Créase una junta de construcción de casas baratas para obreros
(CRÉASE UNA JUNTA DE CONSTRUCCIÓN DE CASAS BARATAS PARA OBREROS)
No. 293-D
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Aprobada el 18 de Septiembre de 1936
Publicada en La Gaceta No. 7 del 12 de Enero de 1937
No. 293-D
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que es un deber del Estado prestar ayuda al obrero y velar por el desarrollo económico de los vínculos sociales,
CONSIDERANDO:
Que las leyes de previsión social se encaminan a la libertad y trabajo en la Nación, y que la Ley de Casa Baratas para Obreros, es de urgente necesidad,
POR TANTO,
DECRETA:
La siguiente Ley:
Créase una Junta de Construcción de casas baratas para Obreros, integrada por cinco miembros, un Presidente, un Tesorero, un Secretario y un Vocal. La duración en el cargo de cada uno de sus miembros será seis años contados desde su nombramiento.
Forma el capital de la Junta: Treinta Mil Córdobas que concede el Ejecutivo; el producto que señale en los decretos que se dicten y las donaciones de cualquier género que reciba dicha Junta. Este capital se destinará únicamente a la construcción de casas baratas para obreros.
Las casas económicas para trabajadores construidas por la junta serán distribuidas entre los trabajadores que se hagan responsables por el pago determinado de abonos mensuales, en las condiciones que determine este Decreto.
En el pago mensual para la adquisición de una casa serán incluidos el costo de la construcción, el del terreno, si fuere comprado por la Junta, servicios sanitarios y el aseguro de vida del adquiriente, todo proporcionalmente según cálculo de pago total en diez años.
La construcción y adquisición de planos por la Junta debe someterse a licitación.
La adquisición de casa se hará mediante solicitud escrita del obrero. Se entiende por obrero para los fines de la presente ley, el que haya trabajado en obras de mano por cuenta ajena, en oficio de obras de servicio material.
Comprobada la falsedad de una solicitud se rechazará de plano, y si hubiere pagado el obrero pagos parciales se tendrá por nulo el contrato y perdido el derecho a devolución de los abonos efectuados.
Solo tienen derecho a la...
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