Resolución, Actualizar el sistema de vedas periodo 2009

Publicada en La Gaceta No. 90 del 18 de Mayo del 2009

La Ministra del Ambiente y los Recursos Naturales;

CONSIDERANDO

I

Que el numeral 1 del artículo 71 de la Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales; y, el artículo 47 del Decreto 9-96, Reglamento de la Ley 217, otorgan competencia al Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales para establecer el Sistema de Vedas en materia de Diversidad Biológica, con el fin de lograr su resguardo y protección.

II

Que el artículo 13 de la Resolución Ministerial No. 007-999 vigente, reformado por Resolución Ministerial No. 023 - 99, establece que las Vedas Nacionales serán revisadas y actualizadas por el Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales; y publicadas anualmente por cualquier medio de comunicación social escrita de circulación nacional para su debida entrada en vigor, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta Diario Oficial.

III

Que como tal Sistema, debe agrupar y armonizar entre si el conjunto de principios y disposiciones que le integran, así como las condicione ambientales y climáticas y las épocas y zonas en que se presentan los ciclos de reproducción y reclutamiento de las diferentes poblaciones para permitir la efectiva conservación y uso sostenible de las especies de fauna y flora silvestre y sus hábitat.

IV

Que el capítulo II de la Ley No. 489, Ley de Pesca y Acuicultura establece que MARENA, a través de Resolución Ministerial establecerá la veda de los recursos hidrobiológicos en base a propuesta técnica de INPESCA y previa consulta con la CONAPESCA.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Ley,

RESUELVE

ACTUALIZAR EL SISTEMA DE VEDAS PERIODO 2009

Arto. 1. Objeto.

La presente Resolución Ministerial tiene por objeto, actualizar el Sistema de Vedas de Especies de Vida Silvestres que regirá el periodo 2009.

Arto. 2. Ámbito de Aplicación.

La presente resolución ministerial es aplicable a las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, en todo el territorio nacional.

Arto. 3. Autoridad de Aplicación.

La autoridad de aplicación de la presente Resolución Ministerial es el Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales, a través de las Delegaciones Territoriales, en coordinación con el Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura, los Gobiernos Municipales y Gobiernos Regionales, Ejército, Policía, así como otras autoridades con competencia en la materia.

Arto. 4.

Se establece como Vedas Nacionales de Especies...

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