Proyecto Nº 20127467. Asociación atención primaria de salud, "a.p.s.".

Número de Iniciativa20127467
Año2012
Autor de la iniciativaFiliberto Jacinto Rodríguez López
EstatusArchivo
Tipo de proyectoDecreto

Managua, 31 de mayo de 2012.



Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional

Reciba los más cordiales y respetuosos saludos de mi parte.

El motivo de la presente es para solicitarle de la forma más atenta posible tenga a bien tramitar la aprobación de la personería jurídica de la ASOCIACIÓN ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD, “A.P.S.” la cual proveerá la Asistencia Sanitaria Esencial en distintos territorios de Nicaragua.

La esperanza de muchas personas se encuentra en esta Asociación pues hemos trabajado durante algún tiempo en muchas comunidades y se ha logrado mitigar de forma modesta la atención curativa en los sectores donde hemos tenido incidencia. Requerimos, sin embargo, constituirnos de forma legal para poder tener un mayor alcance en nuestro arduo trabajo.

Le agradezco de antemano la atención que brinde a nuestra solicitud y le deseamos el mayor de los éxitos en sus labores.

Atentamente




FABIOLA DEL CARMEN THOMAS GONZÁLEZ
001-110974-0054G







EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 31 de Mayo de 2012.

Diputado
ING. RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 de la Constitución Política y artículos 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presenta la solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD, la que puede abreviarse con las siglas “A.P.S.”, Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Publica Numero siete (07), otorgada en la Ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua, una de la tarde del uno de mayo del año dos mil doce ante los Oficios Notariales de DANIA VANESSA CHÉVEZ VILLALTA, Abogada y Notario Público de la República de Nicaragua.

FUNDAMENTO

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal como lo establece el artículo 49 de nuestra Carta Magna y así lo admite la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y en estricto apego a este derecho ciudadano que le conceden las normas citadas es que se presenta esta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la Asociación denominada ASOCIACIÓN ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD, la que puede abreviarse con las siglas “A.P.S.”

Este organismo se constituye como una Asociación Civil sin fines de lucro, privada y ajena a todo interés económico
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