Decreto, Ley de reformas al codigo del trabajo y a los reglamentos de proteccion a la familia

LEY DE REFORMAS AL CODIGO DEL TRABAJO Y A LOS REGLAMENTOS DE PROTECCION A LA FAMILIA

Decreto No. 855

de 14 de octubre de 1981

Publicado en La Gaceta No. 248 de 2 de noviembre de 1981

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades y con fundamento del artÌculo 23 del Decreto No. 388 del 2 de mayo de 1980,

Hace saber al pueblo nicarag¸ense:

UNICO:

Que tomando en cuenta las reformas propuestas por el Consejo de Estado en su SesiÛn Ordinaria No. 20 del 9 de octubre del corriente aÒo,

Decreta:

La siguiente:

LEY DE REFORMAS AL CODIGO DEL TRABAJO Y A LOS REGLAMENTOS REFERIDOS A LA PROTECCION DE LA FAMILIA

ArtÌculo 1

La Unidad Responsable de OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar dependiente del Ministerio de Bienestar Social ubicada en Managua y sus Delegaciones Departamentales, ser·n las facultades para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el artÌculo 73 del CÛdigo del Trabajo y su Reglamento, contenido en el Decreto Ejecutivo No. 8 del 4 de noviembre de 1974.

Igualmente ejercer·n las seÒaladas en la Ley de ProtecciÛn a la Familia de Prole Numerosa del 24 de octubre de 1958, y su Reglamento de fecha 26 de febrero de 1959.

ArtÌculo 2

-La Unidad Responsable de OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar es sucesora legal, sin soluciÛn de continuidad desde el 19 de julio de 1979. de las actuaciones y resoluciones dictadas en base a las leves y reglamentos seÒalados en el artÌculo anterior. RatifÌcanse todas y cada una de las actuaciones y resoluciones dictadas por OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar del Ministerio de Bienestar Social a partir del 19 de julio de 1979, hasta la publicaciÛn del presente Decreto.

ArtÌculo 3

Cuando el arto 73 del CÛdigo del Trabajo y su Reglamento se refieren a Jefe de la Oficina de ProtecciÛn a la Familia, Encargado de la Oficina o Inspector del Trabajo, deber· leerse: Responsable de la DelegaciÛn Departamental de OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar. Donde se refieren a Departamento de Bienestar Social deber· leerse: Unidad Responsable de OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar.

ArtÌculo 4

Al seÒalar el Reglamento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR