Decreto, Prórroga del plazo para continuar la titulación urbana en todas las ciudades del país, por parte de la oficina de titulación urbana (otu), a los beneficiarios de la ley n° 86

PRÓRROGA DEL PLAZO PARA CONTINUAR LA TITULACIÓN URBANA EN TODAS LAS CIUDADES DEL PAÍS, POR PARTE DE LA OFICINA DE TITULACIÓN URBANA (OTU), A LOS BENEFICIARIOS DE LA LEY No. 86.

DECRETO No. 106-2001,

Aprobado el 15 de Noviembre del 2001

Publicado en La Gaceta No. 221 del 21 de Noviembre del 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

I

Que la Ley No. 278

Ley sobre Propiedad Reformada Urbana y Agraria

, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 239 del 16 de Diciembre de 1997, en su artículo 13 dispone que el plazo para que la Oficina de Titulación Urbana

(OTU)

realice la Titulación de lotes urbanos a favor de los beneficiarios de la Ley No. 86, puede ser objeto de prórrogas mediante Decreto del Poder Ejecutivo.

II

Que el avance en el Proceso de Titulación Urbana establecido en el Decreto N° 39-94, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 176 del 22 de Septiembre de 1994, continúa con paso firme beneficiando a miles de Nicaragüenses y que la prórroga concedida por el

Poder Ejecutivo vence el día 16 de Diciembre de 2001

, sin haber concluido el mencionado Proceso de Titulación.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

PRÓRROGA DEL PLAZO PARA CONTINUAR LA TITULACIÓN URBANA EN TODAS LAS CIUDADES DEL PAÍS, POR PARTE DE LA OFICINA DE TITULACIÓN URBANA (OTU), A LOS BENEFICIARIOS DE LA LEY No. 86

Artículo 1

Se Prorroga el plazo para que la Oficina de Titulación Urbana

(OTU)

, continúe con el Proceso de Titulación de pequeños lotes a favor de los beneficiarios de la Ley No. 86, para así darles seguridad jurídica, en todas las ciudades País.

Artículo 2

La prórroga de dicho plazo iniciará el día 17...

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