La Gaceta, Diario Oficial Nº 52 del día 19/03/2026 (contenido completo)

Fecha de publicación19 Marzo 2026
Número de Gaceta52
Tiraje: 495 Ejemplares
80 Páginas
AÑOCXXX
'_-
LA
GACETA
DIARIO OFICIAL
Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344
Managua, Jueves
19
de Marzo de 2026
Valor C$ 45.00
Córdobas
No. 52
PROCURADURÍA
GENERAL
DE
JUSTICIA
SUMARIO
Acuerdo
Ministerial
No-003-DGM-003-2026
..............
293 l
Pág.
REGISTRO
DE LA
PROPIEDAD
INTELECTUAL
MINISTERIO
DE
EDUCACIÓN
Marcas
de
Fábrica,
Comercio
y
Servicios
...................
2934
Acuerdo
C.P.A
...........................................................
2930
Fe
de
Errata
...............................................................
2940
INSTITUTO
NICARAGÜENSE
DE
FOMENTO
COOPERATIVO
UNIVERSIDADES
Avisos
.......................................................................
2930
Títulos
Profesionales
.................................................
294 l
2929
19-03-2026 LA GACETA -DIARIO OFICIAL 52
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Reg.
2026-0130
-M.
23598459
-
Valor
C$
190.00
ACUERDO
DE
CONTADOR
PÚBLICO
AUTORIZADO
Nº0l
7 -
2026
EL
MINISTERIO
DE
EDUCACIÓN
DE
LA
REPÚBLICA
DE
NICARAGUA
En
uso
de
las
facultades
que
le
confiere
el
artículo
3
de
la
Ley
para
el
Ejercicio
de
Contador
Público,
publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
94
del
treinta
de
abril
del
año
1959
y
los
artículos
3, 5, 6, 19,
22, 25,
28 y
29
del
Reglamento
de
la
Profesión
de
Contador
Público
y su
Ejercicio
y
Acuerdo
Ministerial
No.08-2015
del
dieciséis
de
julio
del
año
dos
mil
quince,
para
autorizar
el
ejercicio
de
la
Profesión
de
Contador
Público,
previo
cumplimiento
de
la
Ley
y
pleno
goce
de
sus
derechos.
CONSIDERANDO
I
Que
la
ciudadana
CARMEN
MARCELA
SEQUEIRA
SUAZO,
mayor
de
edad,
casada,
Contadora
Pública,
con
domicilio
en
el
Municipio
de
Juigalpa,
Departamento
de
Chontales
y
de
tránsito
por
el
Departamento
de
Managua,
identificada
con
cédula
de
identidad
ciudadana
número:
128-160166-0000J,
presentó
ante
esta
División
de
Asesoría
Legal
la
solicitud
de
Renovación
de
la
Autorización
para
el
ejercicio
de
la
profesión
de
Contadora
Pública
Autorizada,
adjuntando
para
tales
efectos
la
siguiente
documentación:
i)
Acuerdo
de
Contador
Público
Autorizado
No.
013 -
2021,
autorizado
por
el
Licenciado
Ily
Pavell
Montenegro
Arostegui,
en
su
calidad
de
Director
de
Asesoría
Legal
del
Ministerio
de
Educación
(MINED)
, el
día
veintiuno
de
enero
del
año
dos
mil
veintiuno,
mediante
el
cual
se
autorizó
a
la
solicitante
el
ejercicio
de
la
profesión
de
Contadora
Pública
por
un
quinquenio
que
finalizará
el
día
dieciséis
de
febrero
del
año
das
mil
veintiséis;
ii)
Fianza
de
Contador
Público
Número:
GDC
-
7000021,
extendida
por
el
Instituto
Nicaragüense
de
Seguros
y
Reaseguros
(INISER),
el
día
cinco
de
febrero
del
año
dos
mil
veintiséis;
iii)
Constancia
del
Colegio
de
Contadores
Públicos
de
Nicaragua,
emitida
el
día
veintitrés
de
enero
del
año
dos
mil
veintiséis.
11
Que
conforme
constancia
emitida
por
la
Licenciada
Claudia
Ivette
García
Aragón,
en
su
calidad
de
Secretaria
de
la
Junta
Directiva
del
Colegio
de
Contadores
Públicos
de
Nicaragua,
demostró
ser
afiliada
activa
de
ese
Colegio
y
se
identifica
con
Número
Perpetuo:
2837.
La
Licenciada:
CARMEN
MARCE
LA
SEQUEIRA
SU
AZO
es
depositaria
de
Fe
Pública,
se
ajusta
a
los
preceptos
legales,
solvencia
moral,
capacidad
académica
y
práctica
profesional
correspondiente.
