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DECRETO A. N. No. 5241

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LOS SECTORES VULNERABLES EN NICARAGUA “ADENIC”; sin fines de lucro, de noventa y nueve años de duración y con domicilio en el Municipio de Managua. .

Art. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3. La ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LOS SECTORES VULNERABLES EN NICARAGUA “ADENIC”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Noviembre de año dos mil siete.







ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la
Asamblea Nacional
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 18 de abril de 2007



Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional de la Republica de Nicaragua
Su despacho

Estimado Dr. Navarro Moreira:


Reciba cordiales saludos de parte de los miembros que conformamos la " ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS SECTORES VULNERABLES EN NICARAGUA (ADENIC)" deseándole muchos éxitos en el buen desempeño de sus funciones.

Por medio de la presente le solicito formalmente la tramitación de personería jurídica de " ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS SECTORES VULNERABLES EN NICARAGUA (ADENIC) esta Asociación es una organización civil, apolítica, sin fines de lucro y de carácter humanitario, destinada para el desarrollo de los menos desfavorecidos a través de proyectos que disminuyan la erradicación de la pobreza.


Agradeciéndole la atención ala presente y esperando de sus buenos oficios. Le saludo.

Atentamente,





LOREN WEST WAYNE
Presidente Nacional
ADENIC




Cel. 696-3669LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO


Arto. 1- Otorgase Personalidad Jurídica a la "ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS SECTORES VULNERABLES EN NICARAGUA" (ADENIC) sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2- La representación de esta ASOCIACIÓN será ejercida de la forma que determinen sus Estatutos.-

Arto. 3- La "ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS SECTORES VULNERABLES EN NICARAGUA" (ADENIC), estará obligada a cumplir con la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás Leyes de la Republica.-

Arto. 4- El presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-



Dado en la
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