La Gaceta, Diario Oficial Nº 122 del día 06/07/2026 (contenido completo)
| Fecha de publicación | 06 Julio 2026 |
| Número de Gaceta | 122 |
Tiraje: 310 Ejemplares
52 Páginas
AÑOCXXX
'_-
LA
GACETA
DIARIO OFICIAL
Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344
Managua, Lunes 06 de Julio de 2026
SUMARIO
Pág.
Valor C$ 45.00
Córdobas
No. 122
MINISTERIO
DEL
INTERIOR
REGISTRO
DE LA
PROPIEDAD
INTELECTUAL
Nacionalizados
..........................................................
7346
INSTITUTO
NICARAGÜENSE
DE
FOMENTO
COOPERATIVO
Aviso
.........................................................................
7349
Marcas
de
Fábrica,
Comercio
y
Servicios
...................
7349
UNIVERSIDADES
Títulos
Profesionales
.................................................
73 73
7345
06-07-2026 LA GACETA -DIARIO OFICIAL 122
MINISTERIO DEL INTERIOR
Reg.
2026-00633
-M.
37474747
-
Valor
C$
290.00
CERTIFICACION
El
suscrito
Director
General
de
Migración
y
Extranjería
del
Ministerio
del
Interior
de
la
República
de
Nicaragua,
CERTIFICA:
Que
en los folios:
043-044
del
libro
de
nacionalizados
nicaragüenses
No.12
correspondiente
al año:
2026,
que
para
tal
efecto
lleva
la
Dirección
General
de
Migración
y
Extranjería,
se
encuentra
inscrita
la
Resolución
No.3431
donde
se
acuerda
otorgar
la
nacionalidad
nicaragüense
en
calidad
de
nacionalizado
al
ciudadano:
IBAIDA
MAJDI
NAIM
ABUSHEHAB,
originario
del
Estado
de
Palestina
y
que
en
sus
partes
conducentes
establece:
RESOLUCION
No.
3431
El
suscrito
Director
General
de
Migración
y
Extranjería
del
Ministerio
del
Interior
de
la
República
de
Nicaragua,
en
uso
de las
facultades
que
le
confiere
la
Constitución
Política
de la
República
de
Nicaragua,
la
Ley
No.
761,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
Publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
125 y 126
del
6 y 07
de
julio
del
2011,
y
sus
Reformas
y
Adiciones
contenido
en
la
Ley
No.1228;
y
de
Adición
a la
Ley
No.
641,
Código
Penal
de
la
República
de
Nicaragua,
publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
222
del
29 de
noviembre
del
2024,
su
Reglamento
contenido
en el
Decreto
No.031-2012
de
Casa
de
Gobierno
publicado
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
números
184, 185 y 186
del
27 y 28 de
septiembre
y O 1
de
octubre
del
año
2012
y
conforme
al
Acuerdo
Ministerial
No.12-2018
de la
Ministra
del
Ministerio
del
Interior
de la
República
de
Nicaragua
de
fecha
dieciocho
de
octubre
del
año
dos
mil
dieciocho.
CONSIDERANDO
PRIMERO.
Que
el
ciudadano
IBAIDA
MAJDI
NAIM
ABUSHEHAB,
de
nacionalidad
palestino,
mayor
de
edad,
soltero,
inversionista,
nacido
el 08 de
diciembre
de
1997,
en
Nablus,
Estado
de
Palestina,
con
domicilio
y
residencia
en
el
departamento
de
Managua,
República
de
Nicaragua;
presentó
ante
la
Dirección
General
de
Migración
y
Extranjería
la
correspondiente
solicitud
de
nacionalidad
nicaragüense.
SEGUNDO.
Que
el
ciudadano
IBAIDA
MAJDI
NAIM
ABUSHEHAB,
ha
cumplido
con
los
requisitos
y
formalidades
establecidas
en
la
Constitución
Política
de la
República
de
Nicaragua
para
adquirir
la
nacionalidad
nicaragüense,
tomando
en
cuenta
su
permanencia
en
este
país de forma
continua
e
ininterrumpida
desde
hace
nueve
años,
y
ser
inversionista
contribuyendo
al
desarrollo
económico
y
social
del
país.
TERCERO.
Que
de
forma
expresa
ha
manifestado
su
voluntad
de
adquirir
la
nacionalidad
nicaragüense,
de
conformidad
a
lo
establecido
en
la
Constitución
Política
de
Nicaragua,
sus
reformas
y
adiciones;
la
Ley
761,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
sus
reformas
y
adiciones;
y
su
Reglamento,
sometiéndose
a las
disposiciones
legales
establecidas
en
nuestra
legislación
vigente
en
cuanto
a
derechos
y
obligaciones
que
les
corresponden
a los
nicaragüenses
nacionalizados.
CUARTO.
Que
el
otorgar
la
nacionalidad
nicaragüense
es
un
acto
soberano
del
Estado
de
Nicaragua,
de
conformidad
a lo
establecido
en el
artículo
53 de la
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
sus
reformas
y
adiciones;
y el
artículo
117
del
Reglamento
de
la
Ley
No.
761,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería.
POR
TANTO
De
conformidad
a
los
artículos
22, 23,
98,
99 y 100,
de
la
Constitución
Política
de
Nicaragua,
y su
Reforma
contemplada
en
la
Ley
1234,
Ley
de
Reforma
Parcial
a
La
Constitución
Política
de
La
República
de
Nicaragua,
publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
32
del
18
de
febrero
del
2025,
artículos
1,
5
numerales
1 ), 7) y 1
O),
artículo
1 O
numerales
1 ),
2)
y 14 );
artículos
11, 53
numeral
1), 5); y
párrafo
final,
de la
Ley
No.
761,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
Publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
125 y 126
del
6 y 07
de
julio
del
2011,
y
sus
Reformas
y
Adiciones
contenido
en
la
Ley
No.1228;
y
de
Adición
a la
Ley
No.
641,
Código
Penal
de la
República
de
Nicaragua,
publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
222
del
29 de
noviembre
del
2024
y
Artículos
108, 112, 113, 117 y
259
de
su
Reglamento
contenido
en
el
Decreto
No.
31-2012
de
Casa
de
Gobierno,
publicado
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
Números
184,
185 y 186
del
27 y 28 de
septiembre
y O 1 de
octubre
del
2012.
Por
lo
tanto:
RESUELVE
PRIMERO.
Otorgar
la
nacionalidad
nicaragüense
en
calidad
de
nacionalizado
al
ciudadano
IBAIDA
MAJDI
NAIM
ABUSHEHAB,
originario
del
Estado
de
Palestina.
SEGUNDO.
El
ciudadano
IBAIDA
MAJDI
N
AIM
ABUSHEHAB,
gozará
de
los
derechos
y
prerrogativas
que
las
leyes
le
conceden
y
estará
sometido
a las
obligaciones
correspondientes
a
los
nacionales
nicaragüenses,
de
conformidad
a lo
que
establece
la
Constitución
Política
de
la
República
de
Nicaragua,
sus
Reformas
y
adiciones;
la
Ley
No.761
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
sus
Reformas
y
adiciones,
y
su
Reglamento.
TERCERO.
Regístrese
en
el
libro
de
nacionalizados
que
para
tal
efecto
lleva
la
Dirección
General
de
Migración
y
Extranjería
y
líbrese
la
certificación
correspondiente.
CUARTO.
La
presente
Resolución
surtirá
efecto
a
partir
de
su
publicación
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial.
NOTIFIQUESE.
Managua,
treinta
de
junio
del
año
dos
mil
veintiséis.
Comisionado
General
Juan
Emilio
Rivas
Benites
Director
General
de
Migración
y
Extranjería
La
Ministra
del
Ministerio
del
Interior
de
la
República
de
Nicaragua,
vista
la
resolución
que
antecede
y
habiéndose
cumplido
con
los
requisitos
legales
establecidos
en
la
Ley
7 61,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
sus
Reformas
y
Adiciones
y
su
Reglamento,
REFRENDA
la
presente
resolución
de
nacionalización.
María
Amelia
Coronel
Kinloch
Ministra
del
Ministerio
del
Interior.
Libro
la
presente
certificación
de
la
resolución
de
nacionalización
No.3431
en
la
ciudad
de
Managua,
a los
treinta
días
del
mes
de
junio
del
año
dos
mil
veintiséis.
(f)
Comisionado
General,
Juan
Emilio
Rivas
Benites
Director
General
de
Migración
y
Extranjería.
7346
06-07-2026 LA GACETA -DIARIO OFICIAL 122
Reg.
2026-00634
-M.
37474924
-
Valor
C$
290.00
CERTIFICACION
El
suscrito
Director
General
de
Migración
y
Extranjería
del
Ministerio
del
Interior
de
la
República
de
Nicaragua,
CERTIFICA:
Que
en los folios:
045-046
del
libro
de
nacionalizados
nicaragüenses
No.12
correspondiente
al año:
2026,
que
para
tal
efecto
lleva
la
Dirección
General
de
Migración
y
Extranjería,
se
encuentra
inscrita
la
Resolución
No.3432
donde
se
acuerda
otorgar
la
nacionalidad
nicaragüense
en
calidad
de
nacionalizado
al
ciudadano:
BASEL
AHMED
TAWFIQ
AMARNA,
originario
del
Estado
de
Palestina
y
que
en
sus
partes
conducentes
establece:
RESOLUCION
No.
3432
El
suscrito
Director
General
de
Migración
y
Extranjería
del
Ministerio
del
Interior
de
la
República
de
Nicaragua,
en
uso
de las
facultades
que
le
confiere
la
Constitución
Política
de la
República
de
Nicaragua,
la
Ley
No.
761,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
Publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
125 y 126
del
6 y 07
de
julio
del
2011,
y
sus
Reformas
y
Adiciones
contenido
en
la
Ley
No.1228;
y
de
Adición
a la
Ley
No.
641,
Código
Penal
de
la
República
de
Nicaragua,
publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
222
del
29 de
noviembre
del
2024,
su
Reglamento
contenido
en el
Decreto
No.031-2012
de
Casa
de
Gobierno
publicado
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
números
184, 185 y 186
del
27 y 28 de
septiembre
y O 1
de
octubre
del
año
2012
y
conforme
al
Acuerdo
Ministerial
No.12-2018
de la
Ministra
del
Ministerio
del
Interior
de la
República
de
Nicaragua
de
fecha
dieciocho
de
octubre
del
año
dos
mil
dieciocho.
CONSIDERANDO
PRIMERO.
Que
el
ciudadano
BASELAHMED
TAWFIQ
AMARNA,
de
nacionalidad
palestino,
mayor
de
edad,
casado,
inversionista
e
ingeniero
agrónomo,
nacido
el
19 de
abril
de 1993, en
Nablus,
Estado
de
Palestina,
con
domicilio
y
residencia
en el
departamento
de
Managua,
República
de
Nicaragua;
presentó
ante
la
Dirección
General
de
Migración
y
Extranjería
la
correspondiente
solicitud
de
nacionalidad
nicaragüense.
SEGUNDO.
Que
el
ciudadano
BASEL
AHMED
TAWFIQ
AMARNA,
ha
cumplido
con
los
requisitos
y
formalidades
establecidas
en
la
Constitución
Política
de la
República
de
Nicaragua
para
adquirir
la
nacionalidad
nicaragüense,
tomando
en
cuenta
su
permanencia
en
este
país
de
forma
continua
e
ininterrumpida
desde
hace
siete
años,
tener
vínculo
de
consanguinidad
con
ciudadanos
nicaragüenses,
ser
inversionista
contribuyendo
al
desarrollo
económico
y
social
del
país.
TERCERO.
Que
de
forma
expresa
ha
manifestado
su
voluntad
de
adquirir
la
nacionalidad
nicaragüense,
de
conformidad
a lo
establecido
en
la
Constitución
Política
de
Nicaragua,
sus
reformas
y
adiciones;
la
Ley
761,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
sus
reformas
y
adiciones;
y su
Reglamento,
sometiéndose
a las
disposiciones
legales
establecidas
en
nuestra
legislación
vigente
en
cuanto
a
derechos
y
obligaciones
que
les
corresponden
a
los
nicaragüenses
nacionalizados.
CUARTO.
Que
el
otorgar
la
nacionalidad
nicaragüense
es
un
acto
soberano
del
Estado
de
Nicaragua,
de
conformidad
a lo
establecido
en
el
artículo
53
de
la
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
sus
reformas
y
adiciones;
y el
artículo
117
del
Reglamento
de
la
Ley
No.
761,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería.
POR
TANTO
De
conformidad
a los
artículos
4, 22, 23, 64,
98,
99 y 100,
de
la
Constitución
Política
de
Nicaragua,
y su
Reforma
contemplada
en
la
Ley
1234,
Ley
de
Reforma
Parcial
a
La
Constitución
Política
de
La
República
de
Nicaragua,
publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
32
del
18
de
febrero
del
2025,
artículos
1,
5
numerales
1),
7) y 10),
artículo
10
numerales
1),
2)
y 14);
artículos
11,
53
numeral
1), 4), 5); y
párrafo
final,
de la
Ley
No.
761,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
Publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
125 y 126
del
6 y 07
de
julio
del
2011,
y
sus
Reformas
y
Adiciones
contenido
en
la
Ley
No.1228;
y
de
Adición
a la
Ley
No.
641,
Código
Penal
de la
República
de
Nicaragua,
publicada
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
No.
222
del
29 de
noviembre
del
2024
y
Artículos
108, 112, 113, 117 y
259
de
su
Reglamento
contenido
en
el
Decreto
No.
31-2012
de
Casa
de
Gobierno,
publicado
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial
Números
184,
185 y 186
del
27 y 28 de
septiembre
y O 1 de
octubre
del
2012.
Por
lo
tanto:
RESUELVE
PRIMERO.
Otorgar
la
nacionalidad
nicaragüense
en
calidad
de
nacionalizado
al
ciudadano
BASEL
AHMED
TAWFIQ
AMARNA,
originario
del
Estado
de
Palestina.
SEGUNDO.
El
ciudadano
BASELAHMED
TAWFIQ
AMARNA,
gozará
de
los
derechos
y
prerrogativas
que
las
leyes
le
conceden
y
estará
sometido
a las
obligaciones
correspondientes
a
los
nacionales
nicaragüenses,
de
conformidad
a lo
que
establece
la
Constitución
Política
de
la
República
de
Nicaragua,
sus
Reformas
y
adiciones;
la
Ley
No.761
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
sus
Reformas
y
adiciones,
y
su
Reglamento.
TERCERO.
Regístrese
en
el
libro
de
nacionalizados
que
para
tal
efecto
lleva
la
Dirección
General
de
Migración
y
Extranjería
y
líbrese
la
certificación
correspondiente.
CUARTO.
La
presente
Resolución
surtirá
efecto
a
partir
de
su
publicación
en
La
Gaceta,
Diario
Oficial.
NOTIFIQUESE.
Managua,
treinta
de
junio
del
año
dos
mil
veintiséis.
Comisionado
General
Juan
Emilio
Rivas
Benites
Director
General
de
Migración
y
Extranjería
La
Ministra
del
Ministerio
del
Interior
de
la
República
de
Nicaragua,
vista
la
resolución
que
antecede
y
habiéndose
cumplido
con
los
requisitos
legales
establecidos
en
la
Ley
7 61,
Ley
General
de
Migración
y
Extranjería,
sus
Reformas
y
Adiciones
y
su
Reglamento,
REFRENDA
la
presente
resolución
de
nacionalización.
María
Amelia
Coronel
Kinloch
Ministra
del
Ministerio
del
Interior.
Libro
la
presente
certificación
de
la
resolución
de
nacionalización
N
o.3432
en
la
ciudad
de
Managua,
a los
treinta
días
del
mes
de
junio
del
año
dos
mil
veintiséis.
(f)
Comisionado
General,
Juan
Emilio
Rivas
Benites
Director
General
de
Migración
y
Extranjería.
7347
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