11. Ley 532.

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VERSION CON NOTAS
Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Sector Energético
Ley Nº. 532, Ley para la Promoción de Generación Eléctrica con Fuentes
Renovables
Texto consolidado al _________________
ASAMBLEA NACIONAL
Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Sector Energético
El presente texto contiene incorporadas todas sus modificaciones consolidadas al ______________,
de la Ley N°. 532, Ley para la Promoción de Generación Eléctrica con Fuentes Renovables,
aprobada el 13 de abril de 2005 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 102 del 27 de mayo de
2005, y se ordena su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, conforme la Ley N°. 963, Ley del
Digesto Jurídico Nicaragüense, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 203 del 25 de octubre de
2017 y la Ley N°. ________, Ley de Actualización del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia
de Sector Energético, aprobada el ____ de ____________ de _______.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
La siguiente:
LEY PARA LA PROMOCIÓN DE GENERACIÓN ELÉCTRICA CON FUENTES RENOVABLES
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1 Objeto
La presente Ley tiene por objeto promover el desarrollo de nuevos proyectos de generación
eléctrica con fuentes renovables y de proyectos que realicen ampliaciones a la capacidad instalada
de generación con fuentes renovables y que se encuentren actualmente en operación, así como de
los proyectos de generación de energía eléctrica que ocupen como fuente la biomasa y/o biogás
producidos en forma sostenible, estableciendo incentivos fiscales, económicos y financieros que
contribuyan a dicho desarrollo, dentro de un marco de aprovechamiento sostenible de los recursos
energéticos renovables.
, Artículo 2 Definiciones
Para los efectos de esta Ley se establecen las siguientes definiciones adicionales a las
incorporadas en la Ley de la Industria Eléctrica y sus Reformas:
AGENTE ECONÓMICO: Según definido por la LIE, es toda persona natural o jurídica calificada,
domiciliada en el país, que desarrolla actividades definidas en la industria eléctrica bajo cualquier
régimen de propiedad.
ACTIVIDAD DE GENERACIÓN: Según definido por la LIE, es la producción de electricidad
mediante el aprovechamiento y transformación de cualquier fuente energética.

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