Decreto, Reformas al decreto 20-2003

REFORMAS AL DECRETO 20-2003

DECRETO No. 82-2004,

Aprobado el 28 de Julio del 2004

Publicado en La Gaceta No. 149 del 02 de Agosto del 2004

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de sus facultades que le confiero la Constitución Polí tica,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Reformas al Decreto No. 20-2003

Artículo 1

Se reforma el Capítulo II del Decreto No. 20-2003, De Reformas e Incorporaciones al Reglamento de la Ley Creadora de la Dirección de Servicios Aduaneros y de Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos, Ley No. 339, publicado en la Gaceta, Diario Oficial, No.40 del 26 de febrero de 2003, el que se leerá así:

CAPITULO II Artículos 12 a 27

Organización, Administración y Planificación de la Dirección General de Ingresos

Artículo 12

Para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Arto

.

5 de la Ley No. 339, la Dirección General de Ingresos estará conformada con la Estructura Organizacional siguiente:

  1. Dirección General

  2. Órganos de Asesoría y Apoyo a la Dirección General

    2.1 Planificación Estratégica

    2.2 Asesoría Legal

    2.3 Auditoria Interna

    2.4 Divulgación

    2.5 Revisión de Recursos

  3. Divisiones

    3.1 División de Informática y Sistemas

    3.2 División de Recursos Humanos

    3.3 División de Recursos Materiales y Financieros

  4. Direcciones

    4.1 Dirección de Asistencia al Contribuyente

    4.2 Dirección Jurídico Tributaria

    4.3 Dirección de Registro, Recaudación y Cobranza

    4.4 Dirección de Administraciones de Rentas

    4.5 Dirección de Fiscalización

    4.6 Dirección de Grandes Contribuyentes

    4.7 Dirección de Catastro Fiscal

    Las Divisiones y Direcciones estarán a cargo de un Responsable de División y un Responsable de Dirección. Las Administraciones de Rentas estarán a cargo de un Administrador de Rentas.

Artículo 13 Planificación Estratégica.

Corresponde a Planificación Estratégica:

  1. Coordinar la formulación y evaluación del Plan Estraté gico y el Plan Operativo Anual.

  2. Definir criterios para los fines de extracción de datos en cuanto a información estadística y gerencial.

  3. Establecer las políticas para la elaboración del informe de gestión de la Administración Tributaria.

  4. Generar y evaluar información estadística para el control de la gestión institucional.

Artículo 14 Asesoría Legal.

Corresponde a Asesoría Legal:

  1. Asesorar y representar a la institución y al Director General de Ingresos en los juicios penales y criminales que son entablados contra los contribuyentes por los diferentes delitos cometidos por éstos.

  2. Coordinar con la Procuraduría General de la República las acciones relacionadas a los juicios penales y criminales que son entablados contra los contribuyentes por los diferentes delitos cometidos por é stos.

Artículo 15 Auditoria Interna.

Corresponde a Auditoria Interna:

  1. Establecer los controles internos que garanticen el buen uso y salvaguarda de los bienes patrimoniales a través de la elaboración e implantación del manual de control interno.

  2. Aplicar medidas cautelares y verificar los actos administrativos, financieros, contables y fiscales.

  3. Verificar el proceso de compras y su adecuado registro en los inventarios de bienes,

  4. Comprobar que los recursos financieros estén siendo utilizados conforme a las normas presupuestarias y procedimientos de control interno establecidos.

  5. Verificar a posteriori las auditorias fiscales, así como las exoneraciones y devoluciones de impuestos.

  6. Certificar las cuentas incobrables para su autorización por parte del Consejo Superior de la Contraloría General de la República, a fin de eliminarlas de los registros contables de la Institución.

    Artículo.-16 Divulgación. Corresponde a Divulgación:

  7. Promover a través de los medios de comunicación, el acercamiento con los contribuyentes y público en general a fin de proyectar la imagen institucional.

  8. Definir, ejecutar y evaluar las estrategias de comunicación para incrementar en los contribuyentes la confianza en la gestión institucional.

  9. Coordinar las conferencias de prensas y entrevistas del Director General con los medios de comunicación.

Artículo 17

Revisión de Recursos. Corresponde a Revisión de Recursos:

  1. Atender y presentar resoluciones, para firma del Director General de Ingresos sobre los Recursos de Revisión interpuestos ante éste.

  2. Revisar...

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