INICIATIVA NO. 20106614. LEY DE MEDICINA NATURAL, TERAPIAS COMPLEMENTARIAS Y PRODUCTOS NATURALES EN NICARAGUA

Etapainitial bill

Managua, 17 de noviembre del 2010


Doctor
Wilfredo Navarro Moreira.


Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Doctor Navarro:


La suscrita Diputada ante la Honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138, numeral 1 y 140 inciso 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los Artículos 90 y 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presenta la iniciativa de Ley denominada “
LEY DE MEDICINA NATURAL, TERAPIAS COMPLEMENTARIAS Y PRODUCTOS NATURALES EN NICARAGUA”, para que sea considerada por este Poder del Estado e incluida en la Agenda para su discusión y posterior aprobación.

Adjunto a la presente Iniciativa de Ley, su respectiva Exposición de Motivos, Fundamentación y respaldo electrónico, todo conforme con lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua”.


Alba Palacios Benavidez
Diputada F.S.L.N



Managua, 17 de Noviembre de 2010
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:

La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional, en base a los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y los artículos 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Ley denominada: “Ley de Medicina Natural, Terapias Complementarias y Productos Naturales en Nicaragua”, para que sea considerada e incluida en agenda para el proceso de formación de ley correspondiente.

I. Antecedentes

En Nicaragua igual que en otras partes del mundo ha existido desde siempre la Medicina Tradicional y/o Natural, asociada a la práctica e implementación de Terapias Alternativas, Complementarias, Integrativas y Bioenergéticas. Sin embargo ha sido en los últimos 30 años que se han podido realizar estudios y seguimiento a estas modalidades de opciones médicas terapéuticas, donde ha quedado claro y manifiesto que las mismas representan y seguirán representando una respuesta pragmática a la población sobre sus propias necesidades de salud.

Así de esta forma, además de los estudios etno-botánicos realizados en casi todo el país en el segundo quinquenio de la década de los 80, en 1998 la UNICEF y el Proyecto PROSERBI de la Secretaría de Acción Social de la Presidencia de la República, llevaron a efecto un importante estudio sobre la Medicina Tradicional y/o Natural en 30 municipios del país, donde se confirmó una vez más la pertinencia y la respuesta práctica y efectiva que estas modalidades médicas de salud significan y representan en beneficio de la población y su articulación plena a las condiciones sociales, económicas y culturales de la misma.

En el Marco de la Estrategia sobre la Medicina Tradicional y/o Natural que la Organización Mundial de la Salud (OMS) determinó para el período 2002 al 2005, se estableció el énfasis a los Estados Miembros para legalizar la medicina tradicional y/o natural, a fin de garantizar el debido respaldo al ejercicio de esta medicina tomando en cuenta su comprobada repercusión beneficiosa para la salud de la población, con la participación de los líderes naturales, terapeutas, médicos naturistas o personas que hacen aplicación tradicional a los pacientes.

En la 56 ava. Asamblea Mundial de Salud el día 28 de mayo del 2003, la Organización Mundial de la Salud/Organización Panamericana de la Salud OPS/OMS, en su punto 14.10 resolvió: “instar a los Estados Miembros a que, de conformidad con la legislación y los mecanismos establecidos: adopten y apliquen cuando proceda, la estrategia de la OMS/OPS sobre la medicina complementaria y alternativa, como fundamento de los programas nacionales, para respaldar el buen uso de la misma, así como su integración en los sistemas nacionales de salud”.

Tomando como referencia y antecedente válido tanto lo consignado en la 56 ava. Asamblea Mundial de Salud del año 2003 y el Marco de la Estrategia sobre la Medicina Tradicional y/o Natural, formulada por la OPS/OMS para el período 2000-2005, en Nicaragua se gestó entre los años 2002 y 2004, un movimiento amplio y representativo a nivel nacional de casi todos los sectores dedicados e involucrados en la Medicina Tradicional y/o Natural y Terapias Complementarias en el país, contando con el apoyo moral, técnico y económico de la OPS, en el marco de la iniciativa de salud de los Pueblos Indígenas, además del respaldo solidario del Parlamento Indígena de América y el involucramiento del MINSA, y después de un proceso amplio y diverso de consulta a lo largo y ancho del país, se logró la formulación de un Anteproyecto de Ley de Medicina Tradicional y Terapias Complementarias y Alternativas, el cual fue formalmente presentado a la Asamblea Nacional, el 19 de octubre del 2004. Desafortunadamente este proyecto de Ley no prosperó y se malogró esta oportunidad de poder contar con un marco legal que rigiera el quehacer y funcionamiento de la Medicina Tradicional y/o Natural.

