La Gaceta, Diario Oficial Nº 157 del día 22/08/2025 (contenido completo)
| Fecha de publicación | 22 Agosto 2025 |
| Número de Gaceta | 157 |
'_-
LA
GACETA
DIARIO OFICIAL
Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344
Tiraje: 440 Ejemplares
72 Páginas
Valor C$ 45.00
Córdobas
AÑOCXXIX
Managua, Viernes 22 de Agosto de 2025 No. 157
SUMARIO
Pág.
CASA
DE
GOBIERNO
Acuerdo
Presidencial
No.
120-2025
...........................
7090
Acuerdo
Presidencial
No.
121-2025
...........................
7090
Acuerdo
Presidencial
No.
122-2025
...........................
7090
MINISTERIO
DEL
INTERIOR
Acuerdo
Ministerial
No.
20-2025-OSFL.
....................
7091
INSTITUTO
NICARAGÜENSE
DE LA
PESCA
Y
ACUICULTURA
Acuerdo
Ejecutivo
PA-No.
002-2025
..........................
7092
Acuerdo
Ejecutivo
PA-No.
003-2025
..........................
7094
AUTORIDAD
NACIONAL
DEL
AGUAL
Resolución
No.
RPNDAPS-LITC-MTC-0150-2024
..... 7096
UNIVERSIDADES
Títulos
Profesionales
................................................... 7097
7089
22-08-2025 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 157
CASA DE GOBIERNO
Gobierno
de
Reconciliación
y
Unidad
Nacional
Unida
Nicaragua
Triunfa
ACUERDO
PRESIDENCIAL
No.
120-2025
La
Presidencia
de
la
República
de
Nicaragua,
Ca-Presidente
Daniel
Ortega
y
Ca-Presidenta
Rosario
Murillo
En
uso
de las
facultades
que
les
confiere
la
Constitución
Política
ACUERDAN
Artículo
l.
Cancélese
el
nombramiento
del
Compañero
Humberto
José
Espinoza
Acuña,
en
el
cargo
de
Director
Ejecutivo
Interino
de la
Empresa
Nicaragüense
de
Alimentos
Básicos
(ENABAS),
contenido
en el
Acuerdo
Presidencial
No.
95-2025,
de
fecha
7 de
julio
del
año
2025,
publicado
en
la
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
123,
del
8 de
julio
del
año
2025.
Artículo
2. El
presente
Acuerdo
surte
sus
efectos
a
partir
de
su
publicación.
Publíquese
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial.
Dado
en
la
Ciudad
de
Managua,
Casa
de
Gobierno,
República
de
Nicaragua,
el
día
veinte
de
agosto
del
año
dos
mil
veinticinco.
Daniel
Ortega
Saavedra,
Ca-Presidente
de la
República
de
Nicaragua.
Rosario
Murillo
Zambrana,
Ca-Presidenta
de
la
República
de
Nicaragua.
ACUERDO
PRESIDENCIAL
No.
121-2025
La
Presidencia
de
la
República
de
Nicaragua,
Ca-Presidente
Daniel
Ortega
y
Ca-Presidenta
Rosario
Murillo
En
uso
de las
facultades
que
les
confiere
la
Constitución
Política
ACUERDAN
Artículo
l.
Nómbrese
al
Compañero
Álvaro
René
Estrada
González
en
el
cargo
de
Director
Ejecutivo
Interino
de
la
Empresa
Nicaragüense
de
Alimentos
Básicos
(EN
ABAS).
Artículo
2. El
presente
Acuerdo
surte
sus
efectos
a
partir
de
su
publicación.
Publíquese
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial.
Dado
en
la
Ciudad
de
Managua,
Casa
de
Gobierno,
República
de
Nicaragua,
el
día
veinte
de
agosto
del
año
dos
mil
veinticinco.
Daniel
Ortega
Saavedra,
Ca-Presidente
de la
República
de
Nicaragua.
Rosario
Murillo
Zambrana,
Ca-Presidenta
de
la
República
de
Nicaragua.
ACUERDO
PRESIDENCIAL
No.
