La Gaceta, Diario Oficial Nº 221 del día 26/11/2025 (contenido completo)
| Fecha de publicación | 26 Noviembre 2025 |
| Número de Gaceta | 221 |
11154
Managua, Miércoles 26 de Noviembre de 2025
AÑO CXXIX No. 221
LA GACETA
DIARIO OFICIAL
Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344
Valor C$ 45.00
Córdobas
Tiraje: 350 Ejemplares
60 Páginas
SUMARIOSUMARIO Pág.Pág.
ASAMBLEA NACIONALASAMBLEA NACIONAL
Certificaciones.........................................................11155
MINISTERIO DEL INTERIORMINISTERIO DEL INTERIOR
Asociación Departamental de Sambo
Masaya (ADSAMAYA)...........................................11155
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINASMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Acuerdos Ministeriales............................................11163
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUALREGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Marcas de Fábrica, Comercio y Servicios..................11181
UNIVERSIDADESUNIVERSIDADES
Títulos Profesionales................................................11184
11155
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
26-11-2025 221
CERTIFICACIÓN:
La suscrita Primera Secretaria de la Asamblea Nacional,
Diputada Loria Raquel Dixon Brautigam, de conformidad
y los artículos 47 y 49 de la Ley N°. 606, “Ley Orgánica
del Poder Legislativo”, con sus reformas incorporadas.
CERTIFICA: Que en la Cuarta Sesión Ordinaria de la
XLI Legislatura de la Asamblea Nacional, verificada el
día martes 25 de noviembre del año dos mil veinticinco,
se conoció el punto 1.3 de la Orden del Día No. 11,
con número de Registro 202510154 “RENUNCIA
DEL DR. ARMENGOL CUADRA LÓPEZ AL CARGO
DE MAGISTRADO DE LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA.”, solicitud presentada el 24 de noviembre
del año 2025. Una vez leída la solicitud, el Plenario de
la Asamblea Nacional aceptó dicha renuncia con el voto
favorable de ochenta y ocho (88) votos a favor; cero (0) en
contra; cero (0) abstención; en consecuencia, se deja sin
efecto el nombramiento hecho en el Acta No. 71, del Libro
de Toma de Posesiones que lleva la Asamblea Nacional,
donde se tomó promesa de ley y tomó posesión al cargo
antes relacionado, el 10 de abril del año 2014, surtiendo
todos los efectos legales a partir de la presente fecha.
En fe de lo anterior y de conformidad a la Ley, se emite
la presente Certificación en la oficina de la Primera
Secretaría de la Asamblea Nacional, Edificio “Presbítero
Tomás Ruíz”, a los veinticinco días del mes de noviembre
del año dos mil veinticinco. Dip. Loria Raquel Dixon
Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
_________________
CERTIFICACIÓN:
La suscrita Primera Secretaria de la Asamblea Nacional,
Diputada Loria Raquel Dixon Brautigam, de conformidad
y los artículos 47 y 49 de la Ley N°. 606, “Ley Orgánica
del Poder Legislativo”, con sus reformas incorporadas.
CERTIFICA: Que en la Cuarta Sesión Ordinaria de la
XLI Legislatura de la Asamblea Nacional, verificada el
día martes 25 de noviembre del año dos mil veinticinco,
se conoció el punto 1.4 de la Orden del Día No. 11, con
número de Registro 202510155 “RENUNCIA DEL DR.
VIRGILIO JOSÉ GURDIÁN CASTELLÓN AL CARGO
DE MAGISTRADO DE LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA.”, solicitud presentada el 24 de noviembre
del año 2025. Una vez leída la solicitud, el Plenario de
la Asamblea Nacional aceptó dicha renuncia con el voto
favorable de noventa y uno (91) votos a favor; cero (0) en
contra; cero (0) abstención; en consecuencia, se deja sin
efecto el nombramiento hecho en el Acta No. 71, del Libro
de Toma de Posesiones que lleva la Asamblea Nacional,
donde se tomó promesa de ley y tomó posesión al cargo
antes relacionado, el día 10 de abril del año 2014, surtiendo
todos los efectos legales a partir de la presente fecha.
