Proyecto Nº 20179207. Fundación cristiana canadá nicaragua “fuccanic”

Número de Iniciativa20179207
Tipo de proyectoDecreto
Autor de la iniciativaSantiago José Martínez Lacayo
EstatusArchivo

San Marcos, 27 de Agosto del 2017


Licenciada:
Loria Raquel Dixon Brautigam
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimada Diputada Dixon.



Reciba un fraterno saludo, deseándole éxitos en sus funciones al servicio del pueblo.

La presente es para SOLICITAR a Ud. sus buenas gestiones, para que nos sea otorgada la personería Jurídica de la Fundación sin fines lucro “FUNDACION CRISTIANA CANADA NICARAGUA”, de la Ciudad de San Marcos, Departamento de Carazo, cuyo interés radica en contribuir al desarrollo Económico y Espiritual de las comunidades cristianas en nuestro amado Nicaragua, para obtener un mejor nivel de vida en apoyo con nuestro Gobierno.

De antemano les extendemos nuestras muestras de agradecimiento por las diligencias que tome para que dicha solicitud se haga una realidad.


Att:

SANG HOON LEE
Presidente
FUNDACION CRISTIANA CANADA NICARAGUA


San Marcos, 31 de Agosto del 2017
Dr: Gustavo Eduardo Porras Cortez
Presidente Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Señor Presidente:



El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en el Art. 14 numeral 2, Arto. 93 numeral 2, inciso c) y Artos. 102 y 166 de la Ley N°. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua con sus Reformas Incorporadas y en la Ley 147, Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de lucro presento la solicitud de otorgamiento de personalidad Jurídica para la “FUNDACION CRISTIANA CANADA NICARAGUA”, (FUCCANIC), entidad de carácter cristiana, sin fines de lucro, constituida en escritura pública número Veintiocho (28) de constitución de Persona Jurídica sin fines de Lucro cristiana y aprobación de estatutos otorgada en la ciudad de Diriamba, departamento de Carazo, a las once de la mañana del día seis de Agosto del año dos mil dieciséis, ante los oficios notariales del licenciado Luis Enrique Valverde Hernández.

FUNDAMENTACION:
En Nicaragua los ciudadanos tienen el derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestras Constitución Política en su arto. 49 y en la Ley Número 147 “Ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, estas organizaciones se formaran de acuerdo a la voluntad participativa efectiva de los ciudadanos, y su procedimiento para su surgimiento estará basado en la Ley No. 606.- Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua con sus Reformas incorporadas. Así entonces,
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