122-2025
La
Presidencia
de
la
República
de
Nicaragua,
en
uso
de
sus
facultades,
CONSIDERANDO
I
Que
este
22
de
agosto
se
conmemoran
4 7
años
de
la
operación
"Muerte
al
Somocismo",
gesta
heroica
y
victoriosa
realizada
por
el
Comando
Rigoberto López
Pérez
del
Frente
Sandinista
de
Liberación
Nacional
en
el
año
1978.
11
Que
los
integrantes
del
Comando
Rigoberto
López
Pérez
son
merecedores
de
la
Orden
General
Benjamín
Zeledón,
"Apóstol
de
la
Libertad"
por
sus
acciones
en
defensa
de
nuestra
Patria,
Libertad,
Soberanía
y
Autodeterminación.
111
Que
es
facultad
de la
Presidencia
de la
República
otorgar
la
Orden
General
Benjamín
Zeledón,
"Apóstol
de la
Libertad".
POR
TANTO,
En
uso
de
las
facultades
que
les
confiere
la
Constitución
Política
ACUERDAN
Artículo
l.
Otorgar
a los
compañeros
miembros
del
Comando
Rigoberto
López
Pérez
la
Orden
General
Benjamín
Zeledón,
"Apóstol
de la
Libertad",
máxima
distinción
en
reconocimiento
a
la
defensa
de la
Libertad,
Soberanía,
Autodeterminación
en
contra
de
la
injerencia
extranjera
y a
quienes
ofrendaron
su
vida
en
Defensa
del
Decoro
y
Dignidad
N
aciana!.
Los
compañeros
miembros
del
Comando
Rigoberto
López
Pérez
dignos
merecedores
de
la
Orden
General
Benjamín
Zeledón,
"Apóstol
de
la
Libertad"
son:
•
Comandante
Edén
Pastora
Gómez
•
Comandante
Walter
Ferretti
Fonseca
•
Compañero
Sergio
Campos
Vásquez
•
Compañero
Gustavo
Amaya
Morales
•
Compañero
David
Santamaría
Martínez
•
Compañero
José
Francisco
Gaitán
Muñoz
•
Compañero
Wilberto
Cano
Gaitán
•
Compañero
Edgard
López
Taleno
•
Compañero
Carlos
Salgado
López
•
Compañero
José
Santiago
Pupiro
Nicaragua
7090
22-08-2025 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 157
•
Compañero
Israel
Ramírez
Guevara
•
Compañero
Eddy
Antonio
Chavarría
Tercero
•
Compañero
Iván
José
Bendaña
Sequeira
•
Compañero
Salvador
Monge
López
•
Compañero
Bayardo
Salinas
•
Compañero
Francisco
Emilio
Mena
Alba
•
Compañero
José
Hermógenes
Hernández
•
Compañero
Eddys
Leonardo
Olivares
Hernández
•
Compañero
Juan
Lorenzo
Hernández
Cisne
•
Compañero
Billi
Enrique
Ramírez
López
•
Compañero
Miguel
Rutilo
Miranda
•
Compañero
Donald
Román
Pantoja
Herrera
•
Compañero
Porfirio
Jalina
Sánchez
Artículo
2.
Esta
distinción
será
entregada
por
la
Asamblea
Nacional
en
Sesión
Especial,
a
quienes
todavía
están
en
este
plano,
y a los
familiares
de
quienes
ya
están
en
otro
plano
de
vida.
Artículo
3. El
presente
Acuerdo
surte
sus
efectos
a
partir
de
esta
fecha.
Publíquese
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial.
Dado
en
la
Ciudad
de
Managua,
Casa
de
Gobierno,
República
de
Nicaragua,
el
día
veintiuno
de
agosto
del
año dos mil
veinticinco.
Daniel
Ortega
Saavedra,
Co-
Presidente
de la
República
de
Nicaragua.
Rosario
Murillo
Zambrana,
Co-Presidenta
de la
República
de
Nicaragua.
MINISTERIO DEL INTERIOR
Reg.
2025-01444
- M.
6479553
- Valor C$
190.00
Acuerdo
Ministerial
No.