En fe de lo anterior y de conformidad a la Ley, se emite
la presente Certificación en la oficina de la Primera
Secretaría de la Asamblea Nacional, Edificio “Presbítero
Tomás Ruíz”, a los veinticinco días del mes de noviembre
del año dos mil veinticinco. Dip. Loria Raquel Dixon
Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
_________________
CERTIFICACIÓN:
La suscrita Primera Secretaria de la Asamblea Nacional,
Diputada Loria Raquel Dixon Brautigam, de conformidad
y los artículos 47 y 49 de la Ley N°. 606, “Ley Orgánica
del Poder Legislativo”, con sus reformas incorporadas.
CERTIFICA: Que en la Cuarta Sesión Ordinaria de la
XLI Legislatura de la Asamblea Nacional, verificada el
día martes 25 de noviembre del año dos mil veinticinco,
se conoció el punto 1.5 de la Orden del Día No. 11, con
número de Registro 202510156 “RENUNCIA DEL DR.
JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ SEVILLA AL CARGO
DE MAGISTRADO DE LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA.”, solicitud presentada el 24 de noviembre
del año 2025. Una vez leída la solicitud, el Plenario de
la Asamblea Nacional aceptó dicha renuncia con el voto
favorable de noventa y uno (91) votos a favor; cero (0) en
contra; cero (0) abstención; en consecuencia, se deja sin
efecto el nombramiento hecho en el Acta No. 71, del Libro
de Toma de Posesiones que lleva la Asamblea Nacional,
donde se tomó promesa de ley y tomó posesión al cargo
antes relacionado, el día 10 de abril del año 2014, surtiendo
todos los efectos legales a partir de la presente fecha.
En fe de lo anterior y de conformidad a la Ley, se emite
la presente Certificación en la oficina de la Primera
Secretaría de la Asamblea Nacional, Edificio “Presbítero
Tomás Ruíz”, a los veinticinco días del mes de noviembre
del año dos mil veinticinco. Dip. Loria Raquel Dixon
Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
MINISTERIO DEL INTERIOR
Reg. 2025-1752 - M. 12970503 - Valor C$ 2,760.00
CONSTANCIA DE REGISTRO
La Dirección General de Registro y Control de
Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior
de la República de Nicaragua;
Hace Constar
Que a la Asociación Departamental de Sambo Masaya
(ADSAMAYA) le fue otorgada personalidad Jurídica
mediante Acuerdo Ministerial No. 17-2025-OSFL, emitido
por la Ministra del Ministerio del Interior, publicado en La
Gaceta Diario Oficial No. 151, del 15/08/2025; inscrita ante
la Dirección General de Registro y Control de Organismo
sin Fines de Lucro el 22/08/2025, bajo el número Perpetuo
7105, del folio número 7726 al folio número 7740, Tomo:
III, Libro: XVl (DECIMOSEXTO), del Registro que esta
Dirección General lleva a su cargo.
ASAMBLEA NACIONAL
11156
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
26-11-2025 221
En cumplimiento a lo establecido artículo 33 del Texto
Consolidado de la Ley 1115 “ Ley General de Regulación
y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, publicada
en La Gaceta Diario Oficial N° 09 del 18/01/2024, deben
publicar sus Estatutos en La Gaceta Diario Oficial, los que
se encuentran insertos en Escritura Pública N°.57, del día
veinticuatro de mayo del año dos mil veinticinco, ante los
oficios notariales de la Licenciada Martha Karina Jarquín
Anduray, autenticada por la Licenciada Martha Karina
Jarquín Anduray, el día treinta de junio del año dos mil
veinticinco.
Dado en la ciudad de Managua, el día veintidós de agosto del
año dos mil veinticinco. (f) Franya Ya-rue Urey Blandón
Directora General Dirección General de Registro y
Control de OSFL
Resolución Administrativa de Autorización de
Registro y Otorgamiento de Número Perpetuo
La Dirección General de Registro y Control de Organismos
sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, de
conformidad con las facultades conferidas en el artículo
de Lucro”, publicada en La Gaceta Diario Oficial N° 09
del 18/01/2024.
CONSIDERANDO:
I.
Que la Ministra del Ministerio del Interior, mediante
Acuerdo Ministerial No. 17-2025-OSFL, publicado en
La Gaceta Diario Oficial No. 151 del 15/08/2025, otorgó
Personalidad Jurídica a la Asociación Departamental de
Sambo Masaya (ADSAMAYA).
II.
