Ley No. 1222, Ley de Traslado de Funciones del Instituto Nacional Forestal (INAFOR) al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA A sus habitantes, hace saber: Que, LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Ha ordenado lo siguiente: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, HA DICTADO La siguiente: LEY N°. 1222 LEY DE TRASLADO DE FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL FORESTAL (INAFOR) AL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES Artículo primero: Objeto El objeto de la presente Ley es trasladar las funciones del Instituto Nacional Forestal (INAFOR) al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales. Artículo segundo: Adición a la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo Se adiciona el inciso i) en el Artículo 28 de la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, Texto Consolidado publicado en La...

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