En el mes de mayo del 2010 varias organizaciones de las que participamos entusiastamente en el movimiento que se gestó entre los años 2002 y 2004 nos dimos a la tarea de organizarnos para conocer el estado de situación del Anteproyecto de Medicina Tradicional y Terapias Complementarias y Alternativas presentado en octubre del 2004 en la Asamblea Nacional. El Doctor Gustavo Porras presidente de la Comisión Nacional de Salud, muy gentilmente atendió nuestra inquietud y promovió una reunión de nuestra Comisión ad hoc representativa de más de 60 organizaciones a nivel de todo el país, con dicha Comisión, la cual se dió en el local de la Asamblea Nacional el día 08 de Junio.

En esa ocasión fuimos informados que por circunstancias especiales se ha estado trabajando en la Asamblea Nacional en un Anteproyecto de Ley de Medicina Tradicional-Ancestral, relacionado con los pueblos indígenas y particularmente con la Costa Caribe de Nicaragua; pero, que se había visualizado a nivel de la Comisión Nacional de Salud, la importancia y necesidad de trabajar también un Anteproyecto de Ley que cubriera y rescatara la Medicina Natural y las Terapias Complementarias o Alternativas del resto del país. El Doctor Porras manifestó el interés y voluntad de la Comisión de Salud de agilizar la formulación y elaboración de este Anteproyecto de Ley distinto del Tradicional-Ancestral para ser aprobado lo más pronto posible, acordándose que una Comisión Técnica por parte nuestra con el apoyo del Doctor Wilfredo Barreto y la Asesoría Legal de la Comisión de Salud, integraran esfuerzos para disponer cuanto antes del Anteproyecto de Ley ya referido. Por parte de la Comisión Técnica iniciamos a lo inmediato nuestro trabajo y definimos que el Anteproyecto de Ley se denominaría: de Medicina Natural, Terapias Complementarias y Productos Naturales.

De Medicina Natural, porque es la forma más antigua de curación de la humanidad, y que forma un tronco común con la Medicina Tradicional. De Terapias Complementarias, porque dentro de la Medicina Natural, las Terapias Complementarias son las diferentes técnicas y procedimientos con que se aplica y se ejerce la Medicina Natural. De Productos Naturales, porque son y representan una de las expresiones tangibles de la Medicina Natural, al tener origen y procedencia natural (plantas, animales y minerales) y ser utilizadas con fines alimenticios, curativos, de rehabilitación, de cuido de belleza e higiene personal.

La Comisión Técnica, como ya referimos antes, representativa de más de 60 organismos (cuyos nombres se anexan a la presente Exposición de Motivos) que incluye Universidades, Asociaciones y Organizaciones de todo el país, dedicadas y vinculadas a la Medicina Natural, Terapias Complementarias y Productos Naturales, con el valioso apoyo y colaboración del Doctor Wilfredo Barreto Asesor de la Comisión Nacional de Salud, nos abocamos con mucho entusiasmo, esfuerzo y dedicación a trabajar en la elaboración del Anteproyecto de Ley concertado con la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional y logramos con la debida consulta, participación y concertación con los distintos organismos participantes, tener elaborado el Anteproyecto de Ley para finales del mes de Septiembre del 2010, el cual, después de las necesarias consultas y revisiones con el Asesor de la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional está listo para ser introducido ante la honorable Junta Directiva de la Asamblea Nacional.

II Justificación

En Nicaragua la Medicina Natural y las Terapias Complementarias son modelos de salud que gozan de una aceptación generalizada, debido a su efectividad y bajo costo, constituyendo en la práctica un medio eficaz para atender amplios sectores de la población que no son cubiertas a pesar de los crecientes esfuerzos estatales de Salud Pública. Sin embargo, a la fecha no se cuenta con el debido reconocimiento oficial y un marco legal que la institucionalice, promueva, resguarde y regule su ejercicio en el país.

A nivel mundial, los criterios sobre la calidad, eficacia, seguridad, bajo costo y efectividad de la Medicina Natural y las terapias complementarias, han sido validados por la Organización Mundial de la Salud / Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), que a su vez ha enfatizado de forma reiterada a los Estados Miembros la necesidad y conveniencia de dotar del debido marco legal a estas modalidades de salud.

Actualmente la discusión para asumir la responsabilidad por parte de los países de dotar del respectivo marco legal a la Medicina Tradicional y/o Natural, las Terapias Complementarias y los Productos Naturales, se viene desarrollando a nivel mundial y sobre todo en Latinoamérica, lo que está asociado a la creciente demanda y uso de la medicina natural y sus productos, y a la presencia, desarrollo y eficacia de una gama de alternativas terapéuticas ajenas al modelo biomédico estandard. Según datos de la OPS /OMS, el uso de las terapias
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