Ley de reforma a la ley de creación de la empresa nicaragüense de acueductos y alcantarillados sanitarios

LEY DE REFORMA A LA LEY DE CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS

LEY No. 479.

Aprobada el 4 de Diciembre del 2003.

Publicada en La Gaceta No. 245 del 26 de Diciembre del 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO:

I

Que el artículo 105 de la Constitución Política de Nicaragua estable el deber del Estado de promover, facilitar y regular la presentación del servicio público de agua potable y alcantarillado sanitario en beneficio de la población, siendo el acceso a este servicio un derecho inalienable.

II

Que dentro del proceso de modernización del sector agua y alcantarillado, se creó una Comisión Nacional de Agua y Alcantarillado, "un Ente Regulador", una Empresa Operadora y que al efectuarse esta separación, en el texto legal de creación de la empresa operadora estatal, se omitió el aspecto impositivo, fiscal y municipal, beneficios que toda empresa del Estado debe tener para garantizar y no encarecer la prestación del servicio al usuario.

III

Que se hace necesario dotar a la empresa estatal ENACAL de condiciones que aseguren su sostenibilidad y viabilidad financiera, para garantizar que este servicio llegue a todos los sectores sociales.

IV

Que las cargas impositivas de cualquier naturaleza constituyen un obstáculo para facilitar y promover el acceso de la población a los servicios básicos de agua potable y alcantarillado sanitario, puesto que encarecen sus costos.

V

Que las operaciones y actividades que realiza la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios ENACAL, constituyen la ejecución material del mandato constitucional precitado, no debiéndose en consecuencia considerarse como base de tributación alguna a causa de su misma función y por ser todos los bienes involucrados en la prestación del servicio, propiedad del Estado.

VI

Que la Ley de Equidad Fiscal establece que todas las exenciones deben de estar contempladas en disposiciones legales especiales entre otras.

En uso de sus facultades;

HA DICTADO:

La siguiente:

LEY DE REFORMA A LA LEY DE CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS

Artículo 1

Refórmase

el artículo 1 del Capítulo I, Constitución, Denominación, Domicilio y Duración de la Ley No. 276, Ley de Creación de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y...

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