Resolución CD-SIBOIF-707-3-DIC14-2011, NORMA DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 39, 40 Y 42 DE LA NORMA SOBRE EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS PARA EL BANCO DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN

NORMA DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 39, 40 Y 42 DE LA NORMA SOBRE EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS PARA EL BANCO DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN

RESOLUCIÓN N° CD-SIBOIF-707-3-DIC14-2011, Aprobada el 14 de Diciembre del 2011

Publicada en La Gaceta No. 23 del 6 de Febrero del 2012

De fecha 14 de diciembre de 2011

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,

CONSIDERANDO

I

Que la evaluación y clasificación oportuna de los activos de riesgo de las instituciones financieras constituye el instrumento más apropiado para determinar preventivamente la solvencia de las mismas.

II

Que las evaluaciones y clasificaciones de los activos de riesgo deben en lo posible adaptarse a patrones internacionales y centroamericanos, así como considerar las particularidades del sistema y la legislación bancaria del país.

III

Que de conformidad con el artículo 33 de la Ley 640, Ley Creadora del Banco de Fomento a la Producción (Produzcamos), establece que el Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos emitirá una norma especial para regular la materia de clasificación de activos y cartera.

IV

Que la Ley No. 645, Ley de Promoción, Fomento y Desarrollo, de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (LEY MIPYME), establece en su artículo 24, que la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones debe normar todo lo concerniente a la creación del crédito a las MIPYME. Por lo tanto es necesario que los criterios de clasificación, evaluación y otras disposiciones de la norma, apliquen a los créditos a la micro, pequeña y mediana empresa.V

De acuerdo con lo considerado y en base al artículo 3, numerales 3 y 13, y el artículo 10, numeral 7, de la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, y sus reformas contenidas en la Ley 552, Ley de Reformas a la referida Ley 316.

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

La siguiente norma,

Resolución N° CD-SIBOIF-707-3-DIC14-2011

NORMA DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 39, 40 y 42 DE LA NORMA SOBRE EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS PARA EL BANCO DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN

PRIMERO: Refórmense los artículos 39, 40 y 42 de la Norma sobre Evaluación y Clasificación de Activos para el Banco de Fomento a la Producción, contenida en Resolución N° CD-SIBOIF-624-2-ABR212010 de fecha 21 de abril de 2010, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 130, del 09 de julio de 2010, los cuales deberá leerse así:

Arto. 39 Requerimientos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR