Proyecto Nº 20085347. Ley de reforma a la ley no. 522, “ley general de deporte, educación física y recreación física”

Número de Iniciativa20085347
Año2008
EstatusArchivo
Tipo de proyectoLey
Autor de la iniciativa[Carlos Wilfredo Navarro Moreira, Edwin Ramón Castro Rivera]

Managua, 28 de febrero 2008



    Doctor
    WILFREDO NAVARRO
    Primer Secretaría
    Asamblea Nacional.
    Su Despacho.-

    Estimado Dr. Navarro.

    El suscrito Diputado, remite la presentación de la iniciativa de Ley de Reforma a la Ley No. 632, Ley de reforma a la Ley No. 522, Ley General de Deporte, Educación Física y Recreación Física, la cual pedimos sea tramitada con la urgencia y necesidad que el caso requiere.

    Se adjunta en original y fotocopias de la iniciativa de acuerdo con la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.



    Sin más a que hacer referencia, saludos.




    ___________________ __________________
    Edwin Castro Rivera Wilfredo Navarro
    Diputado Diputado
    Bancada FSLN Bancada PLC


    EXPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 28 de Febrero del 2008.



    Ingeniero
    Rene Núñez Téllez
    Presidente de la Junta Directiva
    Asamblea Nacional

    Su despacho.

    Estimado Ingeniero:

    Los suscritos Diputados ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y Artos 30 numeral 1, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,, estamos presentando para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de Ley, la presente Iniciativa de Ley denominada “ Ley de Reforma a La Ley Nº 632, Ley De Reforma a La Ley No. 522, Ley General De Deporte, Educación Física y Recreación Física, publicada en La Gaceta No. 182 del 24 de Septiembre del 2007


    FUNDAMENTACION


    La Ley Nº 632, Ley De Reforma a La Ley No. 522, Ley General De Deporte, Educación Física y Recreación Física, publicada en La Gaceta No. 182 del 24 de Septiembre del 2007, reformó el art. 140 de la Ley No. 522, en donde se estableció un plazo hasta el veintiocho de febrero del año dos mil ocho, para que las entidades deportivas, de educación física y recreación física existentes, procedieran a gestionar su inscripción en el Registro de Entidades y Federaciones Deportivas a cargo del Consejo.


    Considerando que el Plazo ya expiró, y en la actualidad son muchas las organizaciones autodenominadas Asociaciones Deportivas, que no se han constituido conforme a la legislación correspondiente y tienen en trámite su personalidad jurídica, o están en espera de la publicación del Decreto de Otorgamiento de su Personalidad Jurídica, o algunas ya están en tramite de inscripción en el Ministerio de Gobernación, resulta necesario que mientras cumplen con este proceso, se les considere temporalmente como tales y puedan...

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