INICIATIVA NO. 20085471. DECLARACIÓN EN OCASIÓN DEL DÍA MUNDIAL CONTRA EL TRABAJO INFANTIL

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DECLARACIÓN A. N. No. 003-2008 1


    DECLARACIÓN A. N. No. 003-2008


    EN OCASIÓN DEL DÍA MUNDIAL CONTRA EL TRABAJO INFANTIL LA ASAMBLEA NACIONAL DECLARA QUE LA EDUCACIÓN ES LA RESPUESTA ACERTADA AL TRABAJO INFANTIL.


    La ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

    En ocasión del Día Mundial contra el Trabajo Infantil, y en uso de sus facultades,

    CONSIDERANDO

    I
    Que la Asamblea Nacional, en su actividad legislativa ha dictado una serie de normas de distinta jerarquía relacionadas con la niñez y sobre el Trabajo Infantil entre las que se encuentran:

    v Decreto A. N. No. 324 del 18 de abril de 1990, aprobó la Convención Internacional de los Derechos del Niño y la Niña suscrita en la sede de las Naciones Unidas.

    v Ley No. 192, Ley de reforma parcial a la Constitución Política aprobada el 1 de febrero de 1995 reconoció de manera especial que los niños y las niñas deben de gozar de protección especial y de todos los derechos que su condición requiere, procediendo a darle carácter constitucional a la Convención Internacional de los Derechos del Niño y la Niña.

    v Ley No. 287, Código de la Niñez y la Adolescencia 24 de marzo de 1998,que entre otros beneficios establece y regula los derechos de los niños y las niñas a la salud, la seguridad social, la cultura y recreación y a la educación.

    v Decreto A. N. No. 2431, del 24 de Noviembre de 1999, aprobó la Enmienda al párrafo segundo del art. 43 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y la Niña aprobada el 21 de Diciembre de 1995, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, con motivo de la 97ava Reunión Plenaria de la Conferencia de Estados Partes de la Convención sobre los Derechos del Niño.

    v Decreto A. N. No. 3510 del 20 de Marzo del 2003, aprobó la adhesión de Nicaragua a los Protocolos Facultativos de la Convención Sobre los Derechos del Niño Relativos a la Participación de Niños en los Conflictos Armados y a la Venta de Niños, la prostitución Infantil y la utilización de niños en la Pornografía.

    v Ley No. 641, Código Penal, que establece reglas especiales de protección y con penas agravadas para los delitos en contra de los niños y niñas por su utilización para la mendicidad, trabajos forzados, condiciones similares a la esclavitud, trabajo forzoso u obligatorio, régimen de servidumbre o cualquier otra situación en contra de la dignidad humana; así como reglas especiales que dificultan el perdón y suspenden los plazos de prescripción de la acción penal en el caso de delitos...

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