Ordenanza municipal, Creación de empresas municipales de mercados

CREACIÓN DE EMPRESAS MUNICIPALES DE MERCADOS

Acuerdo No. 4

, Aprobado el 07 de febrero de 1989

Publicado en La Gaceta No. 55 del 17 de marzo de 1989

EL ALCALDE POR LA LEY DE LA CIUDAD DE MANAGUA:

En uso de sus facultades que le confiere el Decreto Número 1547 de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional de la República de Nicaragua, del día 28 de Diciembre de 1984.

Acuerda:

TITULO I Artículos 1 a 3

Constitución, Denominación, Domicilio y Duración

Artículo 1

Créanse las siguientes Empresas Municipales de Mercado; que en conjunto forman la Corporación de Mercados Municipales de Managua, "COMMEMA".:

  1. Empresa Municipal de Mercado Roberto Huembes Ruc No. 011088-8515.

  2. Empresa Municipal de Mercado Ernesto Che Guevara Ruc. No. 011088-9526.

  3. Empresa Municipal de Mercado lván Montenegro Ruc. No. 011088-9569.

  4. Empresa Municipal de Mercado Israel Lewites Ruc. No. 011088-9550.

  5. Empresa Municipal de Mercido Oscar Pérez Cassar Ruc No. 011088-9534.

  6. Empresa Municipal de Mercado Augusto César Sandino Ruc. No. 011088-9542.

Estas Empresas gozarán de Personería Jurídica y tendrán plena capacidad para adquirir derecho y contraer obligaciones, y en el presente Acuerdo se denominarán simplemente como "Las Empresas".

Artículo 2

Las Empresas tendrán su domicilio en la ciudad de Managua, y estarán ubicadas en el lugar en que se encuentran.

Artículo 3

Las Empresas tendrán duración indefinida.

TITULO II Artículos 4 y 5

Objeto y Capacidad Jurídica

Artículo 4

Las Empresas tendrán por objeto:

Dar en arriendo y ofrecer Mantenimiento de los Edificios que son utilizados en cada uno de los Mercados para comercializar, así como dedicarse a otras actividades similares,

Artículo 5

Para la Consecución de sus objetivos, las Empresas podrán adquirir y poseer, toda clase de Bienes y Derechos, lo mismo que ejecutar y celebrar todos los actos y Contratos Civiles o Comerciales que sean necesarios, y gozará en sus relacionas con terceros de la misma capacidad Jurídica de los particulares, excepto para aquellos que sean peculiares de las Personas Naturales.

TITULO III Artículos 6 y 7

El Patrimonio

Artículo 6

El Patrimonio de las Empresas lo constituyen.

  1. Mercado Roberto Huembes C$ 3,403,218.15

  2. Mercado Ernesto Che Guevara 1,171,403.04

  3. Mercado Iván Montenegro 1,838,694.16

  4. Mercado Israel Lewites 1,303,143.12

  5. Mercado Oscar Pérez Cassar 642,335.58

  6. Mercado Augusto César Sandino 590,618.50

Artículo 7

El Patrimonio de las Empresas podrán incrementarse por nuevas asignaciones, que la Corporación de Mercados Municipales de Managua, "COMMEMA" les hiciese en el Futuro.

TITULO IV Artículos 8 a 22

Administración y Representación

CAPITULO I Artículos 8 a 11

Junta Directiva

Artículo 8

La Junta Directiva de cada una de las Empresas, estará integrada por cuatro Miembros con sus respectivos Suplentes, Número que podrá ser variado por el Alcalde de la ciudad de Managua, sin necesidad de Reformar el Acuerdo Constitutivo de las Empresas. Serán miembros de la Junta Directiva:

  1. El Delegado Distrital del Territorio donde se encuentra la Empresa.

  2. El Gerente General del Mercado.

  3. Un Representante de los Trabajadores.

  4. El Asesor Legal.

Artículo 9

Corresponde ex oficio el cargo de Presidente de la Junta Directiva al Delegado Distrital y el de Vice-Presidente al Gerente General del Mercado.

Artículo 10

La Junta Directiva designará un Secretario, cuyo Nombramiento podrá recaer en un miembro de la misma Junta o en una persona extraña, el cual será de preferencia el Responsable de la Asesoría Legal de la Empresa, así mismo, la Junta Directiva podrá nombrar uno o varios Vice-Secretarios para que repongan al Secretario en caso de ausencia y también Secretarios ad-hoc para determinadas sesiones o para tratar determinados asuntos.

Artículo 11

Corresponde a la Junta Directiva:

  1. Aprobar los actos de disposición del Gerente General de las Empresas, conforme lo que dispone el artículo seis de la Ley de Empresas de la Alcaldía de Managua.

  2. Revisar y Avalar los Planes Técnicos económicos y/o presupuestos anuales de las Empresas, que prepare el Gerente General de las misma, previa comprobación que dichos Planes se ajustan a los lineamientos trazados y a las Normas, y Procedimientos de la Corporación de Mercados Municipales de Managua, y así velar por el cumplimiento de dichos Planes.

  3. Revisar y Avalar cualquier cambio de los planes técnicos-económicos, que por razones de evidente necesidad, sea necesario proponer a la Corporación de Mercados Municipales de Managua, "COMMEMA", o para ser puestos en ejecución. Dichos cambios deben ser aprobados por COMMEMA.

  4. ...

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