Sentencia de Corte Centroamericana de Justicia, 05-09-2012 (Expediente Nº 124-01-24-01-2012)

Número de expediente124-01-24-01-2012
Fecha05 Septiembre 2012
Tipo de procesoContencioso
EmisorCorte Centroamericana de Justicia (Nicaragua)
1
Expediente No. 1-24-01-2012
CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA. Managua, Nicaragua,
Centroamérica, a las once y treinta minutos de la mañana del día cinco de
septiembre del año dos mil doce. VISTO el Expediente No. 1-24-01-2012
para dictar sentencia en demanda con fundamento en el artículo 22 literal f)
del Convenio de Estatuto de la Corte Centroamericana de Justicia por
irrespeto a fallo judicial contra el Poder Ejecutivo de la República de
Nicaragua presentada por el Abogado Álvaro Leiva Sánchez en su condición
de Apoderado General Judicial de la Señora Norma Elena Mora Artola.
Concurren a la votación de la sentencia los Magistrados Carlos Guerra
Gallardo, Presidente, Alejandro Gómez Vides, Vicepresidente, Silvia Rosales
Bolaños, Ricardo Acevedo Peralta, Francisco Darío Lobo Lara y Guillermo
Pérez-Cadalso Arias. RESULTA I: Que a las doce y quince minutos de la
tarde del día veinticuatro de enero del año dos mil doce el Abogado Álvaro
Leiva Sánchez en su condición de Apoderado General Judicial de la Señora
Norma Elena Mora Artola presentó en la Secretaría General de la Corte
Centroamericana de Justicia, escrito de demanda en contra del Estado de
Nicaragua a través de su Procurador General, en virtud de irrespeto de fallo
judicial en una acción de reintegro e indemnización, que fue encausada y
fallada en el Juzgado Primero Distrito del Trabajo de la Circunscripción
Managua, en contra de la Dirección General de Ingresos (DGI), dependencia
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, representada por su Director
General, Lic. Walter Porras Amador. El juicio concluyó con una sentencia
judicial favorable a la demandante, dictada el veintinueve de Octubre de dos
mil diez a las ocho y nueve minutos de la mañana por el Juzgado Primero
Distrito del Trabajo de la Circunscripción Managua, en la que en su parte
resolutiva declara con lugar la demanda con acción de reintegro y el pago de
salarios dejados de percibir desde su despido hasta hacer efectivo el reintegro.
De lo resuelto en tal sentencia judicial, la Dirección General de Ingresos
representada por su Director General Lic. Walter Porras Amador, incumplió el
reintegro del demandante aduciendo no existir el cargo que ocupaba, situación
que fue resuelta el veintisiete de enero de dos mil once a las nueve con

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