Proyecto Nº 20106544. Ley especial para la reinserción económica, productiva y social para militares retirados del ejército popular sandinista y ministerio de gobernación

Número de Iniciativa20106544
Año2010
EstatusArchivo
Tipo de proyectoLey
Autor de la iniciativaJosé Bernard Pallaís Arana
Managua, Nicaragua
19 de octubre del año 2010


Doctor
CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario de la Junta Directiva
ASAMBLEA NACIONAL
Su despacho

Estimado Señor Primer Secretario:


En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en los artículos 140 y 141 párrafo segundo de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 90 y 91 de la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remito la presente iniciativa de Ley denominada
LEY ESPECIAL PARA LA REINSERCIÓN ECONÓMICA, PRODUCTIVA Y SOCIAL PARA MILITARES RETIRADOS DEL EJÉRCITO POPULAR SANDINISTA Y MINISTERIO DE GOBERNACIÓN, para que a través de su medio sea presentada ante la Junta Directiva de este Poder del Estado y se proceda a darle el trámite correspondiente tal y como lo establece la Ley Orgánica de este Poder del Estado.

Adjunto a la presente misiva el texto de la Ley con sus respectivas copias y el archivo electrónico.





Atentamente;





______________________________________
Firma del Diputado proponente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.


Managua, Nicaragua

19 de octubre del año 2010

Ingeniero
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la Junta Directiva
ASAMBLEA NACIONAL
Su despacho

Estimado Señor Presidente:


En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en los artículos 140 y 141 párrafo segundo de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 90 y 91 de la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remito la presente iniciativa de ley denominada
LEY ESPECIAL PARA LA REINSERCIÓN ECONÓMICA, PRODUCTIVA Y SOCIAL PARA MILITARES RETIRADOS DEL EJÉRCITO POPULAR SANDINISTA Y MINISTERIO DE GOBERNACIÓN, para que por su digno medio sea presentada al Plenario de la Asamblea Nacional y se proceda a darle el trámite correspondiente.

Durante la década de los ochenta la función principal del Ejercito Popular Sandinista y del Ministerio de Gobernación (EPS-MINGOB) con todos sus hombres y mujeres que lo integraban, era defender las conquistas de la revolución y la soberanía nacional, en tiempo de guerra.

A partir de 1990, cuando el FSLN pierde las elecciones presidenciales, el EPS queda sin referentes ideológicos y se ve en la obligación de redefinir sus funciones en el nuevo escenario de democratización y pacificación. El Ejército entra a partir de esta fecha en un proceso de transformación y modernización que involucra cambios a lo interno del cuerpo Castrense, así como en su base jurídica.

Muchos de sus integrantes quedaron desprotegidos, ya que el Estado no creo políticas Institucionales, tendiente a reinsertarlos a la vida económica, social y productiva del país.

Es una obligación y un deber del Estado y del Gobierno de la República de Nicaragua, asegurar el bien común, procurando el mejoramiento social y económico de todos los militares retirados del E. P. S, MINGOB, promoviendo la protección de los mismos en contra de la Discriminación y la Exclusión de beneficios a los que por derecho propio en igualdad, en equivalencia de condiciones, con justicia hacia los derechos humanos de militares retirados, tienen derecho en materia de seguridad social a una pensión de jubilación justa, a salud, a educación, a viviendas, a trabajos dignos, a permisos y concesiones acompañados de financiamiento en las áreas de transporte, agricultura, ganadería, pesca, forestales, de minerales fósiles inclusive de todo tipo tanto en la plataforma terrestre como del lecho marino de la mar pacífico y atlántico y otros rubros de interés hacia los retirados del E. P. S, y MINGOB así mismo a la asignación y titulación de lotes urbanos y tierras para la producción.
Para ello se hace necesario la creación de una Comisión de Reinserción Nacional para Militares Retirados del E. P. S. y del MINGOB, inspirada en la gestión y respuesta de los servicios de seguridad social hacia los militares retirados activos del E. P. S, y del MINGOB. Esta Comisión Nacional se creará para Coordinar, Planificar, Organizar y Ejecutar, Programas, Planes y Proyectos que fortalezcan el aseguramiento y el bien común, procurando el mejoramiento social y económico y en especial la reinserción productiva de todos los militares retirados del E. P. S, y del MINGOB.

