Sentencia de Corte Centroamericana de Justicia, 26-10-2011 (Expediente Nº 115-04-04-08-2011)

Fecha26 Octubre 2011
Número de expediente115-04-04-08-2011
Tipo de procesoConsultivo
EmisorCorte Centroamericana de Justicia (Nicaragua)
1
Expediente No. 4-4-08-2011
CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA, Managua, Nicaragua,
Centroamérica, a las cuatro y treinta minutos de la tarde del día veintiséis de octubre
del año dos mil once. Ante la Consulta presentada por el Abogado Roberto
Alejandro Caballero Rodríguez, en su carácter de Apoderado General Judicial con
Representación de la Presidencia del Parlamento Centroamericano, en donde realiza
las siguientes interrogantes: I.- ¿Puede un funcionario de un gobierno de un Estado
parte, de manera unilateral, arrogarse la potestad de calificar de ilegal y arbitrario el
nombramiento de un alto funcionario del Sistema, no mediando para ello una
resolución o sentencia emitida por el órgano encargado de interpretar y aplicar el
derecho en el orden jurídico regional centroamericano?; II.- ¿Qué carácter tienen los
compromisos adquiridos por los Estados parte del Sistema de la Integración
Centroamericana (SICA), en los instrumentos jurídicos, respecto al pago de las
cuotas de sostenimiento a los distintos órganos e instituciones regionales?; III.- ¿En
qué responsabilidades incurre un Estado al dejar de cumplir su compromiso de pago
de cuotas para el sostenimiento de los órganos e instituciones del SICA?; IV.-
¿Pueden los Estados decidir unilateralmente si cumplen o no con el pago de las
cuotas de sostenimiento de los órganos e instituciones del SICA a que se han
comprometido en los respectivos tratados de integración centroamericana?; V.-
¿Puede un Ministro o funcionario de Estado, arrogarse de manera personal la
facultad de incumplir con el pago de una cuota contenida en un instrumento jurídico
válidamente celebrado y vigente para dicho Estado parte dentro del contexto del
SICA?; VI.- ¿El pago de cuotas de sostenimiento a los órganos e instituciones del
SICA es una obligación de los Estados, de los Gobiernos o de los Ministerios
respectivos?; VII.- ¿Al incumplir con el pago de la cuota para el sostenimiento de la
Secretaría de Integración Económica (SIECA), por parte de la Ministra de Comercio
Exterior, existe violación al ordenamiento jurídico de la integración
centroamericana?; VIII.- ¿Cuál es la responsabilidad en que incurre el Estado de
Costa Rica por la negativa de la Ministra de Comercio Exterior de pagar las cuotas
de sostenimiento a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana
(SIECA)?; IX.- ¿Cuál es la responsabilidad en que incurre la Ministra de Comercio
Exterior de Costa Rica, al dejar de pagar las cuotas de sostenimiento a la Secretaría
de Integración Económica Centroamericana (SIECA)?; X.- ¿Qué efectos tiene la
presente consulta para los Estados parte y los órganos del SICA?. La Corte
Centroamericana de Justicia, CONSIDERANDO I: La solicitud de opinión
consultiva es admisible en virtud de la competencia de Este Tribunal, de
conformidad con el Artículo 22 literal e) de su Estatuto CONSIDERANDO II: La
Opinión Vinculante, emitida por la Corte Centroamericana de Justicia a las diez
horas del día veinticuatro de mayo del año mil novecientos noventa y cinco, ante la
interrogante expresada por el entonces Secretario General del Sistema de la
Integración Centroamericana sobre la jerarquía que le corresponde al Protocolo de

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