POR
TANTO
En
base
a
las
disposiciones
legales
establecidas
en
el
presente
Acuerdo
y
cumplir
el
solicitante
los
requisitos
de
Ley;
ACUERDA
PRIMERO:
Se
Autoriza
la
Renovacion
de
Quinquenio
a
la
Licenciada:
CARMEN
MARCELA
SEQUEIRA
SUAZO
para
el
ejercicio
de
la
Profesión
de
Contadora
Pública
Autorizada,
durante
un
periodo
que
iniciará
el
día
dieciséis
de febrero
del
año dos mil
veintiséis
y
finalizará
el
día
quince
de
febrero
del
año
dos
mil
treinta
y
uno.
SEGUNDO:
Envíese
Original
de
la
Fianza
de
Contador
Público
al
Colegio
de
Contadores
Públicos
de
Nicaragua
para
su
resguardo
y
custodia.
TERCERO:
La
Contadora
Pública
autorizada
deberá
publicar
el
presente
Acuerdo
en
el
Diario
Oficial
"La
Gaceta".
CUARTO:
Cópiese,
notifíquese
y
archívese.
Dado
en
la
ciudad
de
Managua,
el
día
cinco
de
febrero
del
año
dos
mil
veintiséis.
(f)
Ily
PAvell
Montengro
Arostegui,
Responsable
de
la
Division
de
Asesoría
Legal,
Ministerio
de
Educación.
INSTITUTO NICARAGÜENSE
DE FOMENTO COOPERATIVO
Reg.
2026-00164
-M.
36546440
-
Valor
C$
190.00
AVISO
La
Comisión
Liquidadora
de
COOPERATIVA
DE
AHORRO,
CRÉDITO
Y
SERVICIOS
CONEXOS
DE
TRABAJADORES
DE
ENSA,
R.L.
(COTRAENSA,
R.L)
en
liquidación
conforme
a lo
establecido
en
el
artículo
86
del
Reglamento
de
la
Ley
No.
499,
Ley
General
de
Cooperativas,
INSTA
a
los
acreedores
de
esta
cooperativa
a
presentarse
ante
esta
Comisión
Liquidadora,
en
la
dirección:
Mangua,
del
Kilómetro
siete
y
medio
carretera
norte,
setecientos
metros
al sur,
en
las
instalaciones
de
la
empresa
Embotelladora
Nacional
Sociedad
Anónima;
en
horario:
8:00
ama
5:00pm,
a
fin
de
verificar
el
monto
de
sus
créditos
dentro
de
los
quince
(15)
días
siguientes
a
la
última
publicación
del
presente
aviso.
El
presente
constituye
la
primera
publicación
requerida
conforme
a
la
Ley.
Dado
en
el
municipio
de
Mangua
departamento
de
Managua
a
los
dieciocho
días
del
mes
de
febrero
del
año
dos
mil
veintiséis.
Rodolfo
Gilberto
Mccoy
Lewis,
presidente
de
la
Comisión
Liquidadora.
2930
2-2
Reg.
2026-00176
-M.
25045691
-Valor
C$
190.00
AVISO
19-03-2026 LA GACETA -DIARIO OFICIAL 52
La
Comisión
Liquidadora
de
la
Cooperativa
de
Transporte
2 de
Noviembre
2020
RL,
en
liquidación
conforme
a lo
establecido
en
el
artículo
86
del
Reglamento
de
la
Ley
499,Ley
General
de
Cooperativas,
INSTA
a
los
acreedores
de
esta
cooperativa
a
presentarse
ante
esta
Comisión
Liquidadora,
en la
dirección:
Las
Colinas,
del
Colegio
Lincoln
150
metros
al
norte,
2c al
oeste,
predio
esquinero,
contiguo
al
Condominio
Stefania,
en
horario
de
ocho
de
la
mañana
a las
dos
de
la
tarde,
a fin
de
verificar
el
monto
de sus
crédito,
dentro
de
los
quince
(15)
días
siguientes
a la
última
publicación
del
presente
aviso.
El
presente
constituye
la
primera
publicación
requerida
conforme
a
la
Ley.
Dado
en el
municipio
de
Managua,
departamento
de
Managua,
a los
veinte
días
del
mes
de
febrero
del
dos
mil
veintiséis,
Grethel
Carolina
Lara
Flores,
presidente
de
la
Comisión
Liquidadora.
2-2
PROCURADURÍA GENERAL
DE
JUSTICIA
Reg.
2026-00183
-M.
25423864
-
Valor
C$
710.00
CERTIFICACIÓN
EL
SUSCRITO
DIRECTOR
GENERAL
DE
MINAS
DE
LA
PROCURADURÍA
GENERAL
DE
JUSTICIA,
EN
USO
DE
LAS
FACULTADES
QUE
LE
CONFIERE
LA
LEY
1275
"LEY
PARA
ADSCRIBIR
LA
DIRECCIÓN
GENERAL
DE
MINAS
A
LA
PROCURADURÍA
GENERAL
DE
JUSTICIA",
PUBLICADA
EN
LA
GACETA,
DIARIO
OFICIAL
NÚMERO
27
DEL
DOCE
DE
FEBRERO
DEL
AÑO
DOS
MIL
VEINTISÉIS,
CERTIFICA
EL
ACUERDO
MINISTERIAL
Y
LA
CARTA DE
ACEPTACIÓN
QUE
LITERALMENTE
DICEN:
PROCURADURÍA
GENERAL
DE
JUSTICIA
ACUERDO
MINISTERIAL
No-003-DGM-003-2026
CONSIDERANDO
l.
Que
con
fecha
veintisiete
de
noviembre
del
año
dos
mil
veinticinco,
la
señora
Lijun
Dong,
mayor
de
edad,
de
nacionalidad
china,
comerciante,
de
este
domicilio,
identificada
con
cédula
de
residencia
número
000128861,
en
calidad
de
representante
legal
de
la
empresa
NICARAGUA
XINXIN
LINZE
MINERÍA
GROUP,
SOCIEDAD
ANÓNIMA,
la
cual
es
una
sociedad
debidamente
constituida
y
existente
de
conformidad
con
las
leyes
de
la
República
de
Nicaragua
e
inscrita
bajo
la
Cuenta
Registral
MC-9AF3ECG,
Asiento
1
del
Registro
Público
de la
Propiedad
Inmueble
y
Mercantil
de
Managua,
presentó
SOLICITUD
DE
AUTORIZACIÓN
PARA
CEDER
TOTALMENTE los
derechos
de suCONCESIÓN
MINERA
sobre
el
lote
denominado
SAN
PEDRO,
con
una
superficie
de
once
mil
quinientos
ochenta
y
cuatro
punto
ochenta
hectáreas
(11,584.80
ha),
ubicado
en
el
municipio
de
La
Cruz
del
Río
Grande
de la
Región
Autónoma
de la
Costa
Caribe
Sur, a la
empresa
JINRUN
HUAXIA
INTERNACIONAL
MINERÍA,
SOCIEDAD
ANÓNIMA,
entidad
constituida
y
existente
de
conformidad
con
las
leyes
de
la
República
de
Nicaragua,
con
Cuenta
Registral
MC-9AWYPYA,
Asiento
1
del
Registro
Público
de la
Propiedad
del
departamento
de
Managua.
11.
Que
dicha
Concesión
fue
otorgada
originalmente
a la
empresa
NICARAGUA
XINXIN
LINZE
MINERÍA
GROUP,
SOCIEDAD
ANÓNIMA
mediante
Acuerdo
Ministerial
No-038-SBT-M-036-2025,
certificado
el
día
tres
de
julio
del
año
dos
mil
veinticinco.
111.
Que
el
concesionario
ha
cumplido
con
las
obligaciones
establecidas
en
el
Título
de la
concesión
minera,
según
Certificación
No.
80-12-2025
MM
emitida
en
fecha
tres
de
diciembre
del
año
dos
mil
veinticinco.
IV.
Que
la
solicitud
de
cesión
de
derechos
fue
presentada
ante
la
instancia
competente
y
habiéndose
cumplido
con
los
requisitos
establecidos
en
la
Ley
No.
387,
Ley
Especial
sobre
Exploración
y
Explotación
de
Minas,
se
autorizó
la
Cesión
de
Derechos
mediante
comunicación
de
fecha
once
de
diciembre
del
año
dos
mil
veinticinco.
v.
Que
la
empresa
JINRUN
HUAXIA
INTERNACIONAL
MINERÍA,
SOCIEDAD
ANÓNIMA,
dispone
de
los
documentos
indicativos
de
capacidad
técnica
y
financiera
para
desarrollar
y
llevar
a
término
las
actividades
mineras
dentro
de
la
concesión.
VI.
Que
habiéndose
presentado
la
correspondiente
Escritura
de
Cesión
de
Derechos
consistente
en
Testimonio
de
Escritura
Pública
Número
Doscientos
Cincuenta
y Tres
(253).-
CESIÓN
TOTAL DE
DERECHOS
DE
CONCESIÓN
MINERA
SAN
PEDRO,
autorizada
en
la
ciudad
de
Managua
el
día
treinta
de
diciembre
del
año
dos
mil
veinticinco,
ante
los
oficios
notariales
de
Agustín
Alfonso
Arcia
Lazo,
mediante
la
cual
la
empresa
NICARAGUA
XINXIN
LINZE
MINERÍA
GROUP,
SOCIEDAD
ANÓNIMA
cede y
traspasa
totalmente
a la
empresaJINR
UN
HUAXIA
INTERNACIONAL
MINERÍA,
SOCIEDAD
ANÓNIMA,
todos
y
cada
uno
de
los
derechos
derivados
de la
concesión
minera
sobre
el
lote
SAN
PEDRO,
con
una
superficie
de
once
mil
quinientos
ochenta
y
cuatro
punto
ochenta
hectáreas
(11,584.80
ha),
ubicado
en
el
municipio
de
La
Cruz
del
Río
Grande
de la
Región
Autónoma
de la
Costa
Caribe
Sur.
POR
TANTO:
2931

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