Decreto, Ley creadora de las comisiones consultivas de politica agropecuaria

LEY CREADORA DE LAS COMISIONES CONSULTIVAS DE POLITICA AGROPECUARIA

Decreto No. 333

de 29 de febrero de 1980

Publicado en La Gaceta No. 56 de 6 de marzo de 1980

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Considerando:

I

Que es necesario organizar en forma racional las actividades desarrolladas por el Gobierno en el Ramo agropecuario, con el propósito de obtener la mayor producción posible, aprovechando al máximo nuestros recursos y esfuerzos.

II

Que es igualmente necesario coordinar las actividades que en el mismo campo llevan a efecto otros sectores fuera del área de producción del Estado.

III

Que es el Ministerio de Desarrollo Agropecuario el órgano competente de este Gobierno para llevar a efecto lo referido en los anteriores considerandos.

Acuerda:

La siguiente:

LEY CREADORA DE LAS COMISIONES CONSULTIVAS DE POLITICA AGROPECUARIA

Artículo 1

El Ministerio de Desarrollo Agropecuario es la instancia única del Gobierno de Reconstrucción Nacional, encargada de regir las actividades agropecuarias del sector público y coordinar las que pueda desarrollar el sector privado, estableciendo con este fin una política nacional de Desarrollo Agropecuario.

Artículo 2

Con el objeto de asesorar al Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en el desempeño de las funciones señaladas en el Artículo anterior se crean adscritas a él y con carácter consultivo las siguientes comisiones: Comisión del Algodón, de la Ganadería de Carne, Ganadería de Leche, Ganadería Menor, del Arroz, del Banano, de Azúcar, del Café y de Granos Básicos.

Artículo 3

Son funciones de las Comisiones creadas:

  1. Analizar la problemática de los diferentes ramos de producción agropecuarios;

  2. Efectuar estudios que tengan como propósito mejorar la producción y productividad;

  3. Proponer soluciones a los problemas de la producción;

  4. Coordinar a todos los agentes involucrados en la actividad agropecuaria, entendiéndose por tales, los organismos estatales de financiamiento, asistencia técnica, comercialización, producción y los productores privados, a fin de que se cumplan las metas de producción que se establezcan y las políticas de desarrollo agropecuario congruentes con los lineamientos de la Revolución Sandinista;

  5. Efectuar análisis de mercado y proponer alternativas de...

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