Resolución, Se modifican los derechos arancelarios a la importación de los rubros arancelarios con respecto a los trozos de gallo o gallina y de pavo

(SE MODIFICAN LOS DERECHOS ARANCELARIOS A LA IMPORTACIÓN DE LOS RUBROS ARANCELARIOS CON RESPECTO A LOS TROZOS DE GALLO O GALLINA Y DE PAVO)

RESOLUCIÓN No. 234-2008 (COMIECO-LI).

Aprobada el 30 de Julio de 2008

Publicada en La Gaceta N° 213 del 5 de Noviembre de 2008

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-, modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002; y 6, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo de Ministros de Integración Económica modificar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación;

Que el Comité de Política Arancelaria, alcanzó acuerdo para modificar los Derechos Arancelarios a la Importación de los rubros arancelarios correspondientes a los trozos de gallo o gallina y de pavo, en pasta mecánicamente deshuesada y elevó a la consideración y aprobación de este Foro la respectiva propuesta de modificación del Arancel Centroamericano de Importación,

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 1, 3, 6, 7, 13, 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 1, 6, 10, 15, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, -Protocolo...

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