La Gaceta, Diario Oficial Nº 43 del día 06/03/2026 (contenido completo)
| Fecha de publicación | 06 Marzo 2026 |
| Número de Gaceta | 43 |
Tiraje: 394 Ejemplares
60 Páginas
AÑOCXXX
'_-
LA
GACETA
DIARIO OFICIAL
Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344
Managua, Viernes 06 de Marzo de 2026
SUMARIO
Pág.
Valor C$ 45.00
Córdobas
No.43
MINISTERIO
DE
FOMENTO,
CASA
DE
GOBIERNO
INDUSTRIA
Y
COMERCIO
Acuerdo
Presidencial
No. 3
7-2026
.............................
2418
Tercer
Aviso de
Convocatoria
Acuerdo
Presidencial
No. 3
8-2026
.............................
2418 de
Contingentes
Arancelarios
Correspondientes
al
Año
2026
...................................
2437
MINISTERIO
DEL
INTERIOR
Asociación
de
Levantamiento
AUTORIDAD
NACIONAL
DEL
AGUA
de
Potencia
de
Managua
(ADELEVPOM)
................
2418
Resoluciones
Administrativas
RAE-ANA
..................
2437
Asociación
Departamental
de
Surf
de
Rivas
(ASURF-RIVAS)
.........................
2427
MINISTERIO
DEL
TRABAJO
UNIVERSIDADES
Acuerdo
Ministerial
No.
02-2026
...............................
2436
Títulos
Profesionales
................................................
2439
2417
06-03-2026 LA GACETA -DIARIO OFICIAL 43
CASA DE GOBIERNO
Gobierno
de
Reconciliación
y
Unidad
Nacional
Unida
Nicaragua
Triunfa
ACUERDO
PRESIDENCIAL
No.
37-2026
La
Presidencia
de la
República
de Nicaragua,
Ca-Presidente
Daniel
Ortega
y
Ca-Presidenta
Rosario Murillo
En uso de las facultades que les confiere
la
Constitución
Política
ACUERDAN
Artículo
l.
Autorizar
a la
Procuradora
General de
Justicia, en su calidad de representante legal del
Estado,
para
que
junto
con la
Directora
General de
las
Corporaciones
Nacionales
del
Sector
Público
(CORNAP),
comparezcan
ante la
Notaría
del Estado
a suscribir
Escritura
Pública
de
Donación
a favor de
las
Corporaciones
Nacionales
del
Sector
Público
(CORNAP),
de
una
propiedad
perteneciente
al Estado
de la
República
de Nicaragua,
con
la finalidad de
fortalecer el patrimonio administrado
por
esa
instancia
y así fomentar el desarrollo
económico
del país.
La
propiedad se encuentra inscrita con el Número Absoluto
de
Propiedad,
NAP:
BI-2L35UJQE
del
Registro
Público de la
Propiedad
Inmueble,
Mercantil
y de
Garantías Mobiliarias del
departamento
de Estelí.
Artículo
2.
Autorizar
a
la
Directora
General
de
las
Corporaciones
Nacionales
del
Sector
Público
(CORNAP),
para
que
presente
ante la
Junta
General
de las
Corporaciones
Nacionales
del
Sector
Público
(CORNAP),
para
su aprobación, la
aceptación
de la
donación del
bien
inmueble descrito en el Artículo 1
del
presente
Acuerdo.
Artículo
3.
Autorizar
a la
Procuradora
General de
Justicia
para
que
incluya
en el contrato de Donación,
todas
aquellas
cláusulas
contractuales
que
estime
pertinentes, con el fin de
salvaguardar
los intereses
del Estado de Nicaragua.
Artículo
4.
Autorizar
a la
Procuradora
General de
Justicia,
para
que ejecute todos los actos
jurídicos,
judiciales,
administrativos,
notariales
y
registrales
necesarios
para
cumplir
con lo prescrito en el artículo
1 de este Acuerdo; conforme los
procedimientos
y
requisitos establecidos en la legislación nacional.
Artículo
5. Sirva la
Certificación
de este Acuerdo,
así como el de la Toma de
Posesión
de la
Procuradora
General
de
Justicia
y de la
Directora
General
de
las
Corporaciones
Nacionales
del
Sector
Público
(CORNAP), como suficientes documentos habilitantes
para
acreditar
sus representaciones.
Artículo
6. El
presente
Acuerdo surte sus efectos a
partir
de su publicación.
Publíquese
en
La
Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la
Ciudad
de Managua,
Casa
de Gobierno,
República
de Nicaragua, el día cinco de marzo del
año dos mil veintiséis.
Daniel
Ortega
Saavedra,
Ca-Presidente
de la
República
de Nicaragua.
Rosario
Morillo
Zambrana,
Ca-Presidenta
de la
República
de Nicaragua.
ACUERDO
PRESIDENCIAL
No.
38-2026
La
Presidencia
de la
República
de
Nicaragua,
Ca-Presidente
Daniel
Ortega
y
Ca-Presidenta
Rosario
Murillo
En
uso
de las
facultades
que les
confiere
la
Constitución
Política
ACUERDAN
Artículo
l.
Dejar
sin
efecto
el
nombramiento
del
Compañero
Mario
Absalón
Delgado
Alemán,
en el
cargo
de
Secretario
General
de
Administración
y
Finanzas del Ministerio de
Hacienda
y Crédito Público,
contenido
en
Acuerdo
Presidencial
No. 185-2025
de
fecha
1 O de
noviembre
de 2025,
publicado
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial,
No.
21
O del
11
de
noviembre
de 2025.
Artículo
2. El
presente Acuerdo
surte
sus
efectos
a
partir
de su
publicación.
Publíquese
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial.
Dado
en la
Ciudad
de
Managua,
Casa
de
Gobierno,
República
de
Nicaragua,
el
día
cinco
de
marzo
del
año dos mil
veintiséis.
Daniel
Ortega
Saavedra,
Ca-Presidente
de la
República
de
Nicaragua.
Rosario
Morillo
Zambrana,
Ca-Presidenta
de la
República
de
Nicaragua.
2418
MINISTERIO DEL INTERIOR
Reg.
2026-00107
-
M.18462405
-
Valor
C$
2.895.00
CONSTANCIA
DE
REGISTRO
06-03-2026 LA GACETA -DIARIO OFICIAL
43
La
Dirección
General
de
Registro
y
Control
de
Organismos
sin
Fines
de
Lucro
del
Ministerio
del
Interior
de la
República
de
Nicaragua;
Hace
Constar
Que
a la
Asociación
de
Levantamiento
de
Potencia
de
Managua
(ADELEVPOM),
le fue
otorgada
personalidad
Jurídica
mediante
Acuerdo
Ministerial
No.
22-2025-
OSFL,
emitido
por
la
Ministra
del
Ministerio
del
Interior,
publicado
en
La
Gaceta
Diario
Oficial
No.
219,
del
24/
l l /2025;
inscrita
ante la
Dirección
General
de
Registro
y
Control
de
Organismo
sin
Fines
de
Lucro
el
3/12/2025,
bajo
el
número
Perpetuo
7121,
del
folio
número
7961 al folio
número
7973,
Tomo:
III,
Libro:
XVI
(DECIMOSEXTO),
del
Registro
que
esta
Dirección
General
lleva
a
su
cargo.
En
cumplimiento
a lo
establecido
artículo
33
del
Texto
Consolidado
de la
Ley
Nº.
1115
"Ley
General
de
Regulación
y
Control
de
Organismos
sin
Fines
de
Lucro",
publicada
en
La
Gaceta
Diario
Oficial
Nº
09
del
18/01/2024,
deben
publicar
sus
Estatutos
en
La
Gaceta
Diario
Oficial,
los
que
se
encuentran
insertos
en
Escritura
Pública
Nº.
66,
del
día
veintiséis
de
junio
del
año
dos
mil
veinticinco,
ante
los
oficios
notariales
de
la
Licenciada
Martha
Karina
Jarquín
Anduray,
autenticada
por
la
Licenciada
Martha
Karina
Jarquín
Anduray,
el
día
veinticuatro
de
julio
del
año
dos
mil
veinticinco.
Dado
en
la
ciudad
de
Managua,
el
día
tres
de
diciembre
del
año
dos
mil
veinticinco.
(f)
Franya
Ya-rue
Urey
Blandón
Directora
General
Dirección
General
de
Registro
y
Control
de
OSFL
Resolución
Administrativa
de
Autorización
de
Registro
y
Otorgamiento
de
Número
Perpetuo
La
Dirección
General
de
Registro
y
Control
de
Organismos
sin
Fines
de
Lucro
del
Ministerio
del
Interior,
de
conformidad
con
las
facultades
conferidas
en el
artículo
1 O
numeral
4
del
Texto
Consolidado
de la
Ley
Nº.
