Ley de modificación a la ley anual de presupuesto general de la república 2005

LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2005

LEY No. 542,

Aprobada el 26 de Mayo del 2005

Publicada en La Gaceta No. 110 del 8 de Junio del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

La siguiente:

LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA 2005

Artículo 1

Increméntese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2005 en la suma C$ 67,695,168.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 91,260,797.00 (NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y una reducción de C$ 23,565,629.00 (VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE CÓRDOBAS NETOS) son de gasto de capital. Se incluyen en esta distribución las modificaciones de incrementos y reasignaciones, que a continuación se detallan:

  1. Increméntese o asígnese, en su caso, las Partidas presupuestarias siguientes:

  2. A la partida "Asignaciones a Entes Descentralizados y Otras Instituciones" en el Programa Cooperativas de Transporte Urbano Colectivo del Municipio de Managua, en la suma de C$ 20,500,000.00 (VEINTE MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, de los cuales C$ 500,000.00 (QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden al monto pendiente de entrega conforme el primer Acuerdo suscrito el 4 de abril del año 2005 entre el Gobierno, el Alcalde de Managua, los Transportistas Urbanos Colectivos del Municipio de Managua; y C$ 20,000,000.00 (VEINTE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) que corresponden al monto del segundo Acuerdo suscrito el 28 de abril del 2005 entre el Gobierno, la Alcaldía Municipal de Managua, Cooperativas de Transporte Urbano Colectivo de la ciudad de Managua y el Consejo Nacional de Universidades. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público desembolsará este monto a la Alcaldía de Managua la que, a través del IRTRAMMA, será la responsable de distribuir esta asignación a las Cooperativas de Transporte Urbano Colectivo de la Municipalidad de Managua debidamente autorizadas y registradas por dicho ente regulador.

  3. A la partida presupuestaria del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes en la suma de C$ 28, 000,000.00 (VEINTE Y OCHO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) que corresponden a gasto corriente, para el renglón 521, Subsidio a Instituciones educativas.

  4. A la partida presupuestaria a la Comisión Nacional de Energía en la suma C$ 1, 673,456.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital, con fuente Rentas del Tesoro, para ser distribuidos en los siguientes proyectos: a) Electrificación rural Mata de...

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