Que el día 18/08/2025, Daniel Antonio García Rivera,
en su carácter de Presidente, ha solicitado la inscripción
de la Asociación Departamental de Sambo Masaya
(ADSAMAYA), en cumplimiento a lo establecido en
Acuerdo Ministerial No. 17-2025-OSFL y a la Ley No.
1115 “Ley General de Regulación y Control de OSFL”,
sus reformas y su Reglamento, adjuntando los siguientes
documentos:
A. Escritura de Constitución No. 57.
B. Gaceta No. 151 del 15/08/2025.
C. Estatutos, los que se encuentran insertos en Escritura
de Constitución.
POR TANTO:
De conformidad con las facultades conferidas en la Ley
1115 “Ley General de Regulación y Control de OSFL”, sus
reformas y su Reglamento, la suscrita Directora General:
RESUELVE:
Primero: Inscríbase, la Asociación Departamental de
Sambo Masaya (ADSAMAYA) y otórguesele el número
perpetuo 7105, debiendo este OSFL cumplir con sus
obligaciones conforme Ley.
Segundo: La Asociación Departamental de Sambo
Masaya (ADSAMAYA), deberá publicar sus estatutos en
un plazo máximo de treinta días hábiles, de conformidad
a lo establecido en el artículo 33 del Texto Consolidado
Organismos sin Fines de Lucro”, publicada en La Gaceta
Diario Oficial N° 09 del 18/01/2024
Managua, veintidós de agosto del año dos mil veinticinco.
(f) Franya Ya-rue Urey Blandón Directora General
Dirección General de Registro y Control de OSFL
Ministerio del Interior
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN. – CAPITULO I.
(DENOMINACION, NATURALEZA, FIN GENERAL
Y OBJETIVOS, DURACION Y DOMICILIO).- Artículo
1. Denominación. La ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL
DE SAMBO MASAYA, la que podrá identificarse con las
siglas ADSAMAYA, que se acoge a lo dispuesto en el
artículo 12 de la Ley Número Mil Ciento Quince (1115),
ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO, publicada en
La Gaceta, Diario Oficial Numero Sesenta y seis (66) del
seis (6) de abril del año dos mil veintidós (2022, y al amparo
de lo dispuesto en el artículo 45 de la Constitución Política
de Nicaragua, careciendo de ánimo de lucro. Artículo 2.-
Naturaleza.- Será una asociación Civil, sin Fines de Lucro,
apolítica y de interés Civil y/o Social, no partidista, no
gubernamental, sin fines de lucro y no perseguirá fines
políticos o sindicales, acorde a lo dispuesto en el numeral
tres (3) del artículo once (artículo 11 ) de la de la Ley
número Un mil ciento veintisiete (1127), Ley de Reformas
y Adiciones a la Ley No. 1115 Ley General de Regulación
y Control de Organismos sin Fines de Lucro, publicada en
La Gaceta , Diario Oficial No. 152 del dieciséis de Agosto
del año dos mil veintidós (2022). Articulo 3.- (Fin General
y Objetivos). La ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL
DE SAMBO MASAYA, (ADSAMAYA), tiene como
naturaleza ser una organización sin fines de lucro de carácter
deportivo, teniendo como fin general ser la instancia del
deporte de Sambo en el departamento de Masaya, teniendo
como objetivos: a) Fomentar, promocionar, organizar,
dirigir, coordinar y difundir el deporte de Sambo en las
diferentes modalidades, ramas y categorías, procurado una
cobertura departamental, b) Promover el desarrollo de las
cualidades físicas y morales que son la base del deporte
de Sambo, mediante competencias nacionales e
internacionales, seminarios, capacitaciones y conferencias
de forma directa y en colaboración con organismos
internacionales, c) Promover y estimular el desarrollo del
sambo infantil, juvenil, y mayor en las ramas masculinas
y femeninas en todo el departamento de Masaya. d)
Auspiciar, avalar y promover campeonatos anuales en las
diferentes ramas y categorías en la forma que lo establezca
el Reglamento de competencias. e) Promover la integración
de miembros que deseen participar del Sambo, f) Dictar
las bases que rijan todas las competencias de Sambo en el
Departamento de Masaya, organizados y avalados por la
Federación Nacional. g) Implementar cada actividad que
sea necesaria y conveniente para el desarrollo del Sambo
en el departamento de Masaya, ya sea de naturaleza
económica, social o deportiva. h) Seleccionar adecuadamente
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