Resolución CD-SIBOIF-707-3-DIC14-2011, NORMA DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 39, 40 Y 42 DE LA NORMA SOBRE EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS PARA EL BANCO DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN
NORMA DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 39, 40 Y 42 DE LA NORMA SOBRE EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS PARA EL BANCO DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN
RESOLUCIÓN N° CD-SIBOIF-707-3-DIC14-2011, Aprobada el 14 de Diciembre del 2011
Publicada en La Gaceta No. 23 del 6 de Febrero del 2012
De fecha 14 de diciembre de 2011
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,
CONSIDERANDO
I
Que la evaluación y clasificación oportuna de los activos de riesgo de las instituciones financieras constituye el instrumento más apropiado para determinar preventivamente la solvencia de las mismas.
II
Que las evaluaciones y clasificaciones de los activos de riesgo deben en lo posible adaptarse a patrones internacionales y centroamericanos, así como considerar las particularidades del sistema y la legislación bancaria del país.
III
Que de conformidad con el artículo 33 de la Ley 640, Ley Creadora del Banco de Fomento a la Producción (Produzcamos), establece que el Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos emitirá una norma especial para regular la materia de clasificación de activos y cartera.
IV
Que la Ley No. 645, Ley de Promoción, Fomento y Desarrollo, de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (LEY MIPYME), establece en su artículo 24, que la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones debe normar todo lo concerniente a la creación del crédito a las MIPYME. Por lo tanto es necesario que los criterios de clasificación, evaluación y otras disposiciones de la norma, apliquen a los créditos a la micro, pequeña y mediana empresa.V
De acuerdo con lo considerado y en base al artículo 3, numerales 3 y 13, y el artículo 10, numeral 7, de la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, y sus reformas contenidas en la Ley 552, Ley de Reformas a la referida Ley 316.
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
La siguiente norma,
Resolución N° CD-SIBOIF-707-3-DIC14-2011
NORMA DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 39, 40 y 42 DE LA NORMA SOBRE EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS PARA EL BANCO DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN
PRIMERO: Refórmense los artículos 39, 40 y 42 de la Norma sobre Evaluación y Clasificación de Activos para el Banco de Fomento a la Producción, contenida en Resolución N° CD-SIBOIF-624-2-ABR212010 de fecha 21 de abril de 2010, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 130, del 09 de julio de 2010, los cuales deberá leerse así:
Arto. 39 Requerimientos de...
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