Decreto, Ley de reformas al codigo del trabajo y a los reglamentos de proteccion a la familia
LEY DE REFORMAS AL CODIGO DEL TRABAJO Y A LOS REGLAMENTOS DE PROTECCION A LA FAMILIA
Decreto No. 855
de 14 de octubre de 1981
Publicado en La Gaceta No. 248 de 2 de noviembre de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades y con fundamento del artÌculo 23 del Decreto No. 388 del 2 de mayo de 1980,
Hace saber al pueblo nicarag¸ense:
UNICO:
Que tomando en cuenta las reformas propuestas por el Consejo de Estado en su SesiÛn Ordinaria No. 20 del 9 de octubre del corriente aÒo,
Decreta:
La siguiente:
LEY DE REFORMAS AL CODIGO DEL TRABAJO Y A LOS REGLAMENTOS REFERIDOS A LA PROTECCION DE LA FAMILIA
La Unidad Responsable de OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar dependiente del Ministerio de Bienestar Social ubicada en Managua y sus Delegaciones Departamentales, ser·n las facultades para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el artÌculo 73 del CÛdigo del Trabajo y su Reglamento, contenido en el Decreto Ejecutivo No. 8 del 4 de noviembre de 1974.
Igualmente ejercer·n las seÒaladas en la Ley de ProtecciÛn a la Familia de Prole Numerosa del 24 de octubre de 1958, y su Reglamento de fecha 26 de febrero de 1959.
-La Unidad Responsable de OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar es sucesora legal, sin soluciÛn de continuidad desde el 19 de julio de 1979. de las actuaciones y resoluciones dictadas en base a las leves y reglamentos seÒalados en el artÌculo anterior. RatifÌcanse todas y cada una de las actuaciones y resoluciones dictadas por OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar del Ministerio de Bienestar Social a partir del 19 de julio de 1979, hasta la publicaciÛn del presente Decreto.
Cuando el arto 73 del CÛdigo del Trabajo y su Reglamento se refieren a Jefe de la Oficina de ProtecciÛn a la Familia, Encargado de la Oficina o Inspector del Trabajo, deber· leerse: Responsable de la DelegaciÛn Departamental de OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar. Donde se refieren a Departamento de Bienestar Social deber· leerse: Unidad Responsable de OrientaciÛn y ProtecciÛn Familiar.
Al seÒalar el Reglamento de...
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