Decreto, 'establece los lineamientos de políticas para el uso sostenible de los recursos pesqueros y acuícolas'
ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICAS PARA EL USO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS PESQUEROS Y ACUÍCOLAS
DECRETO No.100-2001,
Aprobado el 7 de Noviembre del 2001
Publicado en La Gaceta No. 219 del 19 de Noviembre del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que es atribución del Presidente de la Republica dirigir la economía del país, determinando la política y el programa económico y social.
II
Que los recursos pesqueros, las tierras y aguas nacionales utilizables para el cultivo de organismos acuáticos son patrimonio nacional y del dominio del Estado, quien tiene la responsabilidad de su administración, uso, aprovechamiento, dirección y realizar el Seguimiento, Control, Vigilancia, y de promover el Fomento e Investigación del Sector.
III
Que para que la Pesca y la Acuicultura se lleven a cabo de forma responsable y acorde con el uso sostenible, es necesario establecer el conjunto de directrices por Estado que enmarquen el actuar de la sociedad con relación a dicho sector y disponer de un instrumento jurídico que garantice su efectiva aplicación.
POR TANTO
En uso de sus facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente Decreto que:
ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICAS PARA EL USO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS PESQUEROS Y ACUÍCOLAS
El presente decreto establece los siguientes lineamientos generales de políticas para que la Pesca y la Acuicultura se lleven a cabo de forma responsable, teniendo en cuenta todos los aspectos biológicos, tecnológicos, económicos, sociales, ambientales y comerciales pertinentes:
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La Política Pesquera y Acuícola, se enmarca en la Política Económica Nacional, cuyo objetivo es crear las condiciones de equidad y libre competencia que faciliten y estimulen las inversiones privadas, orientadas primordialmente hacia la exportación, como medio para la creación de empleo y generación de divisas que mejoren la calidad de vida de los Nicaragüenses.
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El objetivo particular de la Política Pesquera y Acuícola Nacional es lograr el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros y de la producción acuícola, mediante la optimización del uso de las pesquerías y cultivos tradicionales, la promoción de los no tradicionales, el mantenimiento de la calidad del medio ambiente y de los ecosistemas que les dan soporte, buscando el mejoramiento de la rentabilidad de los actores económicos directa o indirectamente involucrados en el sector.
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Los recursos pesqueros, las tierras y aguas nacionales utilizadas para el cultivo de organismos acuáticos son patrimonio nacional y del dominio del Estado y se otorga su explotación a los usuarios directos, mediante la emisión de derechos de acceso para su captura, recolección, extracción o cultivo.
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Por el uso y aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas que son patrimonio nacional y del dominio del Estado, los titulares de ese derecho pagaran cánones en función al valor proporcional del recurso explotado y al grado de aprovechamiento, por la superficie de terreno otorgada, así como por el derecho de acceso y por la vigencia del mismo, los cuales serán establecidos por Ley y fijada su cuantía mediante reglamento.
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La ordenación de la pesca y la acuicultura deberá asegurar el mantenimiento de la calidad, la diversidad y disponibilidad de los recursos pesqueros y los medios para el cultivo en cantidad suficiente para las generaciones presentes y futuras, en un contexto de desarrollo sostenible, alivio a la pobreza y seguridad alimentaria.
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El uso sostenible de los recursos pesqueros, implica que la productividad de las poblaciones de organismos acuáticos satisfagan las necesidades cambiantes de las generaciones actuales y futuras, manteniendo intacto su potencial productivo, para lo cual los recursos deberán ser manejados de una manera racional y oportuna.
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Deberá considerarse al manglar como parte del hábitat transitorio del ciclo de vida de los camarones, así como el sistema fundamental para la interfase entre los sistemas terrestres y acuáticos, sin el cual, la erosión, sedimentación y contaminación proveniente de las actividades agrícolas, impactaría en gran medida sobre los ecosistemas de la faja costera por lo tanto, la sostenibilidad de la camaronicultura dependerá en principio, del cuido y mantenimiento del ecosistema dominado por el manglar.
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Las medidas de ordenación deberán procurar la conservación no sólo de las especies de interés comercial, sino también de aquellas especies pertenecientes al mismo ecosistema o dependientes de ellas o que estén asociadas con ellas.
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Se consideran usuarios directos de los recursos pesqueros todas aquellas personas naturales y/o jurídicas que se dedican a las actividades de captura, recolección, cultivo y acopio, y usuarios indirectos, los que realizan el procesamiento, comercialización y exportación de los mismos.
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El Estado como propietario de los recursos pesqueros y de los medios para el cultivo de organismos acuáticos, tiene la responsabilidad de administrar el otorgamiento de los derechos de acceso de dirigir y realizar el Seguimiento, Control y Vigilancia y el Fomento y la Investigación del sector.
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La actividad pesquera y acuícola podrá realizarse en todos los cuerpos de aguas interiores y en las aguas jurisdiccionales de todo el territorio nacional, incluyendo las islas, cayos y bancos adyacentes, así ; como el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva. Adicionalmente la actividad acuícola se podrá realizar en...
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