Sentencia de Corte Centroamericana de Justicia, 23-03-2012 (Expediente Nº 113-02-28-06-2011)

Fecha23 Marzo 2012
Número de expediente113-02-28-06-2011
Tipo de procesoContencioso
EmisorCorte Centroamericana de Justicia (Nicaragua)
1
Expediente 2-28-06-2011
CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA. Managua, Nicaragua,
Centroamérica, siendo las cinco de la tarde del día veintitrés de marzo del año
dos mil doce. VISTO el escrito presentado a las cuatro de la tarde del día
veintiocho de junio del año dos mil once, por el Abogado Gustavo León
Gómez en su calidad de Apoderado de Representante Legal de la Cervecería
Hondureña, S.A., de C.V., mediante el cual demanda al Poder Judicial del
Estado de Honduras, por medio de la Abogada Ethel Deras Enamorado,
Procuradora General de la República y Representante Legal de ese Estado,
mediante el cual demanda por irrespeto de fallo judicial por parte de dicho
Poder del Estado. RESULTA I: Que por providencia de Presidencia de La
Corte de las once y treinta minutos de la mañana del día veintinueve de junio
del año dos mil once, se ordenó que se abriera el expediente respectivo y que
se diera cuenta a La Corte para su providencia. RESULTA II: Que en
providencia de las diez de la mañana del día veinticinco de julio del año dos
mil once, se admitió la demanda entablada contra el Poder Judicial de Estado
de Honduras y se tuvo como parte al Abogado Gustavo León Gómez y se
emplazó a dicho Poder del Estado por medio de la Señora Procuradora
General, Abogada Ethel Suyapa Deras Enamorado a quien se le concedió un
término de veinte días hábiles a partir del emplazamiento para contestar la
demanda. Que se excusó de conocer del presente caso al Magistrado
Guillermo Pérez- Cadalso Arias RESULTA III: Que por escrito presentado el
día veintitrés de Agosto del año dos mil once a las diez y cincuenta minutos de
la mañana, presentado por la Abogada Ethel Deras Enamorado, Procuradora
General de la República, se contestó dicha demanda alegándose las
excepciones de demanda defectuosa, de falta de agotamiento de recursos
internos, de falta de representación legal del demandante y de incompetencia
del Tribunal. RESULTA IV: Que por providencia de las doce horas del día
veintiséis de octubre del año dos mil once se tuvo por contestada la demanda,
se recibió el informe del Poder Judicial del Estado de Honduras y se señaló
una audiencia pública especial para que las partes expresaran sus puntos de
vista sobre dichas excepciones. RESULTA V: Que por providencia de las dos

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