20-2025-OSFL
La
suscrita
Ministra
del
Ministerio
del
Interior
de
la
República
de
Nicaragua,
María
Amelia
Coronel
Kinloch,
acuerda
aprobar
convalidación
de
registro
de
05
OSFL
Deportivas.
Considerando
I
Que el artículo
13
de la
Ley
Nº.
290,
"Ley
de
Organización,
Competencia
y
Procedimientos
del
Poder
Ejecutivo"
expresa
que:
"Cada
Ministerio
en
el
ámbito
de
su
competencia
es el
órgano
delegado
del
Poder
Ejecutivo,
para
cumplir
y
hacer
cumplir
la
Constitución
Política
y
las
Leyes".
Por
su
parte
el
artículo
27 del
Decreto
No.
71-98
reformado
por
el
Decreto
Nº.
25-2006,
"Reformas
y
Adiciones
al
Decreto
Nº.
71-98
Reglamento
de la
Ley
Nº.
290;
Ley
de
Organización,
Competencia
y
Procedimientos
del
Poder
Ejecutivo",
en
su
parte
conducente
íntegra
y
literalmente
dice:
"Ministros.
Los
Ministros
tienen
jurisdicción
en
toda
la
República,
en el
ámbito
de su
competencia.
Sus
funciones
son
permanentes
y
ejercen
la
autoridad
sobre
las
dependencias,
funcionarios
y
empleados
de su
cartera
... "
11
Que
conforme
lo
establecido
en
el
artículo
11
numeral
3
del
texto
consolidado
de
la
Ley
Nº.
1115,
"Ley
General
de
Regulación
y
Control
de
Organismos
sin
Fines
de
Lucro",
el
Ministerio
del
Interior
regulará
a los
OSFL
Deportivos,
de
Educación
Física
y de
Recreación
Física.
111
Que
los
siguientes
OSFL
Deportivos,
han
cumplido
con
los
requisitos
conforme
Ley,
para
el
proceso
de
convalidación
de
registro
ante
la
Dirección
General
de
Registro
y
Control
de
Organismos
sin
Fines
de
Lucro
del
Ministerio
del
Interior:
1.
Asociación
Departamental
de
Esgrima
de
Managua
(ADEMA).
2.
Asociación
Regional
de
Físico
Culturismo
de la
Región
Autónoma
de
la
Costa
Caribe
Sur
(ASDEFIC-RACCS).
3.
Asociación
Departamental
de
Karatedo
de
Granada
(ADEKA-DO
GRANADA).
4.
Asociación
Departamental
de Atletismo del
Departamento
de
Rivas
(ADATLE-RIVAS).
5.
Asociación
de
Béisbol
del
Departamento
de
Jinotega
(ASBEDEJIN).
Por
Tanto
En
uso
de las
facultades
conferidas
en
la
Ley
290
"Ley
de
Organización,
Competencia
y
Procedimientos
del
Poder
Ejecutivo",
su
Reforma
y la
Ley
Nº.
1115
"Ley
General
de
Regulación
y
Control
de
Organismos
sin
Fines
de
Lucro",
la
suscrita
Ministra;
Acuerda
PRIMERO:
Aprobar
la
convalidación
de
registro
de
los 05
OSFL
Deportivos
y
otórguesele
el
número
perpetuo
de
convalidación,
emitido
por
la
Dirección
General
de
Registro
y
Control
de
OSFL:
l.
Asociación
Departamental
de
Esgrima
de
Managua
(ADEMA.
2.
Asociación
Regional
de
Físico
Culturismo
de la
Región
Autónoma
de la
Costa
Caribe
Sur
(ASDEFIC-RACCS.
3.
Asociación
Departamental
de
Karatedo
de
Granada
(ADEKA-DO
GRANADA).
4.
Asociación
Departamental
de
Atletismo
del
Departamento
de
Rivas
(ADATLE-RIVAS).
5.
Asociación
de
Béisbol
del
Departamento
de
Jinotega
(ASBEDEJIN.
7091
SEGUNDO:
Los
05 OSFL
Deportivos,
deberán
cumplir
con
sus
obligaciones
conforme
la
Ley
Nº.
1115
"Ley
General
de
Regulación
y
Control
de
Organismos
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