Decreto, Ley de la corporación nicaragüense de banano

LEY DE LA CORPORACIÓN NICARAGÜENSE DEL BANANO

Decreto No. 361

de 30 de Mayo de 1988

Publicado en La Gaceta No. 102 de 31 de Mayo de 1988

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Decreta:

Arto. 1.-

Se crea la Corporación Nicaragüense del Banano, llamada también BANANIC, entidad estatal descentralizada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y duración indefinida. Gozará de plena capacidad legal para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer ampliamente el derecho de asociarse con terceros.

Arto. 2.-

La Corporación Nicaragüense del Banano o BANANIC, en el texto de la presente Ley podrá designarse como La Corporación.

Arto. 3.-

BANANIC tendrá como finalidad dirigir, organizar, administrar y promover con fines corporativos, la función empresarial del Estado en el ramo de la producción y exportación bananera y de productos agrícolas perecederos, y las actividades conexas a la misma.

Arto. 4.-

El domicilio de la Corporación será la ciudad de Managua y podrá establecer sucursales, agencias u oficinas en cualquier lugar de la República o en el extranjero.

Arto. 5.-

Se transfieren a BANANIC los derechos de propiedad del Estado en la Empresa Bananera de Occidente de Reforma Agraria (EMBANOC), creada mediante Acuerdo No. 2 del Ministerio de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria, del 22 de Abril de 1981, publicado en La Gaceta No. 106 del 18 de Mayo de 1981.

Dicha empresa conservará su personalidad jurídica y patrimonio propio.

Se faculta al Ministro de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria para integrar otras empresas al presente régimen corporativo.

Arto. 6.-

Se transfieren además a BANANIC los derechos y acciones del Estado en sociedades y empresas vinculadas a la actividad bananera y de productos agrícolas perecederos. Dicha transferencia se ejecutará de acuerdo al régimen legal propio de estos derechos y acciones.

En particular se le transfieren los bienes y derechos, inclusive sus siglas, de la Empresa Nicaragüense del Banano (BANANIC), creado por Decreto No. 135 del 31 de Octubre de 1979, publicado en La Gaceta No. 48 del 3 de Noviembre de 1979. La responsabilidad de La Corporación para con las obligaciones de la Empresa Nicaragüense del Banano, se limita al valor de bienes y derechos que recibe de dicha Empresa.

Arto. 7.-

La dirección y administración de la Corporación estará a cargo de:

  1. Una Junta Directiva;

  2. Un Presidente Ejecutivo.

    Arto. 8.-

    La Junta Directiva será la máxima autoridad de...

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