Proyecto Nº 20085668. Ley de reforma a la ley no. 522, “ley general de deporte, educación física y recreación física”
Número de Iniciativa | 20085668 |
Tipo de proyecto | Ley |
Estatus | Archivo |
Autor de la iniciativa | Edwin Ramón Castro Rivera |
Managua, 31 de Octubre del 2008
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretaría
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-
Estimado Dr. Navarro.
El suscrito Diputado, remite la presentación de la iniciativa de Ley de Reforma a la Ley No. 522, Ley General de Deporte, Educación Física y Recreación Física, la cual pedimos sea tramitada con la urgencia y necesidad que el caso requiere.
Se adjunta en original y fotocopias de la iniciativa de acuerdo con la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.
Sin más a que hacer referencia, saludos.
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Edwin Castro Rivera
Diputado
Bancada FSLN
EXPOSICION DE MOTIVOS
Diputado
Bancada FSLN
EXPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 31 de Octubre del 2008.
Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente de la Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimado Ingeniero:
Los suscritos Diputados ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y Artos 30 numeral 1, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,, estamos presentando para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de Ley, la presente Iniciativa de Ley denominada “ Ley de Reforma a La Ley Nº 522, Ley General De Deporte, Educación Física y Recreación Física, Aprobada el 02 de Febrero del año 2005, Publicado en La Gaceta No. 68 del 08 de Abril del año 2005.
FUNDAMENTACION
La presente reforma pretende incorporar un porcentaje que cubra en un tres por ciento (3%) al comité paraolimpico, con el animo de promover el deporte para las personas con capacidades diferentes que se encuentra incorporadas en las distintas actividades deportivas y las que no cuentan con recursos para el desarrollo de las mismas.
Así mismo la Ley No. 522 Ley General de Deporte, Educación Física y Recreación Física, determina en el Art. 108, el porcentaje de los recursos financieros que resultan de las distintas fuentes de financiamiento y que a su vez constituyen el presupuesto del deporte, la educación física, y la recreación física, mismos que son incorporados en el Presupuesto General de la República para ser ejecutados a través de programas y organismos que los desglosa de la siguiente manera: Fondo para el Desarrollo de Infraestructura Deportiva, treinta y cinco por ciento (35%); Fondo de Promoción y Desarrollo del Deporte y Recreación Física, veinte por ciento (20%); Federaciones deportivas nacionales, el veinticinco por ciento (25%); el INJUDE, el quince por ciento...
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