1115
"Ley
General
de
Regulación
y
Control
de
Organismos
sin
Fines
de
Lucro",
publicada
en
La
Gaceta
Diario
Oficial
Nº
09
del
18/01/2024.
CONSIDERANDO:
l.
Que
la
Ministra
del
Ministerio
del
Interior,
mediante
Acuerdo
Ministerial
No.
22-2025-OSFL,
publicado
en
La
Gaceta
Diario
Oficial
No.
219
del
24/11/2025,
otorgó
Personalidad
Jurídica
a la
Asociación
de
Levantamiento
de
Potencia
de
Managua
(ADELEVPOM).
11.
Que
el
día
25/09/2025,
Eduardo
Abdalah
Abdalah,
en
su
carácter
de
Presidente,
ha
solicitado
la
inscripción
de la
Asociación
de
Levantamiento
de
Potencia
de
Managua
(ADELEVPOM),
en
cumplimiento
a lo
establecido
en
Acuerdo
Ministerial
No.
22-2025-OSFL
y a
la
Ley
Nº.
1115
"Ley
General
de
Regulación
y
Control
de
OSFL",
sus
reformas
y
su
Reglamento,
adjuntando
los
siguientes
documentos:
A.
Escritura
de
Constitución
No.
66.
B.
Gaceta
No.
219
del
24/11/2025.
C.
Estatutos,
los que se
encuentran
insertos
en
Escritura
de
Constitución.
POR
TANTO:
De
conformidad
con
las
facultades
conferidas
en la
Ley
Nº.
1115
"Ley
General
de
Regulación
y
Control
de
OSFL",
sus
reformas
y
su
Reglamento,
la
suscrita
Directora
General:
RESUELVE:
Primero:
Inscríbase,
la
Asociación
de
Levantamiento
de
Potencia
de
Managua
(ADELEVPOM)
y
otórguesele
el
número
perpetuo
7121,
debiendo
este
OSFL
cumplir
con
sus
obligaciones
conforme
Ley.
Segundo:
La
Asociación
de
Levantamiento
de
Potencia
de
Managua
(ADELEVPOM)
deberá
publicar
sus
estatutos
en
un
plazo
máximo
de
treinta
días
hábiles,
de
conformidad
a lo
establecido
en
el
artículo
33
del
Texto
Consolidado
de la
Ley
Nº.
1115
"Ley
General
de
Regulación
y
Control
de
Organismos
sin
Fines
de
Lucro",
publicada
en
La
Gaceta
Diario
Oficial
Nº
09
del
18/01/2024
Managua,
tres
de
diciembre
del
año
dos
mil
veinticinco.
Franya
Ya-rue
Urey
Blandón,
Directora
General
Dirección
General
de
Registro
y
Control
de
OSFL
Ministerio
del
Interio
CLÁUSULA
DÉCIMO
TERCERA.
-
(APROBACIÓN
DEL
ESTATUTO). En
este
mismo
acto los
comparecientes
resuelven
constituirse
en
Asamblea
General
de
miembros,
para
conocer,
discutir
y
aprobar
de
forma
unánime
el
Estatuto
de la
Asociación,
mismo
que
ha
quedado
aprobado
en
los
siguientes
términos:
ESTATUTOS
DE
LA
ASOCIACIÓN.
-
CAPITULO
l.
<DENOMINACION.
NATURALEZA.
FIN
GENERAL
Y
OBJETIVOS.
DURACION
Y
DOMICILIO}.-
Artículo
l.
Denominación.-
La
ASOCIACIÓN
DE
LEVANTAMIENTO
DE
POTENCIA
DE
MANAGUA,
la
que
podrá
identificarse
con
las
siglas
ADELEVPOM,
que
se
acoge
a lo
dispuesto
en el
artículo
12
de
la
Ley
Número
Mil
Ciento
Quince
(1115),
LEY
GENERAL
DE
REGULACIÓN
Y
CONTROL
DE
ORGANISMOS
SIN
FINES
DE
LUCRO,
publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
Numero
Sesenta
y
seis
(66)
del
seis
(6)
de
abril
del año dos mil
veintidós
(2022,
y al
amparo
de lo
dispuesto
en
el
artículo
45
de
la
Constitución
Política
de
Nicaragua,
careciendo
de
ánimo
de
lucro.
Artículo
2.-
Naturaleza.-
Será
una
asociación
Civil,
sin
Fines
de
Lucro,
apolítica
y
de
interés
Civil
y/o
Social,
no
partidista,
no
2419
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