Disolución por pérdidas o solicitud de concurso voluntario: la alternativa legal en las sociedades de capital españolas

AutorJosé Carlos Vázquez Cueto
Páginas75-103
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Disolución por pérdidas o solicitud de concurso voluntario: la alternativa legal en
las sociedades de capital españolas
José Carlos Vázquez Cueto49
Universidad de Sevilla, España
vcueto@us.es
Fecha de recibido: 2016 / Fecha de aprobación: 2016
Resumen
El presente trabajo trata sobre el conflicto normativo que se presenta en el Ordenamiento jurídico español en
los supuestos de grave crisis empresarial de las sociedades de capital entre la solución prevista por el Derecho
de sociedades (la disolución) y la que dispone el Derecho concursal (la petición de concurso de acreedores). Tal
conflicto pone en juego el tema de la distribución de competencias entre los órganos sociales; un asunto de
particular interés por lo que se refiere especialmente a los administradores, debido a la responsabilidad por
deudas sociales a que pueden llegar a verse sometidos por la infracción de sus deberes legales en este punto.
Palabras Clave
Concurso de acreedores / disolución / sociedades de capital / administradores sociales / responsabilidad por
deudas sociales
Abstract
This paper deals with the conflict which sets out in Spanish Law in situations of serious economic crisis of companies with
limited liability between the answer of the Company Law (dissolution) and the solution of the Insolvency Law (request for
a declaration opening the insolvency proceedings). That conflict suggests the question of the distribution of powers inside
the company; an interesting issue specially for the directors, due to the liability for company debts that could fall to them
because of the offense of their legal duties.
Keywords
insolvency proceeding / dissolution / companies with limited liability / directors / liability for company debts
49 Doctor en Derecho por la Universidad de Sevilla, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad
de Sevilla (desde febrero 2016) y Director d el Departamento de Derecho Mercantil de la Universidad de
Sevilla (desde octubre de 2013).
ISSN 1993-4505 / No. 21, 2016 / 75-103
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Tabla de Contenido
I. Introducción. Presentación del problema. II. Breve descripción de las disposiciones
normativas en conflicto. 1. La insolvencia de la sociedad de capital y su solicitud de concurso de
acreedores.- 2. El desajuste patrimonial grave de la sociedad como causa legal de su disolución. 2.1. La
fijación de unas causas legales de disolución de las sociedades de capital. 2.2. La disolución por pérdidas
en concurrencia con la insolvencia. 3. Las cuestiones por resolver. Planteamiento. III. Ensayo de una
propuesta interpretativa. 1. La fijación de una serie de afirmaciones como punto de partida para
resolver los interrogantes planteados. 2. Una propuesta de solución ante la alternativa legal entre la
disolución social y el concurso. IV. La interferencia del artículo 5-bis de la ley concursal en el
ámbito de aplicación de la disciplina. Lista de referencias50
I. Introducción. Presentación del problema
Las situaciones de crisis empresariales extremas de las sociedades de capital son objeto de tratamiento
por el Derecho concursal, pero también suelen preocupar al Derecho de sociedades. Por lo que hace
a la primera de estas dos parcelas normativas, resulta normal que se reserve a la propia deudora la
posibilidad de instar directamente, a través de alguno de sus órganos, una resolución de la autoridad
competente mediante el que se ponga en marcha el procedimiento concursal, que puede acabar
provocando la liquidación y extinción de la entidad. Pero también sucede con relativa asiduidad que la
regulación específicamente dictada para dichas formas sociales contemple asimismo una serie de
dispositivos societarios de alerta ante tales situaciones. Unos dispositivos de los que resulta un deber
de toma de decisiones en su seno, cuya inobservancia (responsabilidades aparte) puede dar pie a otro
tipo de resoluciones de la autoridad competente que coloque igualmente a la sociedad en la rampa de
salida hacia su desaparición del tráfico.
Los supuestos de hecho que legalmente permiten verificar una situación de crisis desencadenante de
una o de otra reacción legislativa no tienen por qué ser idénticos. Aunque, en buena lógica, guardarán
un acusado parentesco entre ellos, por tratarse en todo caso de situaciones que hacen dudar con
fundamento de la capacidad de la sociedad para atender el pago a sus acreedores y de la rentabilidad a
futuro de la inversión efectuada en su momento por los socios. Pero, incluso en los casos de falta de
identidad, no resulta en absoluto extraño que en la realidad diaria se simultaneen los presupuestos
objetivos que provocan la entrada en juego de las soluciones previstas en el Derecho concursal y en el
Derecho de sociedades, dando así origen a un conflicto entre normas que pone de relieve, como en
50 Este trabajo ha sido elaborado en el marco del Proyecto I+D «Crisis empresariales: prevención, tratamiento y
solución desde el Derecho concursal y el Derecho de sociedades» (DER2014-55427-C2-1-P), perteneciente al
Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, del Ministerio de Economía y
Competitividad del Gobierno de España, y del que el autor es su Investigador Principal.
Derecho
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