Decreto, Ley creadora del ministerio de la construcción y transporte

LEY CREADORA DEL MINISTERIO DE LA CONSTRUCCIÓN Y TRANSPORTE

Decreto No. 328

de 6 de Abril de 1988

Publicado en La Gaceta No. 64 de 7 de Abril de 1988

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus Facultades,

Decreta:

Arto. 1.-

Créase el Ministerio de la Construcción y Transporte quien será sucesor sin solución de continuidad de todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones de los Ministerios de Construcción y Transporte y Vivienda y Asentamientos Humanos.

Arto. 2.-

El Ministerio de la Construcción y Transporte asume las competencias, funciones y atribuciones conferidas por ley a los Ministerios mencionados en el artículo anterior, los cuales a la entrada en vigencia del presente Decreto quedan sin existencia legal.

Arto. 3.-

Siempre que en la Leyes, Decretos, Reglamentos, Acuerdo, Actas, Disposiciones y Nombramientos ministeriales en general, en cualquier documento en que se otorgan facultades o se haga mención a los Ministerios de Construcción, Transporte y Vivienda y Asentamientos Humanos, deberá entenderse que se refiere al Ministerio de la Construcción y Transporte que por esta Ley se crea, salvo que expresamente la competencia en la materia le haya sido asignada a otro Ministerio o entidad gubernamental.

Arto. 4.-

La Ley...

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