consecuencia se denominará Juzgado Primero de lo Criminal del Distrito, seguido del nombre del Departamento respectivo.

Artículo 2

El Juzgado Primero de lo Criminal del Distrito de León, será el superior para lo dispuesto en las leyes, inclusive, para conocer en apelación del Juzgado Primero Local de lo Criminal de León, de los Juzgados Locales de Quezalguaque, Malpaisillo o Larreynaga, Telica, La Paz Centro y de Nagarote, y el Juzgado Segundo de Distrito de lo Criminal lo será del Juzgado Segundo Local de lo Criminal de León, de los Juzgados Locales de lo Criminal de El Jicaral, Santa Rosa del Peñón, San Nicolás, Achuapa y de El Sauce.

Artículo 3

El Juzgado Primero de Distrito de lo Criminal de Masaya será el superior para lo dispuesto en las leyes, inclusive para conocer en apelación de los Juzgados Locales de lo Criminal de Masaya, de Ticuantepe, Nindirí y de Tisma; y el Juzgado Segundo de Distrito de lo Criminal, lo será de los Juzgados Locales de lo Criminal de Catarina, Niquinohomo y de San Juan de Oriente.

Artículo 4

El Juzgado Primero de Distrito de lo Criminal de Matagalpa, será el superior para lo dispuesto en las leyes, inclusive para conocer en apelación de los Juzgados Locales de lo Criminal de Matagalpa, San Ramón, Matiguás, Río Blanco, Muy Muy y de Esquipulas; y el Juzgado Segundo de Distrito de lo Criminal, lo será de los Juzgados Locales de lo Criminal de Sébaco, San Isidro, Ciudad Darío, Terrabona y de San Dionisio.

Artículo 5

-Créase un nuevo Juzgado de Distrito para la comprensión territorial del Departamento de Nueva Segovia, con asiento en la ciudad de Ocotal, que se llamará Juzgado de Distrito de lo...

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