La empresa como objeto de negocios jurídicos: énfasis en la compraventa de empresas

AutorRuth Elizabeth Rojas Mercado
Páginas9-62
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_____Revista de Derecho____
LA EMPRESA COMO OBJETO DE NEGOCIOS JURÍDICOS: ÉNFASIS EN
LA COMPRAVENTA DE EMPRESAS1
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Ruth Elizabeth Rojas Mercado
Labora en el Banco Central de Nicaragua
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Resumen
El artículo aborda temas referidos al concepto de empresa, dejando sentado que no
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del país. Se desarrolla el contenido relacionado a la empresa como objeto de negocios
jurídicos y sus formas de transmisión como son la inter vivos en sus diferentes
manifestaciones jurídicas a saber el arrendamiento; el usufructo; la hipoteca y la
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se encuentra regulada por lo que se recurre a la aplicación del principio de la autonomía
de la voluntad y la libertad de contratación y resto de ordenamiento jurídico aplicable.
La otra forma de transmisión de la empresa es por causa de muerte, que es cuando el
empresario transmitente es una personal natural o empresario individual.
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tal y como lo establece el Código de Comercio de nuestro país al utilizar el término
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económico social el comerciante no solo se dedica al comercio sino que también puede
desempeñarse en la industria o producción por lo que el término jurídico adecuado es
el de empresario.
Palabras clave: empresa/ transmisión/ patrimonio/ contrato
I. Introducción
Vale la pena señalar que es imposible que algo sea al mismo tiempo
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categorías jurídicas lo hacen ancladas en su concepto económico. Ésta
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1 El presente artículo es el resultado del trabajo de investigación realizado para obtener el título de
Máster en Derecho de Empresas con Especialización en Asesoría Jurídica; el cual además de ser
evaluado por un Tribunal integrado por tres académicos; posteriormente, fue arbitrado por una
Comisión a efectos de seleccionar a los participantes del I Encuentro de Investigación de Postgrado
de la Universidad Centroamericana, 2009.
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compuesta de distintos elementos de naturaleza disimil y debidamente
organizados por su titular, el empresario, en pos de la prestación de
bienes o servicios para el mercado.
Siendo una realidad jurídica la empresa puede ser transmitida
cambiando la titularidad de la misma. Lo que lleva a concluir que los
distintos negocios jurídicos de transmisión de la empresa conllevan a
que la misma cambie de titularidad, pudiendo ser adquirida tanto por
persona física –empresario individual- como por persona jurídica.
El contrato por el cual la empresa debe ser transmitida, tanto
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se descomponga en una pluralidad de transmisiones particulares de
sus distintos elementos simples, sujetas cada una de ellas a la ley de
circulación propia del bien o elemento que deba transmitirse. En nuestra
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empresa y sus distintas formas, sin embargo, en virtud del principio de
autonomía de la voluntad, puede efectuarse la misma apoyándose en las
distintas normas jurídicas que deban aplicarse según la naturaleza de
los elementos en que se compone la empresa.
Por antonomasia, el negocio arquetípico de transmisión inter vivos de
la empresa es la compraventa aunque la misma puede transmitirse por
otras modalidades tales como el arrendamiento, permuta, dación en
pago, usufructo, y aun por causa de muerte, a través de la herencia o
legado.
II. La empresa para el Derecho Mercantil moderno
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aquella parte reguladora de las personas como sujeto de la economía y
sus relaciones en el ejercicio de las actividades económicas (producción,
distribución, atribución, disfrute y consumo de bienes y servicios). La
esfera patrimonial constituye una proyección de la persona en el sistema
económico, un ámbito de poder inherente a toda persona y necesario
. El Derecho patrimonial está dividido
en dos ramas: el Derecho civil patrimonial y el Derecho Mercantil, la
2 Constituyendo el patrimonio, desde un punto de vista jurídico, el conjunto de relaciones activas y
pasivas pertenecientes a una persona que poseen un valor económico. DIEZ-PICAZO, Sistema de
Derecho Civil, 1978, 433.
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común y Derecho.
El sector de la realidad patrimonial regulado por las normas del
Derecho Mercantil ha de estructurarse en torno a la empresa como
organización económica. No quiere decir esto que el Derecho Mercantil
sea el Derecho de la empresa. Es ésta una compleja categoría del campo
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jurídica. La empresa es una organización que reconduce a unidad
elementos muy diversos y envuelve en su seno elementos personales,
materiales, inmateriales y relaciones jurídicas y de hecho que se rigen
por distintas ramas del ordenamiento jurídico. Normas del Derecho
patrimonial privado común (como las que rigen los derechos reales sobre
elementos de la empresa), o de Derecho público económico (como las
relativas a licencias o autorizaciones administrativas), o de Derecho del
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de la empresa, y no son mercantiles. La empresa no constituye, pues,
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interno de su organización3.
El valor de la empresa para el Derecho Mercantil no es propio de su
contenido, sino el de concepto previo de referencia, que sirve como dato
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propio del Derecho Mercantil. La empresa constituye el concepto previo
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el ordenamiento profesional de las empresas, es decir de las empresas
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por dos factores productivos esenciales: capital y trabajo, y el Derecho
Mercantil no regula uno de los elementos integrantes de la empresa
(el trabajo cuyo régimen corresponde al Derecho Laboral), por lo que
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3 JIMENEZ SÁNCHEZ, GUILLERMO, Lecciones de Derecho Mercantil, 2004, 39 a 40.
4 idem, Pag. 42.

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