Por todo lo anteriormente referido y en virtud que desde muchos años atrás, el Estado de Nicaragua esta en deuda con estos hombres y mujeres que dieron su juventud, esperanzas, sueños y metas, para que las futuras generaciones gozaran de la patria libre y soberana que hoy tenemos, se hace necesario aprobar la presente iniciativa de Ley, como un aporte del Estado de Nicaragua para con dichos ciudadanos nicaragüenses.


FUNDAMENTACIÓN.

La presente iniciativa de Ley denominada LEY ESPECIAL PARA LA REINSERCIÓN ECONÓMICA, PRODUCTIVA Y SOCIAL PARA MILITARES RETIRADOS DEL EJÉRCITO POPULAR SANDINISTA Y MINISTERIO DE GOBERNACIÓN, no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, ni a los Convenios y Tratados Internacionales, suscritos y ratificados por Nicaragua, el objetivo fundamental de la iniciativa, es el de reconocerle y restituirle en alguna medida a esos hombre y mujeres que pertenecieron al Ejercito Popular Sandinista y al Ministerio de Gobernación, por sus meritos, esfuerzos, tenacidad y dedicación a la patria y a sus ciudadanos.

Existe impacto por parte del Estado de Nicaragua, pero que es justo y necesario otórgalo a este sector tan olvidado y desprotegido que a lo largo de estos años a permanecido de esta forma, por carecer de políticas Institucionales que le garanticen muchos derechos que la presente Ley les concede.

Fundamento la presente iniciativa en lo dispuesto en los artículos 91 y 92 de la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y solicitamos al Honorable Plenario la aprobación de este proyecto de Ley.


Ley Nº_________

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO.

I

Reafirmando que es voluntad de este Gobierno Solidario y de Unidad Nacional, cumplir compromisos que gobiernos anteriores en los períodos (1990 – 2006), no tuvieron la voluntad de cumplir para poder otorgar seguridad jurídica en el ámbito de Seguridad Social, como un derecho adquirido a los militares retirados activos del Ejército Popular Sandinista, Ministerio de Gobernación desde 1979 a 1993.

II

Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional y que estos principios han sido consagrados en la Constitución Política de Nicaragua y que la Solidaridad, la Reconciliación y la Unidad Nacional es un proyecto que Dios ha iluminado a nuestros gobernantes para que vivan en paz, en solidaridad y en unidad con sus gobernados, juntos, en justicia social disfrutando de los bienes terrenales a los cuales todos tenemos derecho a disfrutar, para satisfacer ciertas necesidades de urgencia para los retirados del E. P. S, y MINGOB, ya que la seguridad social es un signo de justicia que equivale al principio de solidaridad con equidad e igualdad EN Y ANTE LA LEY.

III

Reiterando que la reducción del Ejército Popular Sandinista y Ministerio de Gobernación como instituciones nacionales de carácter profesional, no fue una simple operación de pasar militares a civiles, porque estos militares fueron profesionales graduados en el arte castrense, y que la reducción de estas dos instituciones se da para culminar con una guerra impuesta por el imperialismo en contra del pueblo de Nicaragua y a la vez para alcanzar altos niveles de organización y profesionalización, del cual el Presidente de la República es Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Jefe Supremo del Ejército y del MINGOB, y es quien debe impulsar este ANTEPROYECTO DE LEY ESPECIAL, para beneficiar a miles de militares retirados que sirvieron a la patria por mas de 12 años EN TIEMPO DE GUERRA y que fueron retirados en los planes especiales de retiro del E. P. S, y del MINGOB, personas que sirvieron como columna vertebral para los triunfos de la Revolución Popular Sandinista y del pueblo nicaragüense, y fueron la válvula de escape, para alcanzar el cese al fuego
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