Decreto, Reforma al decreto no.71-98, reglamento a la ley no. 290

REFORMA AL DECRETO No.71 -98,

REGLAMENTO A LA LEY No. 290

DECRETO No.126-99,

Aprobado el 6 de Diciembre de 1999

Publicado en La Gaceta No.235 del 09 de Diciembre de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confieren la Constitución Política y el Artículo 19, literales a) y d) de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo.

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO de

:

REFORMA AL DECRETO No.71-98, REGLAMENTO A LA LEY No. 290

Artículo 1

Refórmense los Artículos. 46 y 53, del Decreto No.71 -98, Reglamento a la Ley No.290, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.102 del 3 de Junio de 1998 los que se leerán así:

"Artículo.46.- Estructura. Para el adecuado funcionamiento el Ministerio de Relaciones Exteriores se estructura en:

  1. Dirección Superior

  2. Secretaría de Relaciones Económicas y Cooperación

  3. Órganos de Asesoría y Apoyo a la Dirección Superior

    3.1 Asesoría Legal

    3.2 Auditoría lnterna

    3.3 Consejo Técnico

    3.4 Academia Diplomática «José de Marcoleta>>

    3.5 Academia Nicaragüense de la Lengua Española

  4. Direcciones Generales

    4.1 Política Exterior

    4.2 Promoción de Inversiones y Desarrollo Económico

    4.3 Gestión Multilateral de la Cooperación Internacional

    4.4 Gestión Bilateral de la Cooperación Internacional

    4.5 Soberanía, Territorios y Asuntos Jurídicos Internacionales

    4.6 Ceremonial y Protocolo de Estado

    4.7 Consular

    "Artículo 53.- Dirección General de Promoción de lnversiones y Desarrollo Económico.

  5. Coordinar al Servicio Exterior en la labor de promover las inversiones extranjeras.

  6. Proveer información a las autoridades competentes sobre acciones, acuerdos internacionales, incluyendo legislación que facilite y fomenten la inversión extranjera.

  7. Promover el alquiler del techo industrial para maquila a través del Servicio Exterior.

  8. En coordinación con el Ministerio de Fomento Industria y Comercio, apoyar la elaboración de una cartera nacional de proyectos de inversión.

  9. Apoyar el desarrollo de una imagen país que favorezca la captación de inversiones extranjeras.

  10. Desarrollar material publicitario para promover la inversión, en coordinación con otras instituciones públicas y privadas.

  11. Recolectar Información Comercial, mayoritariamente a través del Servicio Exterior y de embajadas acreditadas en el país, y trasladar ésta a instituciones del Estado y Empresa Privada Nicaragüense que puedan aprovecharla.

  12. Dar...

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