Resolución CD-BCN-IX-2-13, POLÍTICA DE LIQUIDACIÓN DE INMUEBLES

POLÍTICA DE LIQUIDACIÓN DE INMUEBLES

RESOLUCIÓN CD-BCN-IX-2-13,

Publicada en La Gaceta No. 91 del 20 de Mayo del 2013

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO

CENTRAL DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

I

Que el Banco Central de Nicaragua (BCN) cuenta entre sus activos con bienes inmuebles provenientes de la banca estatal desincorporada y de la extinta Financiera Nicaragüense de Inversiones que quedaron como remanentes después de varios procesos de liquidación, los cuales se encuentran en posesión o tenencia de ex-dueños, familiares de ex-dueños o terceros ocupantes, muchos de los cuales son desmovilizados de las armas o familiares de éstos.

II

Que el BCN destina recursos financieros y humanos para la custodia y administración de dichos bienes inmuebles, recursos que podrían reorientarse hacia otras actividades relacionadas con sus funciones ordinarias como autoridad monetaria.

III

Que conforme el artículo 69, numeral 3 de su Ley Orgánica, el BCN está facultado para vender y liquidar bienes y otros activos, incluyendo derechos de crédito.

IV

Que la Política de Liquidación de Inmuebles aprobada en resolución CD-BAN-XLV-3-11 no produjo los resultados esperados, debido a los requisitos exigidos y por las condiciones excepcionales en que se encuentran estos inmuebles, en cuanto al ejercicio del dominio y administración por parte del BCN.

V

Que según valoración de los resultados obtenidos de la aplicación de la Política y Normativas vigentes, se requiere implementar una nueva política de liquidación de inmuebles adecuada a estos bienes, a fin de lograr una real incorporación de activos líquidos al BCN y al mismo tiempo incidir en el incremento de la producción nacional y al logro de mayores niveles de seguridad jurídica de la propiedad.

En uso de sus facultades, a propuesta de su Presidente,

RESUELVE APROBAR

La siguiente,

POLÍTICA DE LIQUIDACIÓN DE INMUEBLES

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Arto. 1 Objetivos de la Política

  1. Definir los parámetros para la liquidación de los inmuebles residuales que son propiedad del BCN.

  2. Contribuir al fortalecimiento de la institucionalidad del BCN desincorporando actividades que no son parte de sus funciones ordinarias como autoridad monetaria.

    Arto. 2 Activos sujetos a la presente Política

    Los activos sujetos a la presente Política serán:

  3. Los inmuebles recibidos por el BCN en dación en pago de parte de la banca estatal desincorporada y de la extinta Financiera Nicaragüense de Inversiones (FNI).

  4. Los inmuebles del BCN adquiridos por dación en pago de otros deudores o mediante adjudicaciones en procesos judiciales.

    Arto. 3 Autorización

    Se autoriza la liquidación de los inmuebles sujetos a la presente Política, en el marco del procedimiento de venta referido en los artículos subsiguientes.

    Arto. 4 Implementación de la Política

    La implementación de esta Política de Liquidación de Inmuebles, estará a cargo del Proyecto de Liquidación de Activos del BCN.

CAPÍTULO II

VENTA DE BIENES INMUEBLES

Arto. 5 Términos de referencia mínimos

Durante la vigencia de la presente Política, los interesados podrán acudir al BCN a presentar ofertas de compra de bienes inmuebles de conformidad a los términos de referencia de la venta, los cuales deberán contener como mínimo lo siguiente:

5.1 Monto de pago

El precio de venta de los inmuebles se establecerá conforme al valor de reposición del avalúo, el cual se constituirá como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR