INICIATIVA NO. 20075137. LEY ESPECIAL PARA EL FOMENTO DE LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA Y DE ACCESO A LA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL

Etapainitial bill

Managua, 23 de octubre de 2007








    Doctor
    Wilfredo Navarro Moreira
    Primer Secretario
    Asamblea Nacional
    Su despacho


    Estimado Dr. Navarro.


    Adjunto a la presente, sírvase encontrar Proyecto de “LEY DE VIVIENDA DIGNA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA”, el cual ha sido firmado por el suscrito en uso de las facultades que me otorga el Arto. 140, inciso 1 de la Constitución Política de la República.

    Por lo que estoy solicitando sus buenos oficios para que de conformidad al Arto. 92 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se proceda con los trámites correspondientes.

    Sin más que agregar, le saludo.







    Gustavo E. Porras Cortés
    Diputado Nacional
    Bancada FSLN



    Cc: ArchivoManagua, 23 de octubre de 2007




    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS



    Ingeniero
    RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
    Presidente
    Asamblea Nacional
    Su despacho


    Estimado Ing. Núñez:

    El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que me confiere el Arto. 140, inciso 1 de la Constitución Política de la República, presento para consideración del Plenario la presente iniciativa de ley denominada: “LEY DE VIVIENDA DIGNA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA”.

    Como es de todos conocido el déficit habitacional que actualmente presenta nuestro país, se ha venido estudiando la posibilidad de contar con una ley que beneficie a miles de familias Nicaragüenses, la cual tendrá un efecto positivo en la reactivación económica del país.

    La misma ha sido objeto de una serie de sucesos relevantes que son necesarios destacar y son los siguientes:

    Un conjunto de organizaciones sociales vinculadas al tema del hábitat, elaboraron esta iniciativa con el propósito de que la misma permita articular los esfuerzos, talentos y recursos de toda la sociedad para atender la vivienda de los más pobres.

    Esta iniciativa ha sido consultada con profesionales de universidades, además con un estudio económico de factibilidad.

    El Movimiento Comunal Nicaragüense, que en su historia aglutina a las demandas barriales, acogió esta iniciativa y la ha consultado en dieciocho (18) Foros Departamentales con más de 1,100 líderes de Barrios.

    Además de llevar a la práctica el precepto constitucional del Arto. 64 de la Constitución Política de la República que en sus partes conducentes dice: “
    El gobierno dará respuesta de manera ordenada a la demanda de viviendas de miles de Nicaragüenses que no tienen techo seguro; impulsará un conjunto de medidas para hacer de la autoconstrucción una solución duradera y segura y al








    alcance de la mayoría, priorizando los asentamientos urbanos y rurales”, con lo cual coincidimos con las Prioridades del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, proceso en construcción permanente. Con estos fines se promoverá el acceso a que cada familia tenga una vivienda digna, con condiciones higiénicas adecuadas.

    Este Proyecto por tanto, representa el sentir y la posible solución del problema habitacional que padecen dos de cada tres familias en nuestro país.





    Gustavo E. Porras Cortés
    Diputado Nacional
    Bancada FSLN“No es porque las cosas son difíciles
que no nos atrevemos,
es porque no nos atrevemos
que son difíciles”.

SÉNECA
FUNDAMENTACIÓN

La Constitución Política de la República de Nicaragua, en el Capítulo III, Artículo 64 establece:
        “Los nicaragüenses tienen derecho a una vivienda digna, cómoda y segura que garantice la privacidad familiar. El Estado promoverá la realización de este derecho.”
Este mandato constitucional, sin embargo, tiene las siguientes asignaturas pendientes:

1. El déficit habitacional que se reconoce es de 420,000 unidades de viviendas nuevas y una cifra similar que ameritan reparación. Además, cada año se conforman 22,000 nuevas familias que demandan vivienda.


2. El Gobierno de la República suscribió como parte de los 189 estados miembros de las Naciones Unidas, los Objetivos de Desarrollo del Milenio comprometiéndose a “Haber mejorado considerablemente para el año 2020, la vida de los habitantes de tugurios” lo cual demandaría que el país construya al menos 40,000 viviendas anuales para cumplir esa meta: 22.000 para evitar que crezca el déficit habitacional (familias jóvenes) y 18.000 para reducir en un 50% el déficit actual.
3. El Estado redujo hasta fines de 2006, a una visión parcial, patrimonialista e individualista, dejando a las fuerzas del mercado la responsabilidad de proveer las casas, soslayando el entorno público de la vivienda, como es la creación de infraestructura, los servicios de educación, salud y comercio y los espacios públicos de recreación e intercambio; desdibujando por tanto las ciudades y la vida ciudadana.
4. La precariedad de la vivienda, presente en casi toda la geografía nacional, tiene connotaciones trascendentales que lesionan fuertemente el concepto de una vida digna; no podemos pensar en futuras generaciones que puedan desarrollar sus talentos y capacidades en tanto nazcan, vivan y se desarrollen en el hacinamiento, la promiscuidad, la carencia de agua, electricidad, rodeados de basura y sin áreas de esparcimiento.
      Podemos construir miles de escuelas y hospitales, pero las deficiencias descritas son fuente permanente de deserción escolar, escaso aprendizaje, enfermedades crónicas y epidémicas, violencia social y delictiva.

      La precariedad se expresa en que:

      Una de cada dos familias está clasificada como pobre, carece seguridad jurídica en la tenencia de la vivienda, usa letrina, no goza del sistema municipal de recolección de basura, utiliza leña como combustible para cocinar.

      Una de cada tres familias nicaragüenses viven hacinadas, sin acceso a agua potable, sin electricidad, subempleada.

      El promedio de ingresos de las familias pobres, quienes representan el 48.3% de la población nicaragüense, se estimó en el año 2005, en 346 dólares anuales per cápita.

Los problemas más importantes para resolver la situación en vivienda son:

1. La limitada capacidad de ingresos seguros y estables, el acceso de recursos financieros de corto plazo, las condiciones crediticias en que llegan a la población y los costos no accesibles de los precios de la vivienda, provocan que para la mayor parte de la población de bajos ingresos (hasta dos salarios mínimos) y moderados (hasta cinco salarios mínimos), los cuales representan mas del 80% de la población, no puedan tener acceso a una vivienda digna.


2. Limitado Liderazgo Institucional: falta de legislación marco y fragmentación institucional para atender el mandato constitucional, impiden organizar las voluntades, talentos y recursos que faciliten la obtención de una vivienda digna a las familias nicaragüenses.
3. Ausencia de un Sistema Financiero para la Vivienda popular (sistema ahorro y crédito, mercado de créditos hipotecarios, micro finanzas para vivienda, fondos de inversión inmobiliaria, sistema de titulación y seguridad, que permita movilizar recursos para que la población obtenga créditos a largo plazos (20-30 años) y en condiciones financieras razonables (tasa de interés, costos de transacción y monto con cuotas bajas).
4. Irregular acceso al suelo para familias de ingresos bajos y moderados, debidos a: insuficiente oferta de terrenos públicos o de legislación necesaria para el aprovechamiento de los mismos; limitada capacidad para elaborar planes de desarrollo territorial o urbanos; ausencia de normas que incentiven la optimización del suelo urbano, densificado mediante construcciones en planta.
5. Carencia de mecanismos de incentivos y que faciliten la participación coordinada del Estado, las organizaciones comunitarias y sociales, los sectores privados y no gubernamentales, lo que impide optimizar recursos de la población y los municipios.
6. A pesar de la aprobación desde 1999 de la Ley 309 de Regulación, Ordenamiento y Titulación de los Asentamientos Humanos Espontáneos, el 35% de la población pobre y el 38% de los pobres extremos declararon tener vivienda propia sin escritura en la Encuesta de Medición del Nivel de Vida

2005, lo que supone altos niveles de inseguridad social y jurídica.

Esta Ley procura llenar esas carencias, estructurando un sistema claro de responsabilidades y competencias; implementando mecanismos de operación ágiles y eficaces, que actúen coordinadamente en el marco de una planificación; asignando recursos y usando eficientemente los existentes; enfrentando físicamente el problema del acceso a la tierra mediante la utilización de los terrenos ociosos; estableciendo nuevas modalidades de producción, aporte, pago y tenencia; utilizando con fuerza la herramienta cooperativa y la autogestión; permitiendo la participación de todos los actores en el problema mediante diferentes mecanismos y ámbitos; uniendo los esfuerzos públicos y privados para hacerlos eficientes.

Esta Ley pretende también definir una atención priorizada a la producción social de viviendas como modalidad productiva viable para elevar el impacto de la atención a las necesidades habitacionales de las familias de menores ingresos, entendiendo por producción social de viviendas, aquella donde la vivienda es producida sin fines de lucro y con participación activa de los propios usuarios. Así mismo esta Ley persigue reafirmar el concepto de vivienda social como instrumento de política pública, donde se confirma su carácter, de bien social, y por tanto el Estado asigna recursos públicos y regula los procesos de producción y distribución, constituyéndola en un instrumento de redistribución de riqueza nacional.


2. PRINCIPIOS

Los principios fundamentales de esta Ley son:

Solidaridad: Hacer accesible la vivienda a las familias que no cuentan con los recursos económicos suficientes, estableciendo un sistema de subsidios, créditos, ahorro y autogestión, para el acceso a la misma dentro de un marco de justicia social.

Sostenibilidad: Establecer un Marco Institucional que facilite el acceso a la vivienda digna, como una política de Estado, propiciando acciones diversas en la producción, financiamiento, acceso al suelo y concertación multiactoral.

Integralidad: Abordar
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR