Decreto, Ley sobre aranceles de migración y extranjería

LEY SOBRE ARANCELES DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

Decreto No. 277

de 2 de Septiembre de 1987

Publicado en La Gaceta No. 200 de 7 de Septiembre de 1987

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le otorga el Inco. 4 del Arto. 150 de la Constitución Política,

Decreta:

Arto. 1.-

Los Aranceles por servicios de Migración y Extranjería que deberán enterarse al Estado, son los siguientes:

  1. Formulario de solicitud (visas, pasaportes, prórrogas, etc) . C$ 500.00

  2. Visas o permiso de salida 10.000.00

  3. Visas múltiples por tres(3) meses 30.000.00

  4. Visas múltiples por seis (6) meses 60.000.00

  5. Prórroga de estancia 20.000.00

  6. Pasaporte nuevo 25.000.00

  7. Documento de Identidad y viaje 10.000.00

  8. Revalidación de Pasaporte 10.000.00

  9. Certificaciones 5.000.00

  10. Declaración de perdida de Pasaporte 15.000.00

  11. Cédula de Residencia 25.000.00

  12. Revalidación de Cédula de residencia 10.000.00

  13. Certificados de domicilio 5.000.00

  14. Resolución de nacionalización 25.000.00

Quedan exentos de estos Aranceles las personas que viajan en misiones oficiales y/o diplomáticas.

Arto. 2.-

Los Aranceles tanto para nacionales como para extranjeros, por concepto de visas u...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR