DIGESTO JURÍDICO NICARAGÜENSE DE LA MATERIA SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL (SSAN), LEY NO. 765 LEY DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN AGROECOLÓGICA U ORGÁNICA

DIGESTO JURÍDICO NICARAGÜENSE DE LA MATERIA SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL (SSAN), LEY No. 765 LEY DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN AGROECOLÓGICA U ORGÁNICA

LEY No. 765, Aprobado el 29 de Octubre de 2014

Publicado en La Gaceta No. 43 de 04 de Marzo de 2015

DIGESTO JURÍDICO NICARAGÜENSE DE LA MATERIA SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL (SSAN)

El presente texto contiene incorporadas todas las modificaciones consolidadas el primero de octubre del 2014, de la Ley No. 765, “Ley de Fomento a la Producción Agroecológica u Orgánica”, aprobada el 14 de Abril de 2011 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124 del 5 de julio de 2011, y se ordena su publicación en La Gaceta Diario Oficial , con forme la Ley No. 826, “ Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 245 del 21 de diciembre de 2012.

El Presidente de la República de Nicaragua

A sus habitantes, Sabed:

Que,

LA ASAMBLEA NACIONAL

Ha ordenado la siguiente:

LEY DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN AGROECOLÓGICA U ORGÁNICA

CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1 Objeto.

La presente ley tiene por objeto fomentar el desarrollo de los sistemas de producción agroecológica u orgánica, mediante la regulación, promoción e impulso de actividades, prácticas y procesos de producción con sostenibilidad ambiental, económica, social y cultural que contribuyan a la restauración y conservación de los ecosistemas, agro-ecosistemas, así como al manejo sostenible de la tierra.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

La presente Ley está dirigida a productoras y productores que individual u organizadamente, implementan o tienen interés de desarrollar Sistemas de Producción Agroecológica u Orgánica, mediante la realización de buenas prácticas productivas.

Artículo 3 Definiciones.

En los Sistemas de Producción Agroecológica u Orgánica, se entenderá por:

  1. Agro- ecosistemas: Sistema ecológico que cuenta con una o más poblaciones de utilidad agrícola y el ambiente con el cual interactúa, cuyos componentes principales son los subsistemas de cultivos o de producción animal, identificados con las parcelas o áreas de la finca donde se tienen cultivos y sus asociaciones o las unidades de producción pecuarias.

  2. Bienes naturales: Bienes comunes y servicios que proporciona la naturaleza sin alteración por parte del ser humano que contribuyen al bienestar y desarrollo de la vida en la tierra.

  3. Buenas prácticas productivas: Tecnologías exigidas en. normas, convenios y mercados nacionales e internacionales, que contribuyen a la calidad total de las producciones agrarias, la seguridad alimentaria y la conservación del medio ambiente, que implica realizar bien los procedimientos agronómicos con el propósito de lograr productos agrarios sin comprometer la salud de las personas y la biodiversidad.

  4. Producción Agroecológica: Proceso productivo donde se aprovechan al máximo los recursos locales y la sinergia de los procesos a nivel del agro ecosistema, utiliza prácticas que favorecen su complejidad, adoptando el control biológico y la nutrición orgánica de manera óptima en el manejo del sistema de producción o la finca.

  5. Producción Orgánica: Sistema de producción holístico, que emplea al máximo los recursos de la finca mediante prácticas de gestión interna, aplicando métodos biológicos y descartando el empleo de productos sintéticos.

  6. Restauración: Es la recuperación de las capacidades y ofertas de los ecosistemas y agro ecosistemas a largo plazo.

  7. Sistema sucesiones: Sistemas agroforestales que consiste en el asocio masivo de cultivos anuales y perennes con especies arbóreas de diferentes hábitos de crecimiento, usos y beneficios, que imitan la estructura y dinámica sucesiones del bosque natural.

  8. Tecnologías limpias: Tecnologías que aumentan la productividad de las empresas de una manera sostenible, conservando la materia prima y la energía, reducen la toxicidad de los materiales usados en el proceso y la cantidad de los residuos y emisiones en la fuente.

  9. Unidades de producción: Área física, finca, parcela, zonas o establecimientos donde se llevan a cabo actividades de producción, acopio, transformación, procesamiento, almacenamiento, distribución y comercialización de productos.

Artículo 4 Principios.

En los Sistemas de Producción Agroecológica u Orgánica se aplicarán los siguientes principios:

  1. Sostenibilidad: Resultado de la relación armónica entre los factores productivos, los ecosistemas y sus ciclos naturales, garantizando el mantenimiento, recuperación y conservación de los bienes naturales, respetando la vida en toda sus expresiones, a fin de establecer sistemas sucesionales y proteger la biodiversidad.

  2. Soberanía y seguridad alimentaria: Derecho a la producción, distribución y consumo de alimentos, que garanticen la calidad y la seguridad a lo largo de la cadena alimentaria.

    3 Sanidad: Producción, acopio, transformación, distribución y consumo de productos bajo criterios preventivos de salud, que garanticen productos sanos e inocuos para la salud humana.

  3. Competitividad: Producir alimentos y otros productos de manera sostenible para los mercados locales e internacionales con calidad, valor agregado y considerando un ambiente de trabajo seguro, justo y ambientalmente aceptable.

  4. Manejo Sostenible de la Tierra: Usos y prácticas productivas dirigidas a revertir la degradación de la tierra y la vegetación, la erosión de los suelos, la pérdida de la capa superficial del suelo y tierras fértiles en las áreas áridas, semiáridas y sub húmedas secas, causada principalmente por las actividades humanas inadecuadas y por las variaciones del clima, de acuerdo a las capacidades y vocaciones de los ecosistemas y agro ecosistemas.

  5. Protección: Aplicación de actividades, prácticas y procesos que garanticen la conservación y sostenibilidad de los bienes naturales, así como la obtención de productos sanos e inocuos para el consumo final.

  6. Reconocimiento: Reconocer, aprender, y retomar las prácticas de producción cultural, biológica y mecánica de conocimiento tradicional, autóctono y de avances tecnológicos actuales de acuerdo a las condiciones del territorio y sus actores.

  7. Precaución: Aplicación de medidas en los procesos productivos agroecológicos u orgánicos dirigidas a prevenir o evitar daños o peligros irreversibles en los ecosistemas, considerando los impactos sociales y ecológicos.

  8. Prevención: Disposiciones de las actividades, prácticas y procesos productivos de forma anticipada para...

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