Resolución, Aprobar la política de igualdad de género en el contexto de los pueblos indígenas y comunidades étnicas de la región autónoma del atlántico norte raan

Publicada en La Gaceta No. 27 del 10 de Febrero del 2011

El Consejo Regional Autónomo de la Región Autónoma del Atlántico Norte de la República de Nicaragua, en uso de las Atribuciones que le confiere la Constitución Política de la República, el Estatuto de Autonomía de las Dos Regiones Autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragua (Ley N°28), su Reglamento, y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Atlántico Norte, ha dictado la siguiente Resolución sobre:

APROBAR LA POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EL CONTEXTO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y COMUNIDADES ÉTNICAS DE LA REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO NORTE RAAN

CONSIDERANDO

I

Que la ley 28, establece en su Artículo 23, numeral 12, la atribución de elegir de entre sus miembros a su Junta Directiva.

II

Que la Junta Directiva del Consejo Regional, conforme mandato de ley expresa, según el Arto. 27 del estatuto de Autonomía (Ley N° 28), la integran: un Presidente, dos vise presidentes, dos secretarios, y dos vocales, con representatividad de cada una de las comunidades étnicas de la región.

III

Que conformidad con el Artículo 11 de de la ley 290 (Ley de Organización, competencias y procedimientos del poder ejecutivo), en conjunto del Gobierno Regional, administra los programas de Salud, educación, cultura, abastecimiento, transporte, servicios comunales y otros en coordinación con los ministerios del Estado y otras instancias correspondientes.

IV

Que el Arto.82 Numeral 10 del reglamento Interno del Consejo Regional Autónomo del Caribe Norte Establece que por medio de la comisión de la Mujer, Niñez, Juventud y la Familia, atiende proyectos relacionados a la aplicación del código de la Niñez, así como de las políticas y programas que impulsa el Gobierno Central y el Gobierno Regional en el que se promuevan la igualdad de varones y mujeres y la protección de la niñez y apoyo a la familia.

V

Que en base a la Ley de Igualdad de Derechos y Oportunidades "UNA REALIDAD PARA LAS MUJERES NICARAGÜENSES" (Ley 648), mandata la igualdad de Géneros como una herramienta de fortalecer un plan operativo nacional y regional, coordinado con las instancias superiores para hacer efectiva la aplicación de la política de Género en las Regiones Autónomas del Caribe de Nicaragua.

VI

El Objetivo de la Ley es promover la igualdad y equidad en el goce de los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales entre los hombres y mujeres, estableciendo mandatos, para el estado, Gobierno Regionales y...

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