Decreto, Aprobación del canje de notas entre japón y nicaragua

(APROBACIÓN DEL CANJE DE NOTAS ENTRE JAPÓN Y NICARAGUA)

DECRETO No. 78-2000,

Aprobado el 4 de Septiembre del 2000

Publicado en La Gaceta No. 171 del 8 de Septiembre del 2000

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que la Asamblea Nacional recibió el Proyecto de Decreto de Aprobación del Canje de Notas entre el Gobierno de Japón y el Gobierno de la República de Nicaragua sobre Diferimientos de Pagos de la Deuda Externa de Nicaragua, el día dieciséis de Marzo de dos mil, para su aprobación, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política, de conformidad con la razón de recibido puesta en la nota de remisión de dicha iniciativa.

II

Que la atribución concedida en nuestra Carta Magna a la Asamblea Nacional de aprobar o rechazar los convenios, se le ha otorgado con el fin de garantizar al país que los compromisos internacionales sean debatidos públicamente por las principales fuerzas políticas, económicas y sociales de la nación representadas en ese Poder del Estado.

III

Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución Política, sin que la Asamblea Nacional haya aprobado o rechazado el Proyecto de Decreto de Aprobación del Canje de Notas entre el Gobierno de Japón y el Gobierno de la República de Nicaragua sobre Diferimientos de Pagos de la Deuda Externa de Nicaragua.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Artículo 1

Se da por aprobado el Convenio del Canje de Notas entre el Gobierno de Japón y el Gobierno de la República de Nicaragua sobre Diferimientos de Pagos de la Deuda Externa de Nicaragua.

Artículo 2

Ratificase en todas y cada una de sus partes el Convenio del Canje de Notas entre el Gobierno de Japón y el Gobierno de la República de Nicaragua sobre Diferimientos de Pagos de la Deuda Externa de...

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