Sentencia de Corte Centroamericana de Justicia, 20-10-2010 (Expediente Nº 105-02-26-03-2010)

Fecha20 Octubre 2010
Número de expediente105-02-26-03-2010
Tipo de procesoContencioso
EmisorCorte Centroamericana de Justicia (Nicaragua)
1
Expediente No. 2-26-03-2010
“CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA. Managua, Nicaragua,
Centroamérica. Siendo las cinco y treinta minutos de la tarde del día veinte de
octubre del año dos mil diez. VISTO: El Expediente No. 2-26-03-2010, para
dictar sentencia en el juicio Demanda contra el Estado de la República de
Panamá por la realización de actos, promulgación de ley violatoria al
Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados
Centroamericanos (ODECA) y al Tratado Constitutivo del Parlamento
Centroamericano y Otras Instancias Políticas y por el incumplimiento de la
obligación establecida en el Artículo 19 de dicho Tratado Constitutivo,
entablada por el Señor Jacinto Suárez Espinoza, en su calidad de Presidente y
Representante Legal del Parlamento Centroamericano, por medio de su
Apoderado General Judicial, Roberto Alejandro Caballero Rodríguez,
presentada en la Secretaría General de esta Corte el día veintiséis de marzo del
año dos mil diez. Concurren a la votación de la sentencia los Magistrados
Alejandro Gómez Vides, Presidente, Francisco Darío Lobo Lara,
Vicepresidente, Carlos Guerra Gallardo, Silvia Rosales Bolaños, Ricardo
Acevedo Peralta y Guillermo Pérez-Cadalso Arias. RESULTA I: Que la parte
demandante señala que: el día diecinueve de agosto del año dos mil nueve, la
República de Panamá, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores y
a través de la correspondencia identificada con la nomenclatura D.M. No.
N/V.A.J.N° 2243-09, en un primer intento, comunicó al Ministerio de
Relaciones Exteriores de la República de Guatemala, en su calidad de
depositario del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras
Instancias Políticas, la "voluntad efectiva y expresa" de la República de Panamá de
"iniciar el Proceso de Retiro del Parlamento Centroamericano", decisión adoptada
según la mi siv a, lu ego de la rev isi ón de los preceptos consignados
en el Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras
Instancias Políticas, y cumpliendo con lo que establece el artículo 54 inciso b) de la
2
Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969". El Ministerio de
Relaciones Exteriores de Guatemala en calidad de depositario del Tratado abrió un
período de tres meses, durante el cual los Estados Parte podrían o no manifestar su
objeción al retiro anunciado por Panamá. Antes de concluir ese plazo las Repúblicas
de Nicaragua, Guatemala y El Salvador, manifestaron su objeción a dicho retiro.
(Folio 1-14). Como se corrobora a continuación: El Gobierno de la República de
Nicaragua, por medio de nota diplomática MRE/DM/636/10/09 de fecha
veintiocho de octubre de dos mil nueve, expresó su oposición a la intención del
gobierno Panameño, manifestando que el Parlamento Centroamericano es el
Órgano de planteamiento, análisis y recomendación del SICA, fortalecido
recientemente en sus atribuciones por medio del Protocolo suscrito el veinte de
febrero del año dos mil ocho, lo cual le permitirá incidir más efectiva y
eficientemente en el proceso de integración. El Estado de Nicaragua también
comunicó que el Parlamento Centroamericano presentó una consulta vinculante
respecto a la intención de denuncia por parte de cualquier Estado miembro del
Tratado Constitutivo del PARLACEN y expuso las partes medulares de la
resolución de La Corte, emitida el veintitrés de septiembre de dos mil nueve.
También el Gobierno de la República de Guatemala expresó su negativa a través
de la nota Demin No. 11200069909 de fecha veintinueve de octubre de dos mil
nueve, en la cual expresa que "El Gobierno de Guatemala considera que el
Sistema de la Integración Centroamericana hay que fortalecerlo, y
acciones como las que pretende adoptar el Ilustre Gobierno de Panamá por el
contrario, lo debilita". Por su parte, el Gobierno de la República de El Salvador
comuni su oposición a la denuncia a través de la nota diplomática
RREE/DGPE/DCA/2009 de dieciséis de noviembre de dos mil nueve, en la cual.
"reitera el alto espíritu integracionista de la República de El Salvador y su firme
interés en impulsar, promover y apoyar iniciativas para alcanzar la Unión
Centroamericana, lo cual conlleva el fortalecimiento de las instituciones
regionales". Asimismo, el Gobierno de El Salvador "manifiesta su preocupación

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR