Ley de planificacion nacional
LEY DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Ley No. 7
de 27 de diciembre de 1974
Publicado en La Gaceta No. 14 de 17 de enero de 1975
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
a los habitantes,
S a b e d:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara del
Senado de la República
de Nicaragua,
D e c r e t a n:
La siguiente
LEY DE PLANIFICACION NACIONAL
Creación e Integración del Consejo.
Arto. 1.
-Se crea el Consejo de Planificación Nacional, que será organismo asesor de la Presidencia de la República, en todos aquellos aspectos que se relacionen con el desarrollo económico y social del país.
Arto. 2
.-El Consejo de Planificación Nacional estará integrado de la siguiente manera:
-
El secretario de la Presidencia de la República, quien lo presidirá;
-
El ministro de Hacienda y Crédito Público;
-
El Ministro de Economía, Industria y Comercio;
-
El Ministro de Agricultura y Ganadería;
-
El Presidente del Banco Central de Nicaragua; y
-
El Director de Planificación Nacional, quien será el Secretario del Consejo.
Arto. 3.-
El Director de Planificación Nacional tendrá a su cargo la dirección operativo y la coordinación de las diferentes funciones de asesoría técnica que corresponden conforme esta ley, al Consejo de Panificación Nacional.
Arto. 4.
- El Director de Planificación Nacional será nombrado por el Presidente de la República y tendrá rango y categoría de Ministro de Estado.
Arto. 5
.-El Director de Planificación Nacional asistirá a las sesiones del Consejo, con voz y voto.
Arto. 6
.- La unidad operativa del Consejo de Planificación Nacional, se llamará Dirección de Planificación Nacional.
Consejo de Planificación Nacional y sus Atribuciones.
Arto. 7.-
El Consejo de Planificación Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
-
Hacer un trabajo continuo de estudio, inventario y análisis técnico sobre el comportamiento y perspectivas de la economía de distribución de ingreso, la evolución social del país y otros campos de la planificación, tales como desarrollo regional y urbano, recursos humanos, mejoramiento de la administración pública y recursos naturales; y hacer las recomendaciones del caso el Presidente de la República;
-
Investigar las prioridades y necesidades de asistencia financiera de los diferentes organismos e instituciones del Estado, y de acuerdo con los resultados, someter el Presidente de la República sus recomendaciones;
-
Participar en las...
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