Ordenanza municipal 02-2013, CREACIÓN DEL DEPÓSITO VEHICULAR DEL MUNICIPIO DE MANAGUA

CREACIÓN DEL DEPÓSITO VEHICULAR DEL MUNICIPIO DE MANAGUA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 02-2013, Aprobado el 22 de Marzo de 2013.

Publicado en La Gaceta No. 124 del 4 de Julio de 2013

Alcaldía de ManaguaCONSIDERANDO:

IQue es responsabilidad de la Alcaldía de Managua trabajar coordinadamente con la Policía Nacional, para implementar lo establecido en el Arto. 139 de la Ley N° 431 “Ley Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito”, para el Municipio de Managua.

I I

Que tanto la Policía Nacional como la Alcaldía de Managua tienen funciones compartidas que conllevan a garantizar la seguridad y libre circulación, tanto vehicular como peatonal en la ciudad de Managua, retirando de los derechos de vías y otros espacios públicos, todos los medios de transporte que no cumplan con la normativa de tránsito y las normas y ordenanzas urbano-ambientales.

III

Que es competencia de la Alcaldía de Managua velar por una ciudad más ordenada, limpia y segura, en tal sentido se hace necesario estrechar la coordinación con otras Instituciones del Estado, para establecer las condiciones físicas, así como administrativas para el adecuado resguardo de los medios de transporte involucrados en infracciones de la normativa de tránsito y las ordenanzas urbano- ambientales.

POR TANTO:

El Concejo Municipal de Managua, en uso de las facultades que le confiere el Arto. 28, incisos 5 y 10 y, Arto. 47 de la Ley N° 40, 261 y 792 “Ley de Municipios con sus Reformas e Incorporaciones”, Ley N° 431 “Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito”, en sus Artos. 138 y 139.

Aprueba dictar la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 02-2013

CREACIÓN DEL DEPÓSITO VEHICULAR DEL MUNICIPIO DE MANAGUA

Arto. 1. Objeto:

El objeto de la presente Ordenanza es que el Municipio de Managua disponga de un sitio adecuado para resguardar los medios automotores, medios de transporte de tracción animal y tracción humana, retenidos por incumplir las normas de tránsito, normas urbanas y ambientales, el que deberá llamarse Depósito Vehicular del Municipio de Managua.

Arto. 2. Ámbito de Competencia:

La presente Ordenanza se aplicará al transporte automotor que circule en todo el Municipio de Managua, independientemente de su registro vehicular o placa, así como los medios de transporte de tracción humana y tracción animal, dedicados a la recolección privada de residuos sólidos o cualquier otra actividad.

Arto. 3. Ejecución:

Se designa a las Direcciones Generales de: Medio...

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