Decreto, Exoneracion impuestos al ministerio de la vivienda y asentamientos humanos

EXONERACION IMPUESTOS AL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS

Decreto No. 578

de 25 de noviembre de 1980

Publicado en La Gaceta No. 282 de 6 de diciembre de 1980

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Considerando:

Que el dÈficit de viviendas de tipo popular, constituye un reto para el Programa trazado por el Gobierno de ReconstrucciÛn Nacional, el cual debe ser atendido de manera tÈcnica y eficaz a la mayor brevedad.

Por Tanto:

en uso de sus. facultades,

Decreta:

ArtÌculo 1

Se exonera al Ministerio de la Vivienda y Asentamientos Humanos del pago de los impuestos de importaciÛn que realice, para la construcciÛn de viviendas de tipo popular; lo mismo que los impuestos de venta y selectivos de consumo para la compra de maquinarias, equipos, accesorios y materiales de construcciÛn para el mismo fin.

ArtÌculo 2

El Ministerio de la Vivienda y Asentamientos Humanos, en coordinaciÛn con el Ministerio de Finanzas establecer·n el mecanismo para llevar las solicitudes de dichas exoneraciones.

ArtÌculo 3

El presente Decreto entrar· en vigencia desde su publicaciÛn en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco dÌas del mes...

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