Proyecto Nº 20085585. Ley relativa a la incorporación como abogado y notario público de la república de nicaragua.

Número de Iniciativa20085585
EstatusArchivo
Tipo de proyectoLey
Autor de la iniciativaCarlos Wilfredo Navarro Moreira

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    Managua, 05 de Septiembre del 2008



    Señor
    Secretario de la Asamblea Nacional
    Su Despacho

    Estimado Señor Secretario:

    En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 Cn. y los artículos 14 inciso 2 y 91 de la Ley No. 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo”, presento ante esta Secretaría la Iniciativa de “Ley relativa a la Incorporación como Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua”, como se especifica en el artículo 90 de la Ley antes mencionada, para su debida tramitación.

    Así mismo, acompaño las copias de ley, tanto en formato sólido como en formato electrónico para su inclusión en agenda por la Junta Directiva, su presentación ante el Plenario, y demás trámites del proceso de formación de la Ley.


    Siempre más allá,





    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS




    Managua, 05 de Septiembre del 2008



    Ingeniero
    RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
    Presidente
    Asamblea Nacional
    Su Despacho

    Estimado Señor Presidente:

    Yo, Wilfredo Navarro Moreira, jurista y Diputado ante la Asamblea Nacional, en base a lo establecido en el arto. 140 de la Constitución Política de Nicaragua, introduzco ante su autoridad, la presente iniciativa de ley denominada: “Ley relativa a la Incorporación como Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua”.

    Desde el año 1854, la Constitución Política de ese entonces reconocía en su artículo 66 numeral 9, que era competencia del Poder Judicial “hacer el recibimiento de Abogados y Escribanos”, competencia que fue recogida en las distintas Constituciones de la República, hasta la actual de 1987 con sus reformas, en su artículo 164.

    Actualmente ante el incremento poblacional, más nicaragüenses han optado por el estudio de la carrera de derecho proliferando las Escuelas de Derecho en todo el país, llegando a presentarse en el año 2007, la cantidad de 2,500 solicitudes de incorporación de Abogado o Notario Público.

    Antes de las Reformas Constitucionales de 1995, la Corte Suprema de Justicia, era concebida bajo la Constitución de 1987, como un órgano que conocía de todas las materias, después de las mismas se estableció la integración de Salas a fin de brindar una mayor respuesta a la población y una administración de justicia más pronta y beligerante. Posteriormente a partir de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se vislumbró la creación de distintas comisiones que organizaba las distintas labores del Poder Judicial encomendándolas a Comisiones, tales como la Comisión de Carrera Judicial. Finalmente a partir de la Ley 501, Ley de Carrera Judicial, se creó el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, con el propósito de concentrar en un solo órgano las tareas de administración del Poder Judicial y no distraer al resto de Magistrados de la administración de Justicia.

    Esta reorganización de las labores dividiendo la parte administrativa de la sustantiva, es sin lugar a dudas la mayor razón para destacar que la tarea encomendada a la Corte Plena de autorizar y extender los Títulos de Abogados y Notarios, se ha convertido en una facultad que debería en principio de pertenecer al Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, atendiendo los fines para los que fue creado y a fin de no distraer la labor jurisdiccional de los Magistrados que integran las Salas de la Corte Suprema de Justicia.

    En lo que respecta a los trámites de incorporación de Abogados y Notarios Públicos, se encuentra dispersa tanto en la Ley Orgánica de Tribunales de 1894, como en la Ley Orgánica del Poder Judicial y su reglamento, como en la Ley de Carrera Judicial.

    FUNDAMENTACIÓN

    Con tales antecedentes surge la necesidad de, atendiendo a la reasignación de las funciones que ha preponderado en los años recientes, concentrar las disposiciones relativas a la incorporación de profesionales del derecho en una sola ley y adicionar a las facultades que tiene el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, la de extender los títulos de Abogado y Notario Público, y según corresponda ante el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Tribunales de 1894, el Reglamento de la...

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