Decreto, 'reforma y adición al decreto no. 25-2002, reglamento de la ley no. 392, ley de promoción del desarrollo integral de la juventud'

REFORMA Y ADICIÓN AL DECRETO No. 25-2002, REGLAMENTO DE LA LEY No. 392, LEY DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL DE LA JUVENTUD

DECRETO No. 47-2002,

Aprobado el 14 de Mayo del 2002.

Publicado en la Gaceta No. 95 del 23 de Mayo del 2002

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

REFORMA Y ADICIÓN AL DECRETO NO. 25-2002, REGLAMENTO DE LA LEY No. 392, LEY DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL DE LA JUVENTUD

Artículo 1

Se reforma el Capítulo I, Espacios de Participación Juvenil, del Título IV, participación de la Juventud y Ejercicio de Derechos Políticos, del Decreto No. 25-2002, Reglamento de la Ley No. 392, Ley de Promoción del Desarrollo Integral de la Juventud, publicado en La Gaceta No. 56 del 21 de Marzo del 2002, el que se leerá de esta manera:

TÍTULO IV Artículo 2

PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD Y EJERCICIO

DE DERECHOS POLÍTICOS

Capítulo I Artículo 2

Espacios de Participación Juvenil

Arto 37.-

Los principales espacios de participación de la Juventud, con relación a los diferentes niveles de la división política administrativa del país son: La Comisión Nacional de la Juventud (CNJ), los Consejos Regionales Autónomos de la Costa Atlántica y los Concejos y Cabildos Municipales.

Arto 38.-

Los Concejos Regionales son espacios de participación juvenil a nivel regional, donde las organizaciones juveniles tendrán parte en asuntos tales como:

1) Crear espacios para la participación de la participación de las y los jóvenes de las comunidades indígenas, étnicas y de ascendencia africana.

2) Desarrollar iniciativas en uso y disfrute de los recursos naturales.

3) Fortalecer la participación en la gestión y administración regional.

4) Promover y gestionar recursos que impulsen proyectos de desarrollo de la juventud en las regiones autónomas.

Arto 39.-

Los Concejos y Cabildos Municipales son espacios de participación juvenil a nivel municipal, donde las organizaciones juveniles tendrán parte en asuntos tales como:

1) Gestión de asuntos locales.

2) Incidencia para el fortalecimiento de la gestión municipal.

3) Integración de los jóvenes a las brigadas de protección del medio ambiente.

4) Proponer a través de las instancias correspondientes anteproyectos de ordenanzas y/o resoluciones sobre temas propios de la juventud.

5) Desarrollo de proyectos juveniles y consecución de recursos que